Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 77 de 21/04/2005

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª INSTANCIA NUM. 12 DE SEVILLA

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario núm. 163/2003. (PD. 1298/2005).

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NIG: 4109100C20030004259.

Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 163/2003. Negociado: 4.

Sobre: Desahucio por falta de pago de las rentas y reclamación de cantidad.

De: Don José Carmona Alfonso y Francisco Carmona Alfonso.

Procurador: Sr. Pérez Sánchez, Juan Ramón y Pérez Sánchez, Juan Ramón.

Contra: Don Manuel María Peña Gil.

EDICTO

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Proced. Ordinario (N) 163/2003 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Doce de Sevilla a instancia de don José Carmona Alfonso y don Francisco Carmona Alfonso contra don Manuel María Peña Gil sobre desahucio por falta de pago de las rentas y reclamación de cantidad, se ha dictado auto que copiado en sus antecedentes de hecho y parte dispositiva, son como sigue:

AUTO

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Que con fecha 24.9.2003, se dictó Sentencia de allanamiento cuyo fallo es del siguiente tenor literal:

"1. Declaro la resolución del contrato de arrendamiento urbano existente entre las partes y, en consecuencia, haber lugar a la recuperación por la parte actora de la posesión de la finca urbana sita en Sevilla, C/ Redes, 19, planta baja.

2. Decreto haber lugar al desahucio de la parte demandada de la citada finca y, por consiguiente, a que la parte demandada entregue a la actora la posesión de la citada finca urbana, lo que se entiende cumplido con la entrega de llaves en el Juzgado.

3. Declaro que don Manuel M.ª Peña Gil adeuda a la parte actora la cantidad de 3.408,20 euros.

4. Condeno a don Manuel M.ª Peña Gil a estar y pasar por esta declaración y, en consecuencia, a que pague a la parte actora la referida cantidad, con los intereses determinados en el fundamento de derecho penúltimo.

5. No ha lugar a hacer expresa condena en costas."

Segundo. Por escrito de fecha 8.10.2003, presentado por el Procurador de la demandante, se interesó aclaración del fallo en el sentido de indicar que se condena al pago de las cantidades de renta y asimiladas hasta el allanamiento con la entrega de llaves.

PARTE DISPOSITIVA

Aclaro la Sentencia de fecha 24.9.2003 en los términos expuestos.

Notifíquese la presente resolución a las partes y hágase saber a las mismas que no cabe recurso distinto al de la resolución que aclara, reabriéndose el plazo para interponerlo, en su caso, desde la notificación de la presente resolución.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al

demandado don Manuel María Peña Gil, extiendo y firmo la presente en Sevilla a uno de abril de dos mil cinco.- El/La Secretario.

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