Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 168 de 30/08/2006

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Otros. AYUNTAMIENTOS

ANUNCIO de 12 de julio de 2006, del Ayuntamiento de Palomares del Río, de bases para la selección de "Operario/a de Limpieza de Edificios".

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Don Antonio Peñuela Landero, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Palomares del Río.

Hace saber. Que la Junta de Gobierno Municipal, en sesión celebrada el día 12 de julio de 2006, aprobó las bases para cubrir dos vacantes de Operario/a de Limpieza de Edificios de la Plantilla de Personal Laboral de este Ayuntamiento, mediante el sistema de concurso-oposición, así como sus correspondientes Anexos, cuyo texto íntegro es el que sigue:

BASES PARA LA PROVISION EN PROPIEDAD DE DOS VACANTES EN LA PLANTILLA DE PERSONAL LABORAL DE ESTA ENTIDAD LOCAL, INCLUIDAS EN LA OFERTA DE EMPLEO PUBLICO PARA EL AÑO 1999, MEDIANTE

CONCURSO-OPOSICION

Primera. Objeto de la convocatoria.

Se convocan pruebas selectivas mediante concursooposición para cubrir en propiedad dos plazas de personal laboral vacantes en la plantilla de este Excmo. Ayuntamiento, incluidas en la Oferta de Empleo Público para el año 1999.

Estas plazas pertenecen a la plantilla de personal laboral de esta Corporación y están dotadas presupuestariamente con los haberes correspondientes a la escala, categorías y nivel de complemento de destino que se indican en el Anexo I.

La realización de estas pruebas se regirán por lo establecido en estas bases, y en su defecto se estará a lo establecido en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; R.D.L. 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, y por cualesquiera otras disposiciones aplicables.

Segunda. Requisitos de los/as aspirantes.

Para ser admitidos a la realización de las presentes pruebas selectivas los/as aspirantes deben reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español/a o tener la nacionalidad española o ser nacional de los demás Estados miembros de la Unión Europea.

b) Tener cumplidos 18 años de edad y no exceder de aquella en que falten menos de diez años para la jubilación forzosa por edad, determinada por la legislación básica en materia de función pública.

c) Estar en posesión o en condiciones de obtener los títulos exigidos para el ingreso en los grupos o categorías que se especifican en los Anexos de esta convocatoria.

d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

Las personas con minusvalía serán admitidas en igualdad de condiciones con los demás aspirantes, sin que se establezcan exclusiones por limitaciones psíquicas o físicas, sino en los casos en que sean incompatibles con el desempeño de las tareas o funciones correspondientes. En las pruebas selectivas se establecerán para las personas con minusvalía que lo soliciten las adaptaciones posibles de tiempo y medios para su realización, si bien sometiéndose a las mismas pruebas que el resto de los aspirantes. Los interesados deberán formular la petición correspondiente al solicitar la participación en la convocatoria.

Corresponderá a los interesados, en el momento de solicitar tomar parte en las pruebas selectivas, acreditar documentalmente, a través del Organismo competente, su condición de minusválido y poseer una discapacidad de grado igual o superior al treinta y tres por ciento. La compatibilidad para el desempeño de las tareas y funciones propias de la plaza a la que se opte habrá de acreditarse mediante certificado médico.

e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

f) No estar incurso en causa de incapacidad de las establecidas en la normativa vigente.

g) Aquellos otros que, independientemente de los anteriores, se establezcan en los Anexos correspondientes.

Los requisitos establecidos en estas bases deberán reunirse el último día del plazo de presentación de instancias, y mantenerse durante toda la duración del proceso selectivo.

Tercera. Instancias y documentación a presentar.

Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar mediante instancias según modelos aprobados por esta Entidad e incluidas como Anexo III de las presentes bases, y serán dirigidas al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Palomares del Río y presentadas en el Registro General de esta Corporación, de lunes a viernes, de 9 a 14 horas, durante el plazo de 20 días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, adjuntando fotocopia del DNI y justificante del ingreso efectuado, bien en la Tesorería Municipal, bien en la cuenta corriente núm. 3187 0112 21 1091827921 de la Caja Rural del Sur de Palomares del Río, o bien mediante giro postal o telegráfico a favor del Ayuntamiento de Palomares del Río, con domicilio en Palomares del Río (Sevilla), Plaza de Andalucía, núm. 1, C.P. 41928, de la cantidad correspondiente a los derechos de examen, que se fijan en el Anexo I. Las solicitudes presentadas en las Oficinas de Correos, deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de dicho organismo antes de ser certificadas.

