Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 183 de 20/09/2006

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Consejería de Obras Públicas y Transportes

ANUNCIO de 31 de julio de 2006, de la Delegación Provincial de Cádiz, por el que se hace pública la Resolución de 31 de julio de 2006, de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, referente a la aprobación definitiva del documento correspondiente al Esquema Sectorial de Programación de "Medina Sidonia-Paterna de Ribera" del Plan Especial de Infraestructura de los Recursos Eólicos en la comarca de la Janda Litoral.

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La Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, en sesión celebrada el día 31 de julio de 2006 adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:

Punto núm. 17. Visto el expediente administrativo y documentación técnica correspondiente al Esquema Sectorial de Programación de "Medina Sidonia-Paterna de Ribera" del Plan Especial de Infraestructura de los Recursos Eólicos en la comarca de la Janda Litoral, tramitado y aprobado provisionalmente el 20 de febrero de 2006 por resolución del Delegado Provincial de Obras Públicas y Transportes, vistas la alegaciones presentadas por los Ayuntamientos de Medina Sidonia y Paterna de Ribera, y vistos los informes emitidos por el Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo de la Delegación Provincial de Obras Públicas y Transportes con fecha 10 de febrero de 2006, y 17 de julio de 2006, y en virtud de la competencia atribuida por el artículo 31.2.B.a) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (BOJA 154, de 31 de diciembre), en relación con el art..2.b) del Decreto 193/2003, de 1 de julio (BOJA 133, de 14 de julio), la Comisión, por unanimidad, Acuerda:

Primero. Aprobar definitivamente el expediente correspondiente al Esquema Sectorial de Programación de "Medina Sidonia-Paterna de Ribera" del Plan Especial de Infraestructura de los Recursos Eólicos en la comarca de la Janda Litoral, en el sentido del informe emitido por el Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo de fecha 10 de febrero de 2006, si bien deberán subsanarse las deficiencias que se relacionan en el Dispositivo Segundo de esta resolución, quedando su registro y publicación supeditado al cumplimiento de la misma, todo ello de conformidad con lo previsto en el artículo 33.2.b) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Segundo. No obstante, y previo al diligenciado del documento por el Secretario de esta Comisión, se deberán corregir las siguientes consideraciones:

- Respecto a la delimitación de los parques eólicos y la ubicación de los aerogeneradores, Planos a escala 1:10.000, en los cuales se refleje la Calificación de los suelos del vigente planeamiento urbanístico en los municipios de Medina y Paterna. Por tanto, los planos del Documento de Memoria, Planos, Normativa y Estudio Económico-Financiero deberán ser refundidos, cumplimentando lo anteriormente señalado.

- Se deberá representar en cuanto al Cerro de los Caracoles se refiere, proyecto arqueológico conforme al Decreto 168/de 17 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Actividades Arqueológicas.

Una vez subsanadas estas deficiencias se remitirán a esta Delegación Provincial dos ejemplares del Esquema Sectorial de Programación de "Medina Sidonia-Paterna de Ribera" del Plan Especial de Infraestructura de los Recursos Eólicos en la comarca de la Janda Litoral.

Tercero. El presente Acuerdo se notificará al Ayuntamiento de Medina Sidonia y Paterna de Ribera, y a cuantos interesados consten en el expediente administrativo, publicándose en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, junto con el contenido del articulado del instrumento de planeamiento aprobado, previo depósito de dicho instrumento en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, Convenios Urbanísticos y Bienes y Espacios Catalogados, todo ello de conformidad con lo previsto en los artículos 40 y 41 de la citada Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su notificación ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y con cumplimiento de los requisitos previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Cádiz, 31 de julio de 2006.- El Delegado, Pablo Lorenzo Rubio.

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