Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 52 de 15/03/2005

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 1 de marzo de 2005, de la Dirección General de Administración Local, por la que se admite la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales del Escudo Modificado y de la Bandera del Municipio de Espera (Cádiz). (Expediente núm. 446/2004/SIM).

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El artículo 4 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, de símbolos, tratamientos y registro de las Entidades Locales de Andalucía, establece la facultad que ostentan éstas, de dotarse de los símbolos representativos que estimen oportunos, siempre que dichos símbolos y el procedimiento de adopción, modificación o rehabilitación de los mismos se ajuste a las prescripciones de la mencionada Ley. A tal efecto el Excmo. Ayuntamiento de Espera (Cádiz), ha realizado los trámites tendentes a la adopción de su bandera, y a la modificación de su escudo, de acuerdo con lo establecido en el Decreto

14/1995, de 31 de enero, por el que se regulaba anteriormente el procedimiento para la aprobación y rehabilitación de escudos heráldicos, banderas y otros símbolos de las Entidades Locales de Andalucía, y con la Disposición Transitoria Primera de la Ley 6/2003, de 9 de octubre.

Emitido en sentido favorable, el informe preceptivo a que alude el artículo 13 de la citada Ley 6/2003, el máximo órgano colegiado de gobierno de la Entidad Local, aprobó en sesión de fecha 27 de enero de 2005, por mayoría absoluta del número legal de miembros, la adopción de su bandera y la modificación de su escudo, con la siguiente descripción:

Escudo: "En campo de gules (Pantone 32), una torre de oro (Pantone 131), mazonada de sable (Pantone Hexachrome Black C) y aclarada de azur (Pantone 293), superada de una estrella de plata de ocho puntas (Pantone Cool Gray 3). Bordura de oro (Pantone 131) con la inscripción: "Soy Espera antigua como otra Tile". Al timbre, corona real cerrada". Bandera: "La Bandera es de forma rectangular de 1,80 udes. de ancha por 1,20 udes. de alta de color verde (Pantone 363), con cinco franjas de color dorado (Pantone 129) y situadas de arriba hacia abajo a 0,60 udes., 0,67, 0,765 udes., 0,89 udes., 1,03 udes y con una anchura de 0,010 udes., 0,015 udes., 0,025 udes., 0,030 udes. y 0,040 udes. respectivamente.

En la parte central el escudo heráldico de ésta Villa de Espera con las características descritas anteriormente, y en proporción de 0,60 udes. de alto por 0,40 udes. de ancho". Mediante escrito de fecha 22 de febrero de 2005, se solicita por dicha Entidad Local, la inscripción de su bandera y del escudo modificado, en el Registro Andaluz de Entidades Locales.

En su virtud, esta Dirección General, a tenor de lo establecido en el artículo 17 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre,

R E S U E L V E

Primero. Admitir la inscripción del escudo modificado y de la bandera del municipio de Espera (Cádiz), en el Registro Andaluz de Entidades Locales con la descripción literal indicada y con la gráfica que obra en el expediente.

Segundo. Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en la forma y plazo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 1 de marzo de 2005.- El Director General, Juan R. Osuna Baena.

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