Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 96 de 19/05/2005

1. Disposiciones generales

Consejería de Salud

ORDEN de 4 de mayo de 2005, por la que se crea el Premio Periodismo y Salud de Andalucía y convoca el I Premio Periodismo y Salud de Andalucía.

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La influencia que ejercen los medios de comunicación es fundamental en los comportamientos de los ciudadanos, lo que repercute en la promoción de la salud.

El Tercer Plan Andaluz de Salud establece que la promoción de la salud es un eje transversal que debe recorrer todas las políticas para lograr los objetivos en salud que propone. Este Plan considera que los avances requieren para su mantenimiento la puesta en marcha de estrategias adaptadas a la sociedad más y mejor informada, con conocimientos sobre riesgos para la salud, mayor capacidad de compromiso con su salud y la de su comunidad, y acceso a las tecnologías de la información y comunicación.

Asimismo, señala que la promoción de la salud como estrategia global aumenta su eficacia cuando se aplica de forma estructurada y coherente en diferentes entornos. Multiplica sus efectos de impacto sanitario, político, económico y social. La información se erige en un requisito previo sin el cual la elección libre del ciudadano se antoja inalcanzable.

Por todo ello, se hace necesario crear este Premio de Periodismo y Salud de Andalucía que cada año dedicará a un tema considerado relevante.

Por otro lado, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día

19 de octubre 2004, declaró 2005 como el "Año Andaluz de Salud Mental", con objeto de dar un nuevo impulso al modelo comunitario de atención a estos enfermos.

La iniciativa del Consejo de Gobierno se plasmará en numerosas actuaciones que abarcan el incremento y la diversificación de las infraestructuras y los recursos humanos de los equipos de salud mental, la mejora de la formación y cualificación de los profesionales, la cooperación entre los distintos sectores implicados y el fomento de la participación de los familiares y cuidadores de estos pacientes.

En consecuencia, y en virtud de las atribuciones legales que me confiere el artículo 44.4 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma,

DISPONGO

Artículo 1. Creación del Premio.

Se crea el Premio de Periodismo y Salud de Andalucía en las modalidades de Prensa escrita, Radio y Televisión, con el objetivo de promover el mejor tratamiento de los temas de salud en los medios de comunicación de Andalucía.

Artículo 2. Convocatoria correspondiente a 2005.

Se convoca el I Premio de Periodismo y Salud de Andalucía, dedicado a la promoción de la Salud Mental, en las modalidades de Prensa escrita, Radio y Televisión, con arreglo a las Bases Generales que figuran como Anexo de la presente Orden.

Disposición final primera. Desarrollo y ejecución.

Se faculta a la Directora General de Salud Pública para adoptar las medidas necesarias en cumplimiento de lo dispuesto en esta Orden.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.Sevilla, 4 de mayo de 2005

MARIA JESUS MONTERO CUADRADO

Consejera de Salud

ANEXO

Primera. Finalidad.

El I Premio de Periodismo y Salud será otorgado al trabajo periodístico que mejor haya contribuido a la mejora de la salud mental en nuestra Comunidad Autónoma.

Segunda. Modalidades.

El premio constará de tres modalidades.

- Prensa escrita.

- Radio.

- Televisión.

Tercera. Participantes.

1. Podrán optar al premio, individualmente o en equipo, los profesionales que hayan publicado o emitido trabajos

periodísticos en medios de comunicación de Andalucía.

2. Las candidaturas individuales o equipos podrán ser

presentadas, bien por los propios autores o bien por

Asociaciones de la Prensa de Andalucía u otras instituciones públicas o privadas.

Cuarta. Premios.

1. Cada modalidad será premiada con una cantidad de tres mil euros (3.000 euros). Asimismo, se podrá otorgar menciones especiales a los trabajos o personas que no hayan obtenido premio.

2. Sólo se concederá un premio en cada una de las modalidades, con independencia del número de personas que en su caso formen parte del equipo de autores. En el supuesto de trabajos presentados por un equipo, se considerará al primer firmante como responsable del mismo y receptor del premio.

3. Los premios podrán ser declarados desiertos si se considera que los trabajos presentados no se adaptan a los requisitos establecidos en las bases del premio.

4. Los premios en metálico estarán sujetos a los impuestos o retenciones vigentes según la norma vigente, salvo exención concedida por el órgano competente en la Administración tributaria.

Quinta. Criterios de concesión.

Se valorarán de forma especial los trabajos que aborden el tema desde la perspectiva de la prevención y la promoción de la salud, así como de la integración social de los enfermos mentales y el apoyo a sus familias.

Sexta. Lugar y plazo de presentación de los trabajos.

Los trabajos se enviarán antes del 15 de septiembre de 2005 y se dirigirán a la Excma. Sra. Consejera de Salud, pudiendo presentarse en el Registro General de dicha Consejería

(Avenida de la Innovación, s/n. Edificio Arena 1. 41071- Sevilla) o en los Registros a los que se refiere el artículo

38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Séptima. Requisitos y documentación a presentar.

1. Los trabajos que se presenten deberán ser originales, publicados en Prensa o emitidos en Radio o Televisión entre el

1 de enero y el 15 de septiembre de 2005 y no premiados ni presentados simultáneamente a otros concursos.

2. Los trabajos deberán presentarse en español o acompañados de traducción certificada y de acuerdo con los siguientes requisitos:

- En la modalidad de prensa escrita, los originales deberán presentarse junto a una copia compulsada de los mismos en papel DIN-A4, con la fecha y las páginas de la publicación en que hayan aparecido.

- En la modalidad de radio, los aspirantes a este Premio deberán presentar sus originales por duplicado en cinta casete con la fecha, lugar y programa de emisión.

- En la modalidad de televisión, los originales deberán presentarse por duplicado en cinta VHS, con fecha, lugar y programa de emisión.

2. En las tres modalidades del Premio, los autores o entidades que presenten sus respectivas candidaturas deberán acompañar, junto al material citado en el apartado anterior, un sobre que incluya en su interior un breve currículum del candidato o candidatos y que refleje en el exterior el título del trabajo y la modalidad en la que concursa.

3. En el caso de que la candidatura sea presentada por alguna institución o asociación, las entidades proponentes deberán remitir, además, una memoria justificativa de los méritos del trabajo y el candidato que proponen.

Octava. Evaluación y selección.

1. La evaluación y selección de los trabajos se realizará por un Jurado integrado por los siguientes miembros:

- Directora General de Salud Pública.

- Jefa de Servicio de Promoción de la Salud.

- Director del Plan Integral de Salud Mental.

- Un periodista designado por las Asociaciones Profesionales.

- El director de un medio de comunicación de Andalucía

designado por la Dirección General de Salud Pública y

Participación.

- Tres personalidades del mundo de la salud y de la

comunicación social designadas por la Dirección General de Salud Pública y Participación.

2. El Jurado seleccionador procederá a realizar la selección de los participantes premiados y elevará, a través del acta correspondiente, una propuesta a la Consejera de Salud que resolverá mediante Orden, comunicándose a los participantes premiados y se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Novena. Entrega de premios.

La entrega de los premios se hará en un acto público convocado al efecto coincidiendo con el Día Mundial de la Salud Mental.

Octava. Difusión de los trabajos premiados.

La participación en el premio comportará la cesión a la Consejería de Salud de los derechos de propiedad intelectual estrictamente imprescindibles para realizar, sin finalidad lucrativa, la difusión de los trabajos premiados en las diferentes modalidades.

Décima. Retirada de trabajos no premiados.

Los trabajos no premiados podrán ser recogidos por los autores en el plazo de treinta días tras la publicación del fallo del Premio. Los trabajos no retirados en este plazo serán

destruidos.

Undécima. Aceptación de las bases.

La participación en esta convocatoria implica la aceptación de las presentes bases.

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