Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 110 de 09/06/2006

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUM. OCHO DE GRANADA

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario núm. 515/2002. (PD. 2178/2006).

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NIG: 1808742C20020010404.

Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 515/2002.

Negociado: S.

Sobre: Juicio ordinario.

De: Excmo. Ayuntamiento de Granada.

Procurador: Sr. Rafael Merino Jiménez-Casquet.

Contra: Doña Ana Valera Muñoz, doña Ana Arroyo Valera, Promociones Urbanísticas Florida, S.L., don Víctor Arroyo Varela, doña Josefa Arroyo Varela y don Manuel Arroyo Varela.

Procuradora: Sra. Teresa Guerrero Casado, doña Clara Fernández Payán.

Letrado: Sr. Fernando Vélez Fernández.

E D I C T O

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Proced. Ordinario (N) 515/2002 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. 8 de Granada a instancia de Excmo. Ayuntamiento de Granada contra doña Ana Valera Muñoz, doña Ana Arroyo Valera, Promociones Urbanísticas Florida, S.L., don Víctor Arroyo Varela, doña Josefa Arroyo Varela y don Manuel Arroyo Varela sobre Juicio ordinario, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NUM. 26/2005

En Granada a dos de marzo de dos mil cinco.

El Ilmo. Sr. don Juan de Vicente Luna, Magistrado-Juez titular del Juzgado de Primera Instancia núm. Ocho, ha visto los presentes autos de juicio ordinario, repartidos por la oficina del Decanato, y tramitados en este Juzgado con el núm./2002 sobre reclamación de cantidad, instados por el Excmo. Ayuntamiento de Granada, representado por el Procurador don Rafael Merino Jiménez-Casquet, y defendido por el Letrado don Fernando Vélez Fernández, frente a doña Ana Valera Muñoz, doña Ana, don Manuel, don Víctor y doña Josefa Arroyo Valera, declarados en rebeldía, y también frente a la entidad mercantil Promociones Urbanísticas Florida, S.L., también declarada en rebeldía, teniendo en consideración los siguientes:

F A L L O

Estimando íntegramente la demanda interpuesta por el Excmo. Ayuntamiento de Granada, representado por el procurador don Rafael Merino Jiménez-Casquet, y, defendido por el letrado don Fernando Vélez Fernández, frente a doña Ana Valera Muñoz, doña Ana, don Manuel, don Víctor y doña Josefa Arroyo Valera, declarados en rebeldía, y también frente a la entidad mercantil Promociones Urbanísticas Florida, S.L., también declarada en rebeldía debo condenar y condeno a todos ellos a que, solidariamente, abonen a la entidad actora la suma de ciento trece mil seiscientos cuarenta y cinco euros, más sus intereses legales desde la fecha de presentación de la demanda, imponiéndoles además el pago de las costas propias de este procedimiento.

Dedúzcase testimonio de la presente resolución, que será notificada a las partes, y llévese testimonio a las actuaciones, e incorpórese esta al libro que al efecto se custodia en este Juzgado.

Contra esta resolución cabe interponer recurso de apelación, que deberá prepararse mediante escrito que se presentará en este Juzgado, en el plazo de cinco días, y del que conocerá la Ilma. Audiencia Provincial.

Así por esta, mi sentencia, juzgando definitivamente en primera instancia, en nombre del Rey y por la autoridad conferida por el Pueblo Español, la pronuncio, mando y firmo. E/.

Publicación. Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez que la ha dictado, estando celebrando Audiencia pública el mismo de su fecha.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados doña Ana Valera Muñoz y Promociones Urbanísticas Florida, S.L., extiendo y firmo la presente en Granada a once de noviembre de dos mil cinco.- El/La Secretario.

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