Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 100 de 26/05/2006

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUM. CINCO DE TORREMOLINOS

EDICTO dimanante del procedimiento verbal núm. 923/2005. (PD. 1900/2006).

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NIG: 2990142C20050004958.

Procedimiento: J. Verbal (N) 923/2005. Negociado: 3.

Sobre: J. Verbal 372/03 del J. Instrucción núm. Tres (Ant. Mixto núm. Siete) de Torremolinos.

De: C.P. Nueva Torrequebrada.

Procurador: Sr. Félix García Ag³era.

Letrado: Sr. Fernández Perucho, Francisco Javier.

Contra: Don Benajamín Beniluz y doña Tamo Esther Beniluz.

EDICTO

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento J. Verbal (N) 923/2005 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Cinco de Torremolinos a instancia de C.P. Nueva Torrequebrada contra Benajamín Beniluz y Tamo Esther Beniluz sobre J. Verbal 372/03 de J. Instrucción núm. Tres (Ant. Mixgo núm. Siete) de Torremolinos, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

JUZGADO DE INSTRUCCION NUMERO TRES

DE TORREMOLINOS

(Antiguo mixto núm. Siete)

Procedimiento: J. Verbal 372/2003

SENTENCIA

En Torremolinos, a nueve de junio de dos mil cinco.

Ante mí, Guillermo Cortés García-Moreno, Magistrado-Juez del Juzgado de Instrucción núm. Tres (antiguo de Primera Instancia e Instrucción núm. Siete) de Torremolinos, ha tenido lugar el presente Juicio Verbal Civil registrado con el núm. 372/2003, en el que figura como demandante la Comunidad de Propietarios Nueva Torrequebrada, representada por el Procurador don Félix García Ag³era, y como demandados don Benjamín Beniluz y doña Tamo Esther Beniluz, en rebeldía.

El presente juicio tiene como objeto la reclamación de cantidad derivada de los gastos de comunidad.

FALLO

Que estimando la demanda formulada por la Comunidad de Propietarios Nueva Torrequebrada, representada por el Procurador don Félix García Ag³era, condeno a don Benjamín Beniluz y a doña Tamo Esther Beniluz, en rebeldía, a pagar a la demandante la cantidad de setecientos setenta y siete euros con veintiocho céntimos de euro (777,28 euros), incrementado con el interés legal del dinero desde la interposición de la demanda y hasta su notificación a los demandados.

Una vez notificada la sentencia a los demandados la anterior cantidad devengará un interés anual equivalente al interés legal del dinero incrementado en dos puntos, desde la fecha de notificación de esta sentencia a los condenados y hasta su completo pago.

Condeno a don Benjamín Beniluz y doña Tamo Esther Beniluz, en rebeldía, a pagar todas las costas causadas en este pleito.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga, que deberá prepararse en este Juzgado en el plazo de cinco días desde su notíficación.

Así lo acuerdo y firmo.

Publicación. Leída y publicada la anterior sentencia por el Magistrado-Juez que la suscribe, en audiencia pública, en el día de la fecha, del lo que yo, la Secretaria Judicial, doy fe.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados Benajamín Beniluz y Tamo Esther Beniluz, extiendo y firmo la presente en Torremilinos, a tres de mayo de dos mil seis.- La Secretaria.

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