Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 119 de 22/06/2006

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION

EDICTO de 12 de junio de 2006, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de Lucena, dimanante del procedimiento verbal núm. 427/2005. (PD. 2387/2006).

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NIG: 1403842C20050001424.

Procedimiento: J. Verbal (N) 427/2005. Negociado: PL.

Sobre: Reclamación cantidad y desahucio.

De: Doña Elvira Catalán García.

Procurador: Sr. Pedro Ruiz de Castroviejo Aragón.

Letrado: Sr. Antonio Vicente Martínez Gómez.

Contra: Doña Antonia López León.

E D I C T O

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento J. Verbal 427/2005 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Lucena a instancia de doña Elvira Catalán García contra doña Antonia López León sobre reclamación cantidad y desahucio, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

"SENTENCIA NUM. 18/06

En Lucena, a 7 de febrero de 2006, doña Almudena Nadal Siles, Juez del Juzgado de Primera de la Instancia e Instrucción núm. Dos de esta localidad; habiendo visto los presentes autos de Juicio Verbal núm./2005, promovidos a instancias de doña Elvira Catalán García, representada por el Procurador Sr. Ruiz de Castroviejo Aragón y defendida por el Letrado Sr. Martínez Gómez; contra doña Antonia López León (Consejera Delegada de "Productos Ecológicos Andalu

ces, S.L."), declarada en situación de rebeldía procesal, versando el juicio sobre desahucio por falta de pago y reclamación de cantidad.

F A L L O

Que estimando íntegramente la demanda formulada por el Procurador Sr. Ruiz de Castroviejo Aragón, actuando en nombre y representación de doña Elvira Catalán García contra doña Antonia López León, como Consejera Delegada de la empresa "Productos Ecológicos Andaluces, S.L.", debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento que sobre la nave industrial sita en la C/ Las Fontanillas de Lucena, existía entre la actora y la demandada, por falta de pago de las rentas vencidas y no satisfechas y, consecuentemente, debo condenar y condeno a la demandada a dejar la mencionada nave, libre y expedita a disposición de la actora, con apercibimiento de que, en caso de incumplimiento se procederá a su lanzamiento; y a pagar a la Sra. Catalán García la cantidad de tres mil quinientos noventa y cinco euros con cincuenta y seis céntimos (3.595,56 euros), más el interés legal del dinero desde la fecha de presentación de la demanda (21 de septiembre de 2005), incrementado en dos puntos a partir de esta resolución; todo ello con expresa imposición de las costas procesales a la demandada.

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días en este Juzgado y dirigido a la Ilma. Audiencia Provincial de Córdoba; debiendo ser notificada a la demandada a través del sistema de edictos.

Así por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo."

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada doña Antonia López León, extiendo y firmo la presente en Lucena a doce de junio de dos mil seis.- El/La Secretario Judicial.

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