Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 85 de 04/05/2005

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

ORDEN de 1 de abril de 2005, por la que se modifica la distribución de espacios del centro docente privado de Educación Secundaria "Academia Preuniversitaria" de Sevilla.

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Visto el expediente tramitado por don Salvador González Morillo, como representante de la entidad Academia Preuniversitaria, S.L , titular del centro docente privado "Academia Preuniversitaria", con domicilio en calle Paraguay,

40, de Sevilla, solicitando modificar la autorización concedida por Orden de 17 de marzo de 2003 (BOJA de 10 de abril), por una nueva distribución de espacios. Resultando que el citado centro tiene autorización para impartir: a) Bachillerato: 12 unidades en las modalidades de Ciencias de la Naturaleza y de la Salud y Humanidades y Ciencias Sociales. b) Ciclos Formativos de Formación Profesional Específica de Grado Superior: uno de Laboratorio de Diagnóstico Clínico, uno de Dietética, uno de Animación de Actividades Físicas y Deportivas y uno de Desarrollo de Aplicaciones Informáticas.

Vistas: La Constitución Española; la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 9/1995, de 20 de noviembre, de la participación, la evaluación y el gobierno de los centros docentes; la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo; la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Real Decreto 1537/2003, de 5 de diciembre (BOE de 10), por el que se establecen los requisitos mínimos de los Centros que impartan enseñanzas escolares de régimen general; el Real Decreto 777/1998, de 30 de abril (BOE de 8 de mayo), por el que se desarrollan determinados aspectos de la ordenación de la formación profesional en el ámbito del sistema educativo; el Real Decreto 827/2003, de 27 de junio (BOE de 28), por el que se establece el calendario de aplicación de la nueva ordenación del Sistema Educativo, establecida por la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación; el Real Decreto 1661/1994, de 22 de julio (BOE de

30 de septiembre), por el que se establece el Título de Técnico Superior en Desarrollo de Aplicaciones Informáticas y las correspondientes enseñanzas mínimas; el Real Decreto

536/1995, de 7 de abril (BOE de 25 de mayo), por el que se establece el Título de Técnico Superior en Dietética y las correspondientes enseñanzas mínimas; el Real Decreto 539/1995, de 7 de abril (BOE de 3 de junio) por el que se establece el Título de Técnico Superior en Laboratorio de Diagnóstico Clínico y las correspondientes enseñanzas mínimas; el Real Decreto 2048/1995, de 22 de diciembre (BOE de 9 de febrero), por el que se establece el título de Técnico Superior en Animación de Actividades Físicas y Deportivas y las correspondientes enseñanzas mínimas; el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA de 20), sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados, para impartir Enseñanzas de Régimen General, y demás normas de vigente aplicación. Considerando que en el expediente de modificación de la autorización han recaído informes favorables del Servicio de Inspección de Educación y del Departamento Técnico del Servicio de Programas y Obras de la Delegación Provincial de la Consejería de Educación en Sevilla, como se contempla en el artículo 9, punto 4, del Decreto 109/1992, de 9 de junio. Esta Consejería de Educación,

HA DISPUESTO

Primero. Autorizar la nueva distribución de espacios en las instalaciones del Centro Docente Privado "Academia Preuniversitaria" de Sevilla, para las enseñanzas ya autorizadas y con la misma configuración:

Denominación Genérica: Centro de Educación Secundaria. Denominación Específica: "Academia Preuniversitaria".

Titular: Academia Preuniversitaria, S.L.

Domicilio: C/ Paraguay, 40.

Localidad: Sevilla.

Municipio: Sevilla.

Provincia: Sevilla.

Código: 41006973.

Enseñanzas que se autorizan:

a) Bachillerato:

- Modalidad de Ciencias y Tecnología: 6 unidades

Puestos escolares: 210

- Modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales: 6 unidades. Puestos escolares: 210

b) Ciclos Formativos de Formación Profesional Específica de Grado Superior:

- Laboratorio de Diagnóstico Clínico.

Núm. Ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

- Dietética.

Núm. Ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

- Animación de Actividades Físicas y Deportivas.

Núm. Ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

- Desarrollo de Aplicaciones Informáticas.

Núm. Ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

Transitoriamente y hasta que se implanten las enseñanzas correspondientes al Bachillerato, en la modalidad de Ciencias y Tecnología, de acuerdo con el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo establecida por la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, el centro podrá impartir en las unidades autorizadas de dicha modalidad las enseñanzas correspondientes a la modalidad de Ciencias de la Naturaleza y de la Salud (6 unidades para 210 puestos escolares) del Bachillerato establecido en la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre.

Segundo. Esta Orden se inscribirá en el Registro de Centros Docentes, regulado por el Decreto 151/1997, de 27 de mayo.

Tercero. El Centro no podrá sobrepasar el número de puestos escolares fijados para el mismo.

Cuarto. La autorización surtirá efectos de la forma que previene el artículo 10 del Decreto 109/1992, de 9 de junio.

Quinto. La titularidad del Centro remitirá a la Delegación Provincial de la Consejería de Educación en Sevilla la

relación del profesorado del centro con indicación de su titulación respectiva.

Sexto. Dicho Centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía

administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de

26 de noviembre, modificados por la Ley 4/1999, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso

Administrativa.

Sevilla, 1 de abril de 2005

CANDIDA MARTINEZ LOPEZ

Consejera de Educación

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