Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 147 de 01/08/2006

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Consejería de Obras Públicas y Transportes

ANUNCIO de 14 de julio de 2006, de la Delegación Provincial de Córdoba, de Certificación del Acuerdo y Normas Urbanísticas de la Subsanación de Deficiencias de la Modificación del Plan General de Ordenación Urbanística, relativa al establecimiento Sistema General en Suelo No Urbanizable Planta de Gestión Integral de Residuos Sólidos, en el municipio de Montemayor (expediente P-83/03), de Toma de Conocimiento por la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Córdoba, en sesión celebrada el día 9 de junio de 2004.

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EXPEDIENTE DE SUBSANACION DE DEFICIENCIAS DE LA MODIFICACION DEL PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANISTICA, RELATIVA AL ESTABLECIMIENTO SISTEMA GENERAL EN SUELO NO URBANIZABLE PLANTA DE GESTION INTEGRAL DE RESIDUOS SOLIDOS, EN EL MUNICIPIO DE MONTEMAYOR

PUBLICACION DE CERTIFICACION DEL ACUERDO

Certificación, emitida en los términos previstos en el art..5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, del Acuerdo adoptado por la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Córdoba, en sesión celebrada el día 9 de junio de 2004, en relación con el siguiente expediente:

P-83/03

Expediente de subsanación de deficiencias de la innovación del Plan General de Ordenación Urbanística de Montemayor relativa al establecimiento Sistema General en Suelo No Urbanizable. Planta de Gestión Integral de Residuos Sólidos, promovido y tramitado por el Ayuntamiento de dicho municipio, por el que se da cuenta a la Comisión de su aprobación.

Visto el referido expediente aprobado por el Pleno del Ayuntamiento de Montemayor, en sesión celebrada el 29 de abril de 2004, que tiene por objeto subsanar las deficiencias señaladas en el acuerdo de aprobación definitiva con suspensiones de la referida innovación, adoptado por la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Córdoba, en sesión de 11 de marzo de 2004.

La Comisión, previa propuesta de acuerdo de la Delegación Provincial, elaborada con base en el informe emitido por el Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo, y a la vista de lo establecido en el artículo 33 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (en adelante LOUA), el art. 132.3.b) del Reglamento de Planeamiento, valora que la tramitación, documentación y determinaciones de la presente subsanación de deficiencias, son adecuadas en general respecto de la LOUA y demás legislación urbanística vigente, y que cumplimenta, en lo básico, el referido acuerdo de la Comisión, de 11 de marzo de 2004.

Señalándose las siguientes consideraciones y valoraciones:

Se reiteran las consideraciones y valoraciones contenidas en el acuerdo adoptado por la Comisión, en sesión de 11 de marzo de 2004, por el que se aprobó definitivamente con suspensiones la presente innovación del Plan General de Ordenación Urbanística de Montemayor, y se efectúa, además, la siguiente:

De la información contenida en el expediente se constata la utilización de parte de la ronda urbana de Montemayor como itinerario necesario para el acceso a las instalaciones de la planta integral de residuos sólidos. Ello, en el caso de ocasionar impactos negativos en dichos recorridos urbanos, pudiera requerir la habilitación y mejora de la conexión del mismo con la red general de comunicaciones, y por tanto, la generación de alternativas viarias que segreguen dichos tráficos de los itinerarios urbanos. Dicha demanda, en caso de producirse, deberá ser resuelta por el órgano gestor, con la colaboración del Ayuntamiento de Montemayor.

En consecuencia, la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Córdoba, acuerda la Toma de Conocimiento, con las consideraciones y valoraciones señaladas, de la subsanación de deficiencias de la presente innovación del Plan General de Ordenación Urbanística de Montemayor relativo al establecimiento Sistema General en Suelo No Urbanizable. Planta de Gestión Integral de Residuos Sólidos.

Córdoba, 9 de junio de 2004. Vº Bº. El Presidente de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Córdoba, Fdo.: Antonio Márquez Moreno; el Secretario de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Córdoba, Fdo.: Miguel Angel Plata Rosales.

PUBLICACION DE NORMAS URBANISTICAS

DETERMINACIONES DE ORDENACION DE LA PRESENTE INNOVACION DE NN.SS.

Una vez justificada la conveniencia y necesidad de formular la presente Innovación, analizadas las características físicas y urbanísticas de los terrenos y su adecuación como soporte de la intervención para los objetivos perseguidos, así como fijados los criterios con los que se pretende conseguir, y deducido que las posibles alternativas están muy acotadas, procede en este apartado, a modo de conclusión, establecer las determinaciones precisas del contenido de la Innovación de las NN.SS. vigentes, que deben entenderse incorporadas como parte integrante de las propias Normas Subsidiarias, una vez aprobada definitivamente la presente Innovación.

Condiciones de Ordenación

FICHA DE PLANEAMIENTO

a) Clasificación y calificación del suelo.

Los terrenos objeto de esta Innovación, cuya situación exacta se indica en el "Documento II, Planos", se clasifican como Sistema General en Suelo No Urbanizable.

En lo sucesivo, el Plano de Ordenación 2.1 de la presente Innovación se entenderá incorporado a las Normas Subsidiarias del término municipal de Montemayor, sustituyendo al anterior Plano de Ordenación núm. 1 de las mismas "Ordenación del Territorio. Clasificación del Suelo. Calificación y Elementos Protegidos del S.N.U.".

Asimismo dichos terrenos se califican con el uso global Planta de Gestión de Escombros y Restos de Obra, pasando a formar parte de los Sistemas Generales de Redes de Servicio.

b) Delimitación del sector.

La presente Innovación determina la delimitación de un Sistema General en Suelo No Urbanizable, coincidente exactamente con los terrenos cuya clasificación se modifica.

c) Condiciones de desarrollo del nuevo Sistema General en Suelo No Urbanizable.

L Superficie: 335.396 m.

L Condiciones de uso. El uso global es el de Planta de Gestión de Escombros y Restos de Obra, dentro de la cual se encontrarán las siguientes instalaciones:

- Plataforma de control de accesos y tratamiento, que contará al menos con edificio de control, báscula y edificio taller-almacén.

- Area de vertido, compuesta por el vaso de vertido de escombros y restos de obra y la balsa de lixiviados.

- Red perimetral de cunetas.

- Instalación de abastecimiento mediante depósito propio.

- Instalación de saneamiento con depuración propia.

- Instalación eléctrica de media y baja tensión con centro de transformación propio que dé suministro a todo el recinto.

- Instalación de protección contra incendios.

- Control y vigilancia de aguas subterráneas.

- Acondicionamiento de todos los viales, incluyendo la mejora y asfaltado del camino de acceso desde el núcleo urbano de Montemayor, según el tipo de tránsito que vayan a soportar.

- Elementos de jardinería para reducir el impacto paisajístico.

L Condiciones de edificación:

- Ocupación: 1%.

- Altura:

Núm. plantas: 2.

Altura máxima: 8 m.

L Condiciones estéticas: Se utilizarán en la medida de lo posible los acabados tradicionales de la zona para reducir el impacto visual y favorecer la integración en el paisaje.

L Sistema de actuación: Actuación directa por parte del Ayuntamiento.

L Plazos: Los establecidos en el Proyecto para Gestión Integral de los Residuos de Escombros y Restos de Obra de la Provincia de Córdoba.

Modificación del articulado de la Normativa Urbanística.

1. Contenido de la Modificación.

La presente Innovación afecta a los artículos en los cuales se hace referencia a los Sistemas Generales.

2. Normativa modificada.

Artículo 17. Sistemas generales.

Las presentes Normas Subsidiarias señalan el suelo adscrito a los siguientes Sistemas Generales:

1. Sistema General de Comunicaciones, compuesto por la Red de Carreteras y Sistema Ferroviario.

2. Sistema General de Areas Libres, compuesto por la Red de Cañadas y Vías Pecuarias, las áreas libres de dominio público que conforman el cauce y márgenes de los ríos y arroyos y el Parque Urbano.

3. Sistema General de Equipamientos Públicos, compuesto por el Polideportivo Municipal, Campos de Fútbol, los Centros Docentes, Asistenciales y Sanitarios, Ayuntamiento, Centros Culturales y Templos.

4. Sistema General de Unidades de Servicios, compuesto por el Cementerio, Mercado, Matadero y Cuartel de la Guardia Civil.

5. Sistema General de Redes de Servicio, compuesta por la red y los depósitos reguladores de abastecimiento de agua, la red eléctrica y sus transformadores, la red de telefonía y sus instalaciones, depuradoras, la Planta de Gestión de Residuos y Restos de Obra y los Canales de Riego.

Artículo 22. Sistema General de Redes de Servicio: Regulación.

1. Canales. Se regirán por su legislación específica, Ley/1985 de 2 de agosto, de Aguas (BOE núm. 189, de 8 de agosto de 1985) y normativa que la desarrolla referente a Confederaciones Hidrográficas: Real Decreto 927/1988, de 29 de julio, Reglamento de la Administración Pública del Agua y de la Planificación Hidrológica, y Real Decreto 984/1989, de 28 de julio, que determina la estructura orgánica dependiente de la Presidencia de las Confederaciones Hidrográficas.

2. Depósitos reguladores de abastecimiento de agua, redes, transformadores eléctricos y depuradoras. Condiciones de uso y edificación. Sólo se admitirán los usos directamente vinculados con el servicio de que se trata. Las condiciones de edificación se regularán de acuerdo con la legislación técnica sobre la materia. Los acabados y las áreas no ocupadas por la edificación o instalaciones, recibirán el tratamiento adecuado para que resulte una propuesta integrada en el paisaje del entorno.

3. Planta de gestión de residuos. Se regirá por los condicionantes de su ficha de planeamiento.

Córdoba, 14 de julio de 2006.- El Delegado, Francisco García Delgado.

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