Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 158 de 16/08/2006

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

RESOLUCION de 18 de julio de 2006, de la Secretaría General Técnica, por la que se aprueba el deslinde de la vía pecuaria "Vereda de Villaviciosa", en el tramo que va desde su inicio en el núcleo urbano de Posadas, hasta el cruce con la Cañada Real Soriana, en el término municipal de Posadas, provincia de Córdoba (VP 056/03).

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Examinado el expediente de deslinde de la vía pecuaria denominada "Vereda de Villaviciosa", en el tramo que va desde su inicio en el núcleo urbano de Posadas, hasta el cruce con la Cañada Real Soriana, en el término municipal de Posadas, provincia de Córdoba, instruido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Córdoba, se desprenden los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. La vía pecuaria denominada "Vereda de Villaviciosa", en el término municipal de Posadas, provincia de Córdoba, fue clasificada por Orden Ministerial de fecha 21 de octubre de 1957.

Segundo. Mediante Resolución de la Viceconsejería de Medio Ambiente de fecha 11 de febrero de 2003, se acordó el inicio del deslinde parcial de la vía pecuaria "Vereda de Villaviciosa", en el término municipal de Posadas, provincia de Córdoba, por conformar la citada vía pecuaria la Ruta Posadas-Hornachuelos, en la provincia de Córdoba y enlazando con la Cañada Real Soriana en Posadas y Hornachuelos.

Tercero. Los trabajos materiales de deslinde, previos los anuncios, avisos y comunicaciones reglamentarias, se realizaron el día 20 de mayo de 2003, notificándose dicha circunstancia a todos los afectados conocidos, siendo asimismo publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba núm. 51, de fecha 10 de abril de 2003.

En el acto de apeo no se formulan alegaciones por parte de los asistentes al mismo.

Cuarto. Redactada la proposición de deslinde, que se realiza de conformidad con los trámites preceptivos, e incluyéndose claramente la relación de ocupaciones, intrusiones y colindancias, ésta se somete a exposición pública, previamente anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba núm. 130, de fecha 1 de octubre de 2003.

Quinto. A la proposición de deslinde no se han presentado alegaciones.

Sexto. El Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía emitió el preceptivo Informe con fecha 24 de mayo de 2004.

A la vista de tales antecedentes son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Compete a esta Secretaría General Técnica la Resolución del presente deslinde, en virtud de lo preceptuado en el artículo 21 del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el Decreto 206/2004, de 11 de mayo, por el que se aprueba la Estructura Orgánica de la Consejería de Medio Ambiente.

Segundo. Al presente acto administrativo le es de aplicación lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, el Decreto 155/1998, de 21 de julio, antes citado, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Modificación de la Ley 30/1992, y demás legislación aplicable.

Tercero. La vía pecuaria denominada "Vereda de Villaviciosa", en el término municipal de Posadas, provincia de Córdoba, fue clasificada por Orden Ministerial de fecha 21 de octubre de 1957, fue clasificada por Orden Ministerial de fecha 25 de febrero de 1958, debiendo, por tanto, el deslinde, como acto administrativo definitorio de los límites de cada vía pecuaria, ajustarse a lo establecido en el acto de Clasificación.

Considerando que en el presente deslinde se ha seguido el procedimiento legalmente establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con las modificaciones introducidas por la Ley 4/1999, de 13 de enero, con sujeción a lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias y al Decreto 155/1998, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y demás legislación aplicable al caso.

Vistos la propuesta favorable al deslinde, formulada por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Córdoba con fecha 2 de febrero de 2004, así como el Informe del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía

RESUELVO

Aprobar el Deslinde de la vía pecuaria denominada "Vereda de Villaviciosa", en el tramo que va desde su inicio en el núcleo urbano de Posadas, hasta el cruce con la Cañada Real Soriana, en el término municipal de Posadas, provincia de Córdoba, a tenor de los datos y la descripción que siguen, y en función de las coordenadas que se anexan a la presente Resolución.

- Longitud deslindada: 874,12 metros.

- Anchura: 20,89 metros.

Descripción:

"Finca rústica, en el término municipal de Posadas, provincia de Córdoba, de forma alargada con una anchura de 20,89 metros, la longitud deslindada es de 874,12 metros,

la superficie deslindada es de 18.262,02 metros cuadrados, que en adelante se conocerá como "Vereda de Villaviciosa", en el tramo que va desde su inicio en el núcleo urbano de Posadas hasta el cruce con la Cañada Real Soriana, que linda Al Norte: con la Cañada Real Soriana. Al Sur: con el núcleo urbano de Posadas. Al Este: con fincas de Zona Urbana; Desconocido; Baena Reyes, José; Baena Sandoval, José y Consejería de Agricultura y Pesca (IARA). Al Oeste: con fincas de Moreno Siles, José María; Estado Ministerio de Fomento; Ayuntamiento de Posadas; Estado Ministerio de Fomento; Compañía Cordobesa de Renta, S.A.; Fundación Francisco Benavides; Estado Ministerio de Fomento; Becerra Sánchez, Josefa y Consejería de Agricultura y Pesca (IARA)."

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, conforme a lo establecido en la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes desde la notificación de la presente, así como cualquier otro que pudiera corresponder de acuerdo con la normativa aplicable.

Sevilla, 18 de julio de 2006.- El Secretario General

Técnico, Juan López Domech.

ANEXO A LA RESOLUCION DE 18 DE JULIO DE 2006, DE LA SECRETARIA GENERAL TECNICA DE LA CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE, POR LA QUE SE APRUEBA EL DESLINDE DE LA VIA PECUARIA "VEREDA DE VILLAVICIOSA", EN EL TRAMO QUE VA DESDE SU INICIO EN EL NUCLEO URBANO DE POSADAS, HASTA EL CRUCE CON LA CAÑADA REAL SORIANA, EN EL TERMINO MUNICIPAL DE POSADAS,

PROVINCIA DE CORDOBA (EXPTE. VP 056/03)

RELACION DE COORDENADAS UTM DEL DESLINDE DE LA VIA PECUARIA "VEREDA DE VILLAVICIOSA" T.M. POSADAS

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