Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 41 de 01/03/2005

4. Administración de justicia

Otros. AUDIENCIA PROVINCIAL DE HUELVA

EDICTO de la Sección Segunda dimanante del rollo de apelación núm. 309/2004. (PD. 627/2005).

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Núm. procedimiento: Apelación Civil 309/2004.

Autos de: Proced. Ordinario (N) 1030/2002.

Juzgado de origen: Juzgado de 1.ª Instancia núm. Cinco de Huelva (Antiguo Mixto 5).

Apelante: Inverbonanza, S.L.

Procuradora: María de la Cruz Reinoso Carriedo.

Abogado: Pérez Lopetegui, J. Ignacio.

E D I C T O

En el recurso de apelación núm. 309/2004 de esta Sección 2.ª de la Audiencia Provincial de Huelva, dimanante de los autos de Procedimiento Ordinario núm. 1.030/2002 del Juzgado de Primera Instancia núm. Cinco de Huelva, seguidos a instancias de Inverbonanza, S.L. contra Mensajeros Costa de la Luz, S.L., se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

"En la ciudad de Huelva, a trece de enero de dos mil cinco.

Visto, por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Huelva, juicio de Proced. Ordinario (N) sobre desahucio y reclamación de rentas procedente del Juzgado de Primera Instancia referenciado, donde se ha tramitado a instancia de Inverbonanza, S.L. que en el recurso es parte apelante, contra Mensajeros Costa de la Luz, S.L., que en el recurso es parte apelada.

Que debemos estimar y estimamos el recurso de apelación interpuesto por la representación de Inverbonanza, S.L., contra la sentencia dictada por el Juzgado de 1.ª Instancia núm. Cinco de Huelva (Antiguo Mixto 5) de fecha de 13 de mayo de 2004, y que debemos revocar y revocamos en parte dicha resolución, para que la estimación de la demanda sea total, con condena al demandado a pagar la cantidad de 4.830,84 euros con el interés legal a computar desde el día siguiente a aquél en que se hizo efectiva la reclamación líquida de cobro con el emplazamiento al demandado por edicto; confirmando el resto en cuanto a estimación de la acción de desahucio y condena al pago de costas de primera instancia, y sin imposición de las costas del recurso.".

Y con el fin de que sirva de notificación en legal forma al apelado Mensajeros Costa de la Luz, S.L., extiendo y firmo la presente en Huelva, a veintisiete de enero de dos mil cinco.- El Secretario Judicial.

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