También podrán presentarse en la forma que determina el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En las instancias, los interesados harán constar, expresa y detalladamente, que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la convocatoria, referidos siempre a la fecha de la expiración del plazo de presentación de instancias.

Para la convalidación de méritos, los aspirantes deberán adjuntar a su instancia los títulos y documentos acreditativos de los mismos para hacerlos valer en la fase de concurso. No se tendrán en cuenta, ni se valorarán, aquellos méritos obtenidos con posterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes. En el proceso de valoración podrán recabarse normalmente de los interesados las aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que se estime necesaria para la comprobación de los méritos alegados.

Cuarta. Admisión de aspirantes.

Expirado el plazo de presentación de instancias, y comprobado el pago de de los derechos de examen y demás documentación exigida por este Ayuntamiento, el Presidente de la Corporación dictará Resolución declarando aprobada la lista de admitidos/as y excluidos/as, en la que constará el nombre y apellidos de los candidatos, el núm. del Documento Nacional de Identidad, y en su caso la causa de exclusión. Esta Lista será hecha pública en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento. En la referida Resolución de Alcaldía, se indicará el plazo de subsanación de defectos de diez días, conforme dispone el artículo 71 de la Ley 30/1992, y se determinará el lugar, fecha y hora del comienzo del primer ejercicio.

Subsanados, en su caso, los defectos, la lista definitiva se expondrá en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

Quinta. Tribunal.

El Tribunal Calificador estará constituido por los siguientes miembros:

Presidente: El de la Corporación o Concejal/a en quien delegue.

Vocales:

- Un/a representante de la Junta de Andalucía nombrado por la Consejería de Gobernación.

- Un Asesor designado por la Alcaldía.

- Un funcionario de carrera designado por la Alcaldía.

Secretario: El de la Corporación o funcionario en quien delegue.

Su composición se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia, conjuntamente con la lista de admitidos y excluidos.

Los Vocales del Tribunal deberán tener igual o superior nivel de titulación a la exigida para el ingreso en la plaza convocada.

Junto a los titulares se nombrarán suplentes, en igual número y con los mismos requisitos. El Tribunal podrá contar, para todas o algunas de las pruebas, con la colaboración de asesores técnicos, con voz y sin voto, los cuales deberán limitarse al ejercicio de su especialidad técnica.

El Tribunal se encuentra vinculado a lo dispuesto en estas bases, quedando facultado para hacer interpretación de las mismas y resolver cuantas dudas o cuestiones pudieran surgir en su aplicación e igualmente resolver en todo aquello que no está previsto en ellas.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia del Presidente, Secretario y al menos dos Vocales, titulares o suplentes, indistintamente. Las decisiones se adoptarán por mayoría de los miembros presentes, resolviendo, en caso de empate, el voto de calidad del que actúe como Presidente.

El Tribunal, en su calificación final, no podrá proponer, para su nombramiento, un número de aspirantes superior al de plazas convocadas, siendo nula de pleno derecho cualquier propuesta que contenga mayor número que plazas convocadas.

Sexta. Desarrollo de los ejercicios.

Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, salvo causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada libremente por el Tribunal, perdiendo todos sus derechos aquel aspirante que el día y hora de la prueba no se presente a realizarla.

En cualquier momento podrá requerir el Tribunal a los opositores para que acrediten tanto su personalidad como que reúnen los requisitos exigidos para tomar parte en las pruebas selectivas.

El orden de actuación de los aspirantes en todas las pruebas selectivas que lo requieran se iniciará, de conformidad con lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública de 25 de enero de 2006 (BOE de fecha 8.2.06), por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra "U", continuando en caso de que no exista ningún aspirante, por la letra "V", y así sucesivamente.

El Tribunal establecerá el calendario para la realización, debiendo mediar entre la terminación de una prueba y el comienzo de la siguiente un plazo de 72 horas.

Comenzadas las pruebas, los sucesivos anuncios para la celebración de los siguientes ejercicios se harán públicos en el tablón de edictos del Ayuntamiento.

