Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 135 de 14/07/2006

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA

EDICTO de 27 de abril de 2006, del Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Huelva, dimanante del procedimiento ordinario núm. 738/2003. (PD. 2884/2006).

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NIG: 2104142C20030005021.

Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 738/2003. Negociado: E.

De: C.P. Villas de Islantilla.

Procuradora: Sra. Mercedes Ana Pérez de León García.

Letrado: Sr. Javier R. Vega Domínguez.

Contra: Nueva Olba, S.L., don Rafael Cremades de Molina, don José Angel Mesa Ortega, Construcciones Framarosa, S.L., Construcciones Picón García, S.L., y Construcciones Dunas de Huelva, S.L.

Procuradora: Sra. Ana María Morera Sanz, don Jesús Rofa Fernández, don Fernando González Lancha, don Domingo Ruiz Ruiz.

Letrado: Sr. Emiliano Sanz Escalera, Vergel Araujo, Fernando, Sotomayor Díaz, José Antonio, Garcés Silva, Enrique, Julián Rabadán Rodríguez.

E D I C T O

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Proced. Ordinario (N) 738/2003 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Huelva a instancia de C.P. Villas de Islantilla contra Nueva Olba, S.L., don Rafael Cremades de Molina, don José Angel Mesa Ortega, Construcciones Framarosa, S.L., Construcciones Picón García, S.L., y Construcciones Dunas de Huelva, S.L., se ha dictado la sentencia cuyo fallo en cuanto a la demandada Construcciones Dunas de Huelva, S.L., es como sigue:

Que debiendo estimar y estimando parcialmente la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Pérez de León García, en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios de las Villas Islantilla, frente a la entidad Nueva Olba, S.L., don Rafael Cremades de Molina, don José Angel Mesa Ortega, la entidad Construcciones Framarosa, S.L., la entidad Dunas de Huelva, S.L., y la entidad Picón García, S.L., debo condenar y condeno a:

- Solidariamente a la entidad Nueva Olba, S.L., la entidad Construcciones Framarosa, S.L., la entidad Dunas de Huelva, S.L., la entidad Picón García, S.L., y a don José Angel Mesa Ortega a llevar a cabo las obras de reparación oportunas, con inspección técnica, para subsanar todos y cada uno de los vicios y defectos de la construcción existentes en las viviendas que se reflejan en el informe pericial aportado junto con la demanda.

Con desestimación del resto de pedimentos de la demanda.

Cada parte abonará las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que no es firme y que frente a la misma podrán interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días ante este mismo Juzgado.

Así, y por esta mi Sentencia, lo dispongo, mando y firmo. David Gómez Fernández, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Dos de los de Huelva y su partido judicial.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada Construcciones Dunas de Huelva, S.L., extiendo y firmo la presente en Huelva a veintisiete de abril de dos mil seis.- El/La Secretario.

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