Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 107 de 06/06/2006

3. Otras disposiciones

Consejería de Turismo, Comercio y Deporte

ACUERDO de 9 de mayo de 2006, del Consejo de Gobierno, por el que se declara Municipio Turístico al Municipio de Tarifa (Cádiz).

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La Ley 12/1999, de 15 de diciembre, del Turismo aprobada por el Parlamento de Andalucía en ejercicio de la competencia exclusiva que tiene la Comunidad Autónoma en virtud del artículo 13.17 del Estatuto de Autonomía, crea la figura del Municipio Turístico, atribuyendo al Consejo de Gobierno la competencia para efectuar la declaración.

El Decreto 158/2002, de 28 de mayo, de Municipio Turístico, modificado por el Decreto 70/2006, de 21 de marzo, regula los requisitos y el procedimiento necesarios para acceder a la declaración de Municipio Turístico estableciendo en su disposición transitoria única que los solicitantes de los procedimientos iniciados con anterioridad a la modificación deberán acreditar el cumplimiento de los nuevos requisitos y que los contenidos obligacionales de los convenios a suscribir se atendrán a las finalidades y principios inspiradores de la nueva regulación.

De conformidad con el procedimiento contenido en la referida regulación, el Ayuntamiento de Tarifa solicitó con fecha 13 de agosto de 2004 la declaración de Municipio Turístico ante la Delegación Provincial de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte en Cádiz, acompañando la documentación requerida, en la que se constata el cumplimiento de los requisitos establecidos en la actual redacción del artículo 2 del citado Decreto de Municipio Turístico, y que resulta ser la siguiente:

1. Certificado del acuerdo plenario de la Corporación municipal adoptado por unanimidad de sus miembros en sesión extraordinaria de fecha 18 de junio de 2004, relativo a la solicitud de declaración de Municipio Turístico.

2. Certificado del Director del "Conjunto Arqueológico de Baelo Claudia", acreditando los siguientes datos sobre el número de visitas al recurso más visitado de Tarifa: año 2000, 77.943 visitantes; año 2001, 89.046 visitantes; año 2002, 96.215 visitantes; año 2003, 99.244 visitantes.

3. Memoria descriptiva con el siguiente contenido:

A) Inversiones previstas en el presupuesto municipal para la promoción e infraestructuras turísticas.

El Ayuntamiento de Tarifa presenta presupuesto para el ejercicio 2004 detallando las inversiones a realizar, entre las que se prevé la Reparación del Edificio Museo Casa Pósito, acondicionamiento de calles del casco antiguo y rehabilitación del Castillo.

B) Actuaciones municipales en relación a los servicios mínimos que debe prestar el municipio respecto a los vecinos y a la población turística asistida, así como los servicios específicos prestados en materia de salubridad pública e higiene en el medio urbano y natural, transporte público de viajeros, protección civil y seguridad ciudadana, así corro otros datos que sean de especial relevancia turística.

Se aporta amplia información acerca de las actuaciones y prestación de los servicios específicos en las siguientes áreas:

a) Saneamiento y salubridad públicas:

- Depuración y abastecimiento de aguas potables.

- Saneamiento y depuración de aguas residuales,

b) Protección civil y seguridad en lugares públicos:

- Prevención y extinción de incendios.

- Actuaciones en accidentes de tráfico.

- Inundaciones.

- Atención y ayuda al inmigrante.

- Vigilancia en todos los eventos desarrollados en el municipio.

- Coordinación con todos los servicios de policía local, guadia civil, servicios sanitarios, bomberos, ante cualquier emergencia.

c) Transporte público de viajeros:

- Contratación servicio empresa transporte.

C) Existencia de un Plan Turístico Municipal que al menos contenga un diagnóstico de la situación turística, así como la propuesta de actuaciones para mejorar la oferta de turismo en el municipio.

Aporta en el expediente, como documentación complementaria el "Avance del Plan Estratégico de Desarrollo Turístico "Tarifa 2015", que formula un correcto diagnóstico y programa de actuación.

Los modelos de desarrollo descritos por el Plan, parten de una decidida apuesta por el turismo, realizando un esfuerzo importante en la preservación de los valores naturales, forestales y paisajísticos del término:

1. Modelo tendencial.

2. Modelo patrimonial.

3. Modelo turístico combinado.

En este sentido, el 4 de noviembre de 2005 se suscribió Convenio de Colaboración entre la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, la Mancomunidad del Campo de Gibraltar y la Federación de Empresarios del Campo de Gibraltar, en el marco del Plan Turístico Campo de Gibraltar, siendo el Municipio de Tarifa uno de los incluidos en las actuaciones de este Plan. Básicamente las actuaciones incluidas en en dicho Plan están dirigidas a la puesta en valor y usos de los recursos turísticos, creación de nuevos productos y aumento de la calidad de los productos turísticos de la zona.

D) La existencia de Oficinas de Turismo convenientemente señalizadas y equipadas.

El número de visitantes anuales fue aproximadamente de 17.000, correspondiendo un tercio a los meses de julio y agosto. En los meses de verano se amplia el horario de apertura y la plantilla.

E) Relevancia de los recursos turísticos existentes en el término municipal, con especial atención a los bienes declarados de interés cultural:

Por su singular situación en el Estrecho de Gibraltar, las diferentes culturas han dejado como huella un rico patrimonio histórico-cultural en este municipio. Cabe destacar:

- Conjunto Arqueológico de Baelo Claudia.

- Castillos de Santa Catalina y Guzmán el Bueno, este último fortaleza califal del S. X, declarado monumento artístico nacional.

- Iglesia de San Mateos.

- Murallas árabes.

- Plan especial de protección del casco histórico.

F) Adopción de medidas de defensa y restauración del patrimonio cultural y urbano:

La iglesia de San Mateo está siendo objeto de rehabilitación y mejora en tres fases: rehabilitación salones parroquiales, limpieza y remodelación de la torre del campanario y rehabilitación de una de las fachadas de la parroquia y una de sus puertas laterales.

Para la muralla árabe existe un convenio de colaboración entre el Ayuntamiento de Tarifa y la Consejería de Cultura, con objeto de rehabilitar y mantener las partes más deterioradas de las murallas árabes.

El Plan Especial de Protección del Casco Histórico se encuentra en estado de aprobación inicial. Con este Plan se tratará de redactar las condiciones básicas de edificación, ornamentación, decoración y rehabilitación para que dichas viviendas compartan la estética característica del pueblo, propia de un casco antiguo con historia como el de Tarifa.

G) La ubicación del término municipal, total o parcialmente, en alguno de los espacios naturales protegidos de Andalucía.

Las singularidades y valores de su medio, tanto marino como terrestre, han merecido la inclusion de gran parte de su costa en el Parque Natural del Estrecho y de sus sierras en el Parque Natural de los Alcornocales.

El ámbito municipal íntegra un conjunto territorial variado, que incluye paisajes diversos y atractivos del litoral, zonas de campiña y sectores de sierra (incluidos en el Parque Natural del Estrecho y de Los Alcornocales).

En el ámbito litoral, y como elemento destacado del Parque Natural del Estrecho, se incluyen otros dos espacios naturales protegidos, el Monumento Natural Duna de Bolonia y el Paraje Natural Playa de los Lances.

Dichos espacios reafirman la riqueza de los valores naturales y paisajísticos de la zona, y conforman un ejemplo de su potencialidad turística.

H) Adopción de medidas de protección y recuperación del entorno natural y del paisaje.

El Parque Natural de los Alcornocales, catalogado entre los principales bosques residuales comunitarios, figura en el V Programa de Acción Comunitaria.

I) La existencia de un planeamiento urbanístico que contemple las dotaciones de espacios libres y otras que cumplan las reservas mínimas previstas por la legislación urbanística, referida a las poblaciones de derecho y a la población turística asistida.

Se cuenta con un Plan General de Ordenación Urbana de todo el término municipal.

Obra entre la documentación presentada un informe técnico que avala que la aprobación del Plan vigente fue anterior a la entrada en vigor de la Ley 7/1994, de Protección Ambiental, por lo que no fue sometido al trámite de evaluación de impacto ambiental. No obstante se está procediendo a la revisión del mismo.

En relación con el sistema general de Espacios Libres manifiesta que cumple con los estándares mínimos en relación con el número de viviendas previstas en el Plan.

Prevé la realización de infraestructuras y equipamientos urbanos, reforma interior y mejora urbana en zonas saturadas por el uso turístico residencial. En aquellas zonas donde se ha saturado, se está acometiendo Planes de Desarrollo tales como el Plan Especial del Casco Histórico y el Plan Parcial SA-4 Cabo Plata.

J) Se aplica el Decreto 72/1992 de Normas Técnicas para la Accesibilidad y la Eliminación de Barreras Arquitectónicas, Urbanísticas y del Transporte de Andalucía. Se tiene previsto el adecuado tratamiento de los recursos naturales y adaptación de los usos del entorno turístico.

Habiéndose valorado los elementos contenidos en la documentación aportada por el municipio conforme al artículo 3 del Decreto 158/2002, de Municipio Turístico, modificado por el Decreto 70/2006, y efectuada la tramitación de informes preceptivos, entre los que se incluye el informe favorable de la Comisión Permanente del Consejo Andaluz de Turismo emitido en sesión ordinaria celebrada el 17 de abril de 2006, el Consejo de Gobierno, a propuesta del Consejero de Turismo, Comercio y Deporte, en su reunión del día 9 de mayo de 2006,

A C U E R D A

Primero. Declaración de Municipio Turístico.

Se declara Municipio Turístico de Andalucía al municipio de Tarifa, provincia de Cádiz, con los efectos y obligaciones previstos en el Decreto 158/2002, de 28 de mayo, de Municipio Turístico, modificado por el Decreto 70/2006, de 21 de marzo.

Segundo. Convenios.

Mediante el presente Acuerdo el Ayuntamiento de Tarifa y la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, en el ámbito de sus competencias, podrán suscribir los convenios que sean necesarios para la consecución de los fines perseguidos con la declaración de Municipio Turístico, en los términos y con el contenido mínimo previsto en los artículos 15 y 16 del citado Decreto de Municipio Turístico.

Sin perjuicio de lo anterior, dichos convenios también podrán ser suscritos por las distintas Consejerías de la Junta de Andalucía en el ejercicio de sus competencias, así como por aquellas Administraciones Públicas y entidades públicas y privadas que puedan adherirse.

Tercero. Líneas básicas de actuación.

La finalidad esencial que se persigue con la suscripción de los convenios antes referidos es el aumento de la competitividad turística de los destinos, compatible con la conservación y mejora de las características medioambientales de los mismos, y la concreción de los compromisos del municipio en relación con aquellos servicios públicos de mayor relevancia y repercusión para el turismo.

Por tanto, y de conformidad con el artículo 15 del Decreto de Municipio Turístico, las lineas básicas de actuación de los convenios que, en su caso, se suscriban son:

a) Mejora de la calidad en la prestación de los servicios públicos municipales al conjunto de los usuarios.

b) Preservación del patrimonio cultural, urbano y medioambiental.

c) Actividad urbanística en el marco de un desarrollo turístico sostenible y de conformidad con la legislación urbanística.

d) Realización de acciones específicas dirigidas a la prestación de servicios para turistas y visitantes, señalizaciones turísticas, acceso a recursos turísticos, promoción turística, playas y formación dirigida al sector turístico.

e) Creación y diversificación de la oferta turística.

Cuarto. Comisión de seguimiento.

1. Como órgano superior de seguimiento de los convenios que puedan suscribirse en ejecución del presente Acuerdo, se crea una Comisión de seguimiento, que estará compuesta al menos por:

a) En representación de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte:

- La persona titular de la Dirección General de Planificación y Ordenación Turística o persona en quien delegue, que ostentará la presidencia y cuyo voto será dirimente.

- La persona titular de la Delegación Provincial de Turismo, Comercio y Deporte de Cádiz.

b) En representación del Municipio Turístico:

La persona titular de la Alcaldía y un representante del Ayuntamiento a propuesta de éste.

c) Un representante de cada una de las Consejerías que suscriban, en su caso, los convenios objeto del presente Acuerdo, con rango, al menos de Director General o persona en quien delegue con la categoría de Jefe de Servicio.

d) Un funcionario de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte con categoría de jefe de Servicio, que actuará como Secretario, con voz y sin voto.

2. Como funciones de la Comisión de seguimiento se establecen:

a) Velar por el cumplimiento de cuanto quede establecido en los convenios que, en su caso, se suscriban.

b) Resolver cuantas incidencias y circunstancias se produzcan como consecuencia de la interpretación, aplicación y desarrollo de los convenios a suscribir, sometiéndolas a la aprobación de las partes firmantes.

c) Coordinar la actuación de las partes firmantes, en orden a la consecución del fin perseguido por cada convenio suscrito.

d) Efectuar el seguimiento de los convenios que, en su caso, se suscriban en ejecución del presente Acuerdo, así como de los acuerdos adoptados conforme a los mismos.

e) Cualesquiera otras que les sean encomendadas por las partes firmantes de cada uno de los convenios a suscribir.

Quinto. Notificación y publicación.

El presente Acuerdo será notificado al municipio interesado en los términos y con los efectos previstos en el artículo 12.2 del Decreto 158/2002, de 28 de mayo, de Municipio Turístico, modificado por el Decreto 70/2006, de 21 de marzo, debiendo ser publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sexto. Efectos.

El presente Acuerdo surtirá efectos a partir de su notificación a la entidad interesada de conformidad con lo establecido en el punto anterior.

Sevilla, 9 de mayo de 2006

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

PAULINO PLATA CANOVAS

Consejero de Turismo, Comercio y Deporte

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