Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 19 de 30/01/2006

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Consejería de Gobernación

Anuncio del Servicio de Legislación de la Secretaría General Técnica, por el que se notifica la Resolución adoptada por el Secretario General Técnico al recurso de alzada interpuesto por don Daniel Rey Varas, en nombre y representación de Construcciones Casas 25, S.L., contra otra dictada por el Delegado del Gobierno en Córdoba recