Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 93 de 16/05/2005

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª INST. E INSTR. Nº1 DE ESTEPONA

EDICTO dimanante del procedimiento verbal núm. 184/2004. (PD. 1678/2005).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

NIG: 2905142C20040000615.

Procedimiento: J. Verbal (N) 184/2004. Negociado: MJ.

EDICTO

Juzgado: Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Uno de Estepona, Málaga.

Juicio: J. Verbal (N) 184/2004.

Parte demandante: Previsión Española, S.A.

Parte demandada: Jack Reason.

Sobre: J. Verbal (N).

En el juicio referenciado, se ha dictado Sentencia, cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:

Encabezamiento. Vistos por doña M.ª Concepción Montoya González, Juez del Juzgado de Primera Instancia número Uno de Estepona los presentes autos de Juicio Verbal número 184/04 seguidos a instancia de la entidad Previsión Española, S.A., representada por la Procuradora doña Presentación Garijo Belda y asistida por el Letrado don Enrique Ag?era Lorente, frente a don Jack Reason, declarado en rebeldía, ha dictado la presente Resolución en base a los siguientes

Fallo. Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por la Procuradora doña Presentación Garijo Belda, en nombre y representación de la entidad Previsión Española, S.A., frente a don Jack Reason, debo condenar y condeno al demandado a que abone a la actora la cantidad de quinientos cuarenta y siete euros con diez céntimos (547,70 euros) más los intereses legales desde la fecha de la interposición de la demanda hasta su completo pago, así como al abono de las costas procesales causadas en la tramitación del presente procedimiento. Notífiquese la presente resolución haciéndoles saber que la misma no es firme y que pueden interponer recurso de apelación, el cual deberá prepararse ante este Juzgado en el plazo de cinco días a contar desde el siguiente a su notificación, y para su resolución por la Ilma. Audiencia Provincial de Málaga. Inclúyase la presente resolución en el libro de sentencias, quedando testimonio en los autos de su razón. Así por esta mi sentencia, juzgando en Primera Instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, por providencia del señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y

164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para llevar a efecto la diligencia de Notificación de la sentencia.

En Estepona, a cinco de noviembre de dos mil cuatro.- El/La Secretario/a Judicial.

Descargar PDF