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NIG: 2
906747M20051000409.
Procedimiento: Juicio Verbal 203/2005. Negociado: JG.
Sobre reclamación de 2.413,42 euros, intereses legales y costas con responsabilidad civil del administrador.
Actora: Aves Lázaro, S.L.
Procuradora: Sra. Ana María Rodríguez Fernández.
Letrado: Sr. Benito Cobo Ruiz de Adana.
Contra: Grupo de Alimentación Alkaram, S.L., y sus administradores don Abdellah El Achiri y don Mohammed Ali El Wahabi.
E D I C T O
Doña María Angeles Moreno Ballesteros, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil núm. Uno de Málaga.
Por el presente se hace saber: Que en este Juzgado se siguen actuaciones de Juicio Verbal núm. 203/05, entre las partes arriba indicadas, en cuyo procedimiento se ha dictado sentencia de fecha 17.5.06, de encabezamiento y parte dispositiva del tenor literal siguiente:
SENTENCIA NUM. 72/06
En Málaga a 17 de mayo de 2006.
Vistos por mí, don Enrique Sanjuán y Muñoz, Magistrado del Juzgado de lo Mercantil número Uno de Málaga, los autos del Juicio Verbal registrados con el número 203 del año 2005 e iniciados a instancias de la Procuradora Sra. Rodríquez Fernández, en nombre y representación de Aves Lázaro, S.L., y defendido por el abogado Sr. Cobo Ruiz de Adana, contra Grupo de Alimentación Alkaram, S.L., don Abdellah El Achiri y don Mohammed Ali El Wahabi, todos en rebeldía, vengo a resolver conforme a los siguientes.
El objeto del pleito ha sido la reclamación de cantidad a la que se acumula y una acción de responsabilidad por deudas derivada del artículo 105.5 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada en relación a los apartados c), d) y e) del artículo 104.1 de la misma norma.
F A L L O
Que estimo totalmente la demanda presentada por la Procuradora Sra. Rodríguez Fernández, en nombre y representación de Aves Lázaro, S.L., y defendido por el abogado Sr. Cobo Ruiz de Adana, contra Grupo de Alimentación Alkaram, S.L., don Abdellah El Achiri y don Mohammed Ali El Wahabi., todos en rebeldía y en consecuencia:
Primero. Debo condenar y condeno a los demandados a que abonen al actor la cantidad de dos mil cuatrocientos trece euros con cuarenta y dos céntimos, más los intereses legales de dicha cantidad desde demanda.
Segundo. Con expresa imposición de costas a los demandados no comparecidos siéndole aplicable al allanado la absolución en materia de costas.
Notifíquese la presente haciéndoles saber a las partes que la presente resolución no es firme y que frente a ella cabe recurso de apelación a preparar ante este Juzgado en el plazo de cinco días y que será resuelto por la Sección 6.ª de la Audiencia Provincial de Málaga.
Así por esta Resolución, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación de Sentencia en legal forma a los demandados rebeldes en ignorado paradero Grupo de Alimentación Alkaram, S.L., y don Abdellah El Achiri y su publicación en el BOJA, expido el presente en Málaga, 26 de julio de 2006.
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