Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 14 de 23/01/2006

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº22 DE SEVILLA

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario núm. 1528/2002. (PD. 125/2006).

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Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 1528/2002. Negociado:.º

Sobre: Reclamación de cantidad.

De: Hertz Lease España, S.L.

Procuradora: María Jesús Fernández Eugenio.

Contra: Don Santiago Matres Benítez, Interluppi, S.L. y Lloyds of London.

Procuradores: Sra. Pilar Penella Rivas y Manuel Ignacio Pérez Espina 197.

E D I C T O

CEDULA DE NOTIFICACION

En el juicio referenciado, se ha dictado sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

S E N T E N C I A

En Sevilla, a veintidós de octubre de dos mil cuatro.

El Ilmo. Sr. don Jesús Medina Pérez, Magistrado/Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Veintidós de Sevilla y su partido, habiendo visto los presentes autos de Proced. Ordinario (N) 1528/2002 seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante Hertz Lease España, S.L. representada por la Procuradora doña María Jesús Fernández Eugenio; y de otra como demandados don Santiago Matres Benítez, representado por la Procuradora doña Pilar Penella Rivas, Lloyds of London, representada por el Procurador don Manuel Ignacio Pérez Espina y Interluppi, S.L., sobre reclamación de cantidad, y,

F A L L O

Que estimando parcialmente la demanda deducida por la Procuradora doña M.ª Jesús Fernández Eugenio, en nombre y representación de Hertz Lease España, S.A. contra don Santiago Matres Segura, la entidad Interluppi, S.L. y la Compañía Lloyds of London, sobre reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a los codemandados don Santiago Matres Segura y la entidad Interluppi, S.L. a abonar solidariamente a la actora la suma de 5.721,05 euros, más los intereses legales desde la fecha del emplazamiento, absolviendo a la Compañía Lloyds of London de todos los pedimentos objeto de la demanda.

No procede condena en costas.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días.

Y para que sirva de notificación en forma a la entidad Interluppi, S.L. que se encuentra en ignorado paradero, extiendo y firmo la presente en Sevilla, 18 de noviembre de

2004.- La Secretaria.

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