Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 78 de 22/04/2005

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

RESOLUCION de 16 de febrero de 2005, de la Viceconsejería, por la que se autorizan tarifas de taxis de Utrera (Sevilla). (PP. 786/2005).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

De conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional del Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados, vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión Provincial de Precios de Sevilla, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el artículo 7 del citado Decreto

266/1988, de 2 de agosto.

R E S U E L V O

Autorizar las tarifas de taxis que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Tarifas autorizadas

Concepto IVA incluido

Tarifa 1

Bajada de bandera 0,97 euros

Por cada km recorrido 0,61 euros

Hora de parada o espera 14,08 euros

Carrera mínima 2,81 euros

Tarifa 2

Bajada de bandera 1,24 euros

Por cada km recorrido 0,76 euros

Hora de parada o espera 17,59 euros

Carrera mínima 3,52 euros

La tarifa 2 se aplicará en los supuestos siguientes:

a) Servicios realizados en sábados, domingos y festivos, de

0,00 a 24,00 horas.

b) Servicios realizados en días laborables, en horas nocturnas de 22,00 a 6,00 horas.

c) Servicios realizados durante los días de feria.

d) Servicios realizados durante la Semana Santa.

e) Servicios realizados los días 5 de enero, 24 y 31 de diciembre de 0,00 a 24,00 horas.

SUPLEMENTOS

No aplicables en Servicios Interurbanos:

- Por cada maleta, bulto o conjunto

de bultosde más de 60 cm 0,37 euros

- Servicios en días de feria, de

,00 a 10,00 horas, sobre lo

marcado en la tarifa 225%

SUPLEMENTOS ESPECIALES SOBRE LO MARCADO EN EL TAXIMETRO

1.º De Utrera a Urbanizaciones que

disten menos de 6 km desde el centro

urbano 2,85 euros

2.º Desde Utrera a Urbanizaciones que

disten más de 6 km desde el centro urbano 3,68

euros

Esta Resolución surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el titular de esta Consejería en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso,

publicación, de conformidad con lo establecido en los

artículos 114 y 115, en relación con el 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 16 de febrero de 2005.- La Viceconsejera,

Carmen Martínez Aguayo.

Descargar PDF