Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 71 de 13/04/2005

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Consejería para la Igualdad y Bienestar Social

RESOLUCION de 30 de diciembre de 2004, de la Delegación Provincial de Sevilla, dictada en el expediente 1997/41/0643 sobre protección de menores, por la que se acuerda proceder a la conclusión y archivo del expediente del menor que se cita.

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Nombre y apellidos: Don Francisco Palomo Puntas. Doña Dolores Guillén Mejías.

Contenido del acto: De conformidad con lo dispuesto en los artículos.4 y 61 de la Ley/92, de de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y habida cuenta que encontrándose el interesado en ignorado paradero, no pudiendo, por tanto, haberle sido practicada notificación por otros medios; se publica extracto del acto dictado, por considerarse que la notificación íntegra por medio de anuncios lesionaría los derechos inherentes al menor afectado.

Con fecha 30 de diciembre de 2004, la Delegada Provincial de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social en Sevilla, en el expediente de protección de menores arriba reseñado, dictó resolución acordando revocar la Resolución de de diciembre de 1997, dejando sin efecto el acta de acogimiento familiar suscrito con fecha 9 de marzo de 1998, cesando dicho acogimiento y la tutela administrativa, recuperando los padres de la menor el ejercicio de la patria potestad sobre su hija M.D.T.P.

Para conocimiento del contenido íntegro de la Resolución dictada, los interesados podrán comparecer en la Delegación Provincial para la Igualdad y Bienestar Social en Sevilla, sita en C/ Luis Montoto, núm. 89, 1.ª planta.

Contra esta Resolución podrá formularse reclamación ante el Juzgado de Primera Instancia (Familia) de esta capital y por los trámites que establecen los artículos y siguientes de la LEC, sin que sea necesario formular reclamación previa en vía administrativa, de conformidad con lo establecido en el artículo de la citada Ley Procesal.

Se le informa de la posibilidad de intervenir en dicho procedimiento por medio de representante, pudiendo solicitar ante el Colegio de Abogados competente el Beneficio de Justicia Gratuita y el nombramiento en su caso de letrado que le asista, en defensa de sus intereses, de acuerdo con los requisitos y procedimientos establecidos legalmente al efecto.

Sevilla, 30 de diciembre de 2004.- La Delegada,

M.ª José Castro Nieto.

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