Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 80 de 26/04/2005

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUM. 1 DE MALAGA

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario núm. 1476/2003. (PD. 1316/2005).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

NIG: 2906742C20030030624.

Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 1476/2003. Negociado: 6T.

De: Doña Cristina Torcelló Teva.

Procurador: Sr. Manuel Manosalbas Gómez.

Letrado: Sr. Vega Flores, Ramón Valentín.

Contra: Inmobiliaria Armengual de la Mota, S.A.

E D I C T O

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Proced. Ordinario (N) 1476/2003, seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Málaga a instancia de Cristina Torcelló Teva, contra Inmobiliaria Armengual de la Mota, S.A., sobre, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NUM. 62

Juez que la dicta: Doña Estefanía Zapico Martín.

Lugar: Málaga.

Fecha: Cuatro de marzo de dos mil cinco.

Parte demandante: Cristina Torcelló Teva.

Abogado: Vega Flores, Ramón Valentín.

Procurador: Manuel Manosalbas Gómez.

Parte demandada: Inmobiliaria Armengual de la Mota, S.A.

Objeto del juicio: (...)

F A L L O

Que estimando la demanda formulada por el Procurador Sr. Manosalbas Gómez, en nombre y representación de doña Cristina Torcelló Teva, contra Inmobiliaria Armengual de la Mota, S.A., debo declarar y declaro que doña Cristina Torcelló Teva es propietaria de pleno dominio de la plaza de aparcamiento señalada con el núm. 41 de la planta sótano del Edificio denominado Menguamar sito en Málaga calle Armengual de la Mota, núm. 12 (hoy 33), edificio inscrito en el Registro de la Propiedad de Málaga núm. 8 al Tomo 1965, folio 134, libro 31, sección 5.ª, finca 4453, ocupando en el mismo la plaza referida una superficie construida de aparcamiento de 33,45 metros cuadrados, medianero al fondo con el muro de cerramiento de la rampa de acceso al sótano, a la derecha linda con la plaza de aparcamiento núm. 40 y a la izquierda y en su frente con sendas calles de maniobra de los aparcamientos, y teniendo una cuota de participación de

0,1877%. Acordando igualmente la cancelación de los asientos registrales que puedan ser contradictorios con la anterior declaración, y ordenando la inscripción en el referido Registro de la finca referida a nombre de la Sra. Cristina Torcelló Teva. Todo ello con imposición a la demandada del abono de las costas procesales causadas.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga (artículo 455, LEC). El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2, LEC).

Así, por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al

demandado rebelde Inmobiliaria Armengual de la Mota, S.A., extiendo y firmo la presente en Málaga, a cinco de abril de dos mil cinco.- El/La Secretario.

Descargar PDF