Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 100 de 26/05/2006

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUM. CUATRO DE MARBELLA (ANTIGUO MIXTO NUM. CUATRO)

EDICTO dimanante del procedimiento verbal núm. 1325/2005. (PD. 1941/2006).

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NIG: 2906942C20050007018.

Procedimiento: Verbal-Desah. F. Pago (N) 1325/2005. Negociado: SB.

De: Don Juan Ortiz Ballesteros y doña Ana Parra Jiménez.

Procurador: Sr. David Sarriá Rodríguez.

Contra: Don Francisco Ramos Callejón.

E D I C T O

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Verbal-Desah. F. Pago (N) 1325/2005 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Marbella (antiguo Mixto núm. Cuatro) a instancia de Juan Ortiz Ballesteros y Ana Parra Jiménez contra Francisco Ramos Callejón sobre, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

"SENTENCIA NUMERO 90/2006

En la ciudad de Marbella, a 29 de marzo de 2006.

Doña Beatriz Sánchez Marín, Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Marbella, habiendo visto los presentes autos de Juicio Verbal, bajo el núm. 1325/2005, a instancia de don Juan Ortiz Ballesteros y doña Ana Parra Jiménez, representados por el Procurador Sr. Sarriá Rodríguez y asistidos de la Letrada Sra. Ortiz Parra frente a don Francisco Ramos Callejón, sobre resolución de contrato de arrendamiento y reclamación de rentas adeudadas, recayendo en ellos la presente resolución en base a los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Vistos los preceptos legales aplicados y demás de general y pertinente aplicación,

F A L L O

Que estimando la demanda formulada por don Juan Ortiz Ballesteros y doña Ana Parra Jiménez, representados por el Procurador Sr. Sarriá Rodríguez frente a don Francisco Ramos Callejón, debo declarar y declaro resuelto, por falta de pago de la renta, el contrato de arrendamiento suscrito por las citadas litigantes respecto de la vivienda sita en la cuarta planta, letra B,

oeste de la escalera primera, del Edificio W del conjunto de edificios denominado comercialmente "Banana Beach", de Marbella, y el aparcamiento núm. 2, situado en la planta menos dos del mismo edificio, por lo que el mencionado demandado deberá desalojar dicha vivienda en el plazo legal, apercibiéndole que en caso contrario se procederá a su lanzamiento del inmueble y asimismo condeno a la referida demandada a que abone a la parte actora la suma de 9.617,9l euros, importe de las rentas y cantidades asimiladas a la renta no satisfechas hasta la actualidad, así como al pago de las rentas devengadas con posterioridad a la presente resolución hasta el efectivo desalojo del local, con imposición de costas al demandado.

Contra la presente Sentencia cabe recurso de apelación que deberá tramitarse conforme a lo dispuesto en los arts. y ss. de la LEC.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo."

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Francisco Ramos Callejón, extiendo y firmo la presente en Marbella a cinco de mayo de dos mil seis.- El/La Secretario.EDICTO dimanante del procedimiento verbal núm./2004. (PD. 1933/2006).

NIG: 4109100C20040038939.

Procedimiento: J. Verbal (N)/2004. Negociado:.

De: Don José Miguel Suárez Giraldo.

Procurador: Sr. Juan Ramón Pérez Sánchez 207.

Contra: Don Antonio Pulido López.

EDICTO

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento J. Verbal (N) 1416/2004 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Diez de Sevilla a instancia de José Miguel Suárez Giraldo contra don Antonio Pulido López sobre desahucio, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

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