Séptima. Procedimiento de selección.

El procedimiento de selección de los/as aspirantes constará de las siguientes fases:

a) Concurso.

b) Oposición.

Fase de concurso:

La fase de concurso será previa a la de oposición.

Los méritos alegados por los/as aspirantes se calificarán según el baremo que figura en el Anexo II de esta convocatoria, exponiéndose al público las puntuaciones otorgadas previamente al inicio de la fase de oposición. Estos méritos se acreditarán documentalmente con la solicitud de participación. El Tribunal podrá recabar de los interesados las aclaraciones, así como la documentación adicional que estime necesaria para la comprobación de los méritos alegados. No se tendrán en cuenta aquellos méritos alegados y no justificados documentalmente.

No se valorarán méritos justificados con posterioridad a la finalización del plazo de presentación de instancias.

Esta fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la oposición.

Fase de oposición:

Será posterior al concurso, y constará de los ejercicios eliminatorios y obligatorios para todos los aspirantes que se recogen en el Anexo I de estas bases, correspondiente a cada plaza.

La puntuación máxima que se podrá otorgar para cada ejercicio será de 10 puntos, siendo necesario para superarlos obtener un mínimo de 5 puntos en cada uno de ellos.

El cómputo de la puntuación de cada ejercicio se hará mediante la media aritmética de las notas dadas por los miembros del Tribunal. Cuando entre ellas exista una diferencia igual o superior a 4 puntos, se eliminarán la mayor y la menor nota, de tal manera que la nota que obtendría el aspirante, caso de darse dicha circunstancia, sería la media de las restantes puntuaciones concedidas por los restantes miembros del Tribunal. En caso de que la mayor o menor puntuación fueran varias, se eliminará únicamente una de ellas de cada clase.

La calificación final de las pruebas, que se publicará en el tablón de edictos de la Corporación, vendrá determinada por la suma de las puntuaciones de la fase de oposición y de la de concurso. En caso de empate se resolverá a favor de quien haya obtenido mayor puntuación en la fase de oposición; si persistiera el empate se estará a quien haya obtenido mayor puntuación en el primer ejercicio y, si continuase el empate, a quien haya obtenido mayor puntuación en el segundo ejercicio.

Octava. Lista de aprobados.

Una vez finalizada la oposición, el Tribunal hará pública en el tablón de anuncios del Ayuntamiento la relación de los/as candidatos/as que hubiesen superado la misma por orden de puntuación total obtenida, en la que constarán las calificaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios y de la fase de concurso.

La relación definitiva de aprobados será elevada al Presidente de la Corporación con propuesta de contratación del aspirante seleccionado.

El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes al de plazas convocadas.

Novena. Presentación de documentos.

El/la aspirante aprobado/a dispondrá de un plazo de 20 días naturales desde que se haga pública la relación definitiva de aprobados para presentar en la Secretaría Municipal los documentos que acrediten los requisitos y condiciones de capacidad establecidos en estas bases.

Si dentro del plazo fijado y salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados, no presentase la documentación o del examen de la misma se dedujese que carece de los requisitos señalados en las bases, quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiese podido incurrir por falsedad en la solicitud inicial.

Décima. Contratación de los aspirantes seleccionados.

Transcurrido el plazo de presentación de documentos, se procederá a la contratación de los aspirantes seleccionados, los cuales dispondrán de un plazo de veinte días, contados a partir de la recepción del Decreto de Alcaldía por el que se disponga su contratación, para proceder a la firma de los contratos laborales de carácter indefinido, que se llevará a

cabo por el Servicio de Personal de esta Corporación, sito en Plaza de Andalucía, núm. 1, de esta localidad.

Décimoprimera. Base final.

Contra esta convocatoria y sus bases podrá interponerse por los interesados recurso de reposición en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, de acuerdo con lo previsto en los artículos 116 y 117 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o bien podrá interponerse directamente en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo dispuesto en el artículo 109.c) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosaAdministrativa. También podrán interponerse, no obstante, otros recursos si lo estimasen oportuno.

ANEXO I

PLAZA DE OPERARIO/A DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS

Denominación del puesto/plaza: Operario/a de Limpieza de Edificios.

Número de plazas: Dos.

Escala: Personal Laboral.

Categoría: Operario/a de Limpieza de Edificios.

Grupo: 5.

Titulación exigible: Certificado de Escolaridad o equivalente.

Sistema de selección: Concurso-oposición.

Derechos de examen: 18,03 euros.

FASE DE OPOSICION

Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito un cuestionario teórico con un mínimo de 50 preguntas tipo test, a elección del Tribunal, sobre las materias que se contienen en el temario de la convocatoria, y en el tiempo que aquel estime necesario.

Segundo ejercicio: Consistirá en contestar por escrito un ejercicio de operaciones aritméticas y problemas sobre resta, suma, multiplicación y división, que decida el Tribunal y en el tiempo que este estime necesario.

PROGRAMA

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Características, estructura y contenido.

Tema 2. Los principios constitucionales: El Estado social y democrático de derecho: Los valores superiores de la Constitución Española.

Tema 3. Los derechos y deberes fundamentales.

Tema 4. La Organización Territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas: Organización y Competencias. El Estatuto de Autonomía de Andalucía.

Tema 5. El Municipio. Concepto. Organización y competencias.

Tema 6. Normas Básicas de Seguridad y Salud. Derecho a la protección frente a los riesgos laborales. Obligaciones del empresario. Derechos de los representantes.

Tema 7. Principios de acción preventiva. Plan de prevención de riesgos laborales.

Tema 8. El Convenio Colectivo del Personal Laboral del Excmo. Ayuntamiento de Palomares del Río para 2004-2007.

Tema 9. Limpieza de los edificios: Colegios y Oficinas.

Tema 10. Agentes Limpiadores. Productos para limpiar y desinfectar.

Tema 11. Materiales y herramientas de limpieza. La Limpieza diaria. El mantenimiento periódico.

Tema 12. La limpieza de suelos, muebles, manchas, pulidos y acristalados.

ANEXO II

FASE DE CONCURSO: BAREMO DE MERITOS

Experiencia profesional:

- Por cada año o fracción superior a seis meses en puestos de igual o similar categoría y cualificación en la Administración Local, de población entre cinco mil y veinte mil habitantes: 1,75 puntos.

- Por cada año o fracción superior a seis meses, en puestos de trabajo de igual categoría y cualificación en otras Administraciones Públicas: 0,75 puntos.

La experiencia profesional se valorará hasta un máximo de 7 puntos.

ANEXO III

SOLICITUD PARA PARTICIPAR EN EL PROCESO SELECTIVO PARA CUBRIR, MEDIANTE CONCURSO-OPOSICION DOS VACANTES DE OPERARIOS DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS

DATOS DEL ASPIRANTE

Primer apellido:

Segundo apellido:

Nombre:

Domicilio a efecto de notificaciones:

Municipio:

DNI:

Provincia:

Código postal:

Teléfono de contacto:

Enterado de la convocatoria para cubrir dos plazas vacantes en la plantilla de personal laboral del Ayuntamiento de Palomares del Río (Sevilla), perteneciente a la Escala de personal Laboral, Categoría ,

Grupo de Clasificación ,

y cuyas Bases fueron publicadas en el BOP núm. ,

de fecha y BOJA núm. , de fecha ;

SOLICITA

Sea admitida a trámite la presente, para lo cual declaro bajo mi responsabilidad estar en posesión de cuantos requisitos se establecen en las citadas bases, referidos siempre a la fecha de la expiración del plazo de presentación de instancias, para participar en las oportunas pruebas selectivas.

A tal efecto, se acompaña la siguiente documentación:

1Fotocopia compulsada del DNI.

1Justificante de haber realizado el ingreso de la Tasa

por Derechos de Examen ( euros)

En Palomares del Río, a ....... de ............................ de 2006.

Fdo. .............................................

A/a Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Palomares del Río (Sevilla)

AUTOBAREMACION

3. Declaración, lugar, fecha y firma.

Declaro bajo mi expresa responsabilidad que todos los datos consignados en la presente solicitud, así como la autobaremación de méritos, son ciertos y exactos.

En ..................., a ........ de ..................... de 2006.

El/La Solicitante

Fdo. ...............................................................

Palomares del Río, 12 de julio de 2006.- El Alcalde, Antonio Peñuela Landero.

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