Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 41 de 01/03/2005

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª INSTANCIA NUM. 13 DE MALAGA

EDICTO dimanante del procedimiento verbal núm. 357/2002. (PD. 628/2005).

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NIG: 2906742C20020007019.

Procedimiento: J. Verbal (N) 357/2002. Negociado: D.

De: Don José Campaña Rodríguez.

Procuradora: Sra. Gutiérrez Portales, María Dolores.

Contra: Don José M. Morales Barnestein.

E D I C T O

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento J. Verbal (N) 357/20021 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Trece de Málaga a instancia de José Campaña Rodríguez contra José M. Morales Barnestein sobre Verbal. Reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

En Málaga a veinticuatro de octubre de dos mil dos.

Han sido vistos por el Ilmo. Señor Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia número Trece de Málaga, don José Pablo Martínez Gámez, los autos de juicio verbal seguido en este Juzgado con el número 357/2002 a instancias de don José Campaña Rodríguez, representado por la Procuradora doña María Dolores Gutiérrez Portales y con la asistencia letrada de don Miguel A. Cubero Martín, frente a don José María Morales Barnestein, sobre reclamación de cantidad.

F A L L O

Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda interpuesta por don José Campaña Rodríguez, frente a don José María Morales Barnestein con los siguientes pronunciamientos:

1. Se condena a don José María Morales Barnestein a que pague a don José Campaña Rodríguez la cantidad de mil doscientos sesenta y dos euros con trece céntimos, más el interés legal del dinero desde la fecha de interposición de la demanda y aumentado en dos puntos desde la fecha de esta sentencia.

2. Se condena a don José María Morales Barnestein al pago de las costas de esta instancia.

Contra esta sentencia cabe recurso de apelación que habrá de prepararse mediante escrito presentada dentro del plazo de cinco días contados desde el siguiente a la notificación de esta resolución y en que el que habrá de citarse la resolución que se apela y manifestarse la voluntad de recurrir con expresión de los pronunciamientos que se impugnan.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado José M. Morales Barnestein, extiendo y firmo la presente en Málaga a uno de septiembre de dos mil cuatro.- El/La Secretario.

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