Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 10 de 17/01/2006

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

RESOLUCION de 15 de diciembre de 2005, de la Secretaría General Técnica, por la que se aprueba el deslinde de la vía pecuaria denominada "Colada de Cijuela", en el término municipal de Chimeneas, provincia de Granada (VP 312/03).

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Examinado el expediente de deslinde de la vía pecuaria "Colada de Cijuela", en toda su longitud en el término municipal de Chimeneas (Granada), instruido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Granada, se desprenden los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. La vía pecuaria denominada "Colada de Cijuela", en el término municipal de Chimeneas, en la provincia de Granada, fue clasificada por Orden Ministerial de fecha 3 de febrero de

1969, publicada en el Boletín Oficial del Estado de 10 de febrero de 1969.

Segundo. Mediante Resolución de la Viceconsejería de Medio Ambiente de fecha 18 de agosto de 2003, se acordó el inicio del deslinde de la vía pecuaria "Colada de Cijuela", en el término municipal de Chimeneas, provincia de Granada.

Tercero. Los trabajos materiales de deslinde, previos los anuncios, avisos y comunicaciones reglamentarias, se realizaron el día 18 de marzo de 2004, notificándose dicha circunstancia a todos los afectados conocidos, siendo asimismo publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada núm., de fecha 27 de enero de 2004.

En el acto de deslinde no se formulan alegaciones por parte de los asistentes al mismo.

Cuarto. Redactada la Proposición de Deslinde, que se realiza de conformidad con los trámites preceptivos, e incluyéndose claramente la relación de ocupaciones, intrusiones y colindancias, ésta se somete a exposición pública, previamente anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada núm. 60, de fecha 31 de marzo de 2005.

Quinto. A la Proposición de Deslinde no se han presentado alegaciones.

Sexto. Mediante Resolución de fecha 8 de febrero de 2005, de la Secretaría General Técnica, se acuerda la ampliación de plazo para dictar resolución en el presente expediente de deslinde durante nueve meses más.

Séptimo. Mediante Resolución de fecha 3 de agosto de 2005, de la Secretaría General Técnica, se solicita Informe a Gabinete Jurídico, acordándose la interrupción del plazo establecido para instruir y resolver el presente procedimiento de deslinde, plazo que se reanudará en la fecha de emisión del citado Informe.

Octavo. El Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía emitió el preceptivo Informe con fecha 29 de septiembre de 2005.

A la vista de tales antecedentes son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Compete a esta Secretaría General Técnica la Resolución del presente deslinde, en virtud de lo preceptuado en el artículo 21 del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el Decreto 206/2004, de 11 de mayo, por el que se aprueba la Estructura Orgánica de la Consejería de Medio Ambiente.

Segundo. Al presente acto administrativo le es de aplicación lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías

Pecuarias; el Decreto 155/1998, de 21 de julio, antes citado; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, y demás legislación aplicable.

Tercero. La vía pecuaria denominada "Colada de Cijuela", en el término municipal de Chimeneas, en la provincia de Granada, fue clasificada por Orden Ministerial de fecha 3 de febrero de

1969, debiendo, por tanto, el deslinde, como acto

administrativo definitorio de los límites de cada vía

pecuaria, ajustarse a lo establecido en el acto de la

Clasificación.

Considerando que en el presente deslinde se ha seguido el procedimiento legalmente establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con

sujeción a lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, y al Decreto 155/1998, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y demás legislación aplicable al caso.

Vistos la propuesta favorable al deslinde, formulada por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente

en Granada con fecha 13 de julio de 2005, así como el Informe del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía

RESUELVO

Aprobar el deslinde de la vía pecuaria denominada "Colada de Cijuela", en el término municipal de Chimeneas, provincia de Granada, conforme a los datos y descripción que siguen, y a tenor de las coordenadas absolutas que se anexan a la presente Resolución.

- Longitud deslindada: 2.408,87 metros.

- Anchura: 10 metros.

Descripción.

"Finca rústica, de dominio público según establece la Ley

3/95, de Vías Pecuarias, y el Decreto 155/98, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, destinada a los fines y usos que estas normas estipulan, que se encuentra en el término municipal de Chimeneas. Discurre de Sur a Norte desde el punto en que entronca con la Vereda de Alhama, sobre la carretera de Castillo de Tajarja a Chimeneas, hasta el límite de términos entre Chimeneas y Cijuela, sobre el "Camino de Láchar". De 10 metros de anchura, una longitud total de 2.408 metros y una superficie deslindada de 2,4 ha.

Sus linderos son:

- Norte: Linda con el término municipal de Cijuela y con la continuación de esta vía pecuaria, que es la Colada de

Chimeneas en Cijuela.

- Sur: Linda con el entronque de esta vía pecuaria en la Vereda de Alhama, justo antes de que la carretera del Castillo de Tajarja a Chimeneas cruce el "Barranco de la Zarza" o de "Noniles" (según el M.T.N. escala 1:25.000, hoja 1026-I de Chimeneas).

- Este: De Sur a Norte linda consecutivamente con:

Nombres:

Compañía Telefónica.

D.P. Obras Públicas y Transportes.

Confederacion H. del Guadalquivir.

Izquierdo Salvatierra, Manuel.

Salvatierra Abad, Manuela.

Salvatierra Abad, Manuela.

Río Camino, Celia del.

Río Camino, Salvador del.

Camino Río, Francisca.

Caballero López, Antonia.

Ramos Donaire, Antonio.

Rivelles Ramos, Carmen.

Fernández Caballero, Francisca.

Caballero Camino, M. Carmen.

Camino Camino, Carmen.

Caballero Salvatierra, Angustias.

López Abad, Bibiana.

Río López, Salvador.

Molina Avila, José.

Abad Ramos, José.

Revelles Ramos, Mercedes.

Ramos Ramos, Enrique.

Abad Ramos, José.

Abad Ramos, María.

Pérez Molina, Antonio.

García Salvatierra, Francisca.

Pérez López, Nieves.

Salvatierra Alvarez, Juan Bautista.

Fernández García, José.

Caballero Caballero, Marcela Plácida.

Caballero Avila, Francisca.

Avila Avila, M. José.

Caballero Avila, Josefa.

Caballero Camino, Milecio.

Salvatierra Abad, M. Angeles.

Ramos Avila, Manuel.

Ortega Fernández, José.

Avila López, Joaquín.

Molina Fernández, José.

Molina Avila, José.

Caballero Garces, Miguel.

Molina Molina, Manuel.

- Oeste: De Sur a Norte linda consecutivamente con:

Nombres:

D. P. de Obras Públicas y Transportes.

Caballero Avila, Francisca.

Caballero Avila, Manuel.

Molina Molina, Manuel.

Avila Avila, Adela.

Sánchez Avila, Ana.

Caballero Avila, Manuel.

Caballero Avila, Manuel.

Río Camino, Celia del.

Río Camino, Celia del.

Río Camino, Salvador del.

Camino Río, Francisca.

Pérez Albarral, Manuel.

Ramos Revelles, Pilar.

Ramos Revelles, Pilar.

Rivelles Ramos, Carmen.

Fernández Caballero, Francisca.

Caballero Camino, M. Carmen.

Camino Camino, Carmen.

Salvatierra Molina, Elvira.

López Abad, Bibiana.

Río López, Salvador.

Río López, Salvador.

Salvatierra López, Abelardo.

Molina Ramos, José.

Pérez Albarral, José.

Avila Molina, Domingo.

Camino Izquierdo, Brígida.

Izquierdo Revelles, Juan.

Avila Albarral, Enrique.

Ramos Avila, Aurelio.

Aguilar Pérez, Benito.

Donaire Molina, Mercedes.

López del Río, F. Ramón.

Ramos Tío, Dionisio.

Salvatierra Molina, R. María.

Caballero Avila, Josefa.

Garces Albarral, José.

Caballero Avila, Francisco.

Avila Avila, M. José.

Caballero Avila, Josefa.

Caballero Camino, Milecio.

Sánchez Portillo, Emiliana.

Sánchez Avila, Ana.

Garces Molina, Josefa.

Garces Molina, Josefa.

Ortega Fernández, José.

Ortega Fernández, José.

Avila López, Joaquín.

Molina Tío, Dionisio.

Molina Avila, José.

Caballero Garces, Miguel.

Molina Molina, Manuel."

Contra la presente Resolución, que no agota la vía

administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, conforme

a la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la

Ley/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes desde la notificación de la presente, así como cualquier otro que pudiera corresponder de acuerdo con la normativa aplicable.

Lo que así acuerdo y firmo en Sevilla, 15 de diciembre de

2005.- El Secretario General Técnico, Juan López Domech.

ANEXO A LA RESOLUCION DE FECHA 15 DE DICIEMBRE DE 2005, DE LA SECRETARIA GENERAL TECNICA DE LA CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE, POR LA QUE SE APRUEBA EL DESLINDE DE LA VIA PECUARIA

DENOMINADA "COLADA DE CIJUELA", EN EL TERMINO MUNICIPAL DE CHIMENEAS, PROVINCIA DE GRANADA (VP 312/03)

LISTADO DE COORDENADAS UTM DE LOS PUNTOS QUE DEFINEN LA VIA PECUARIA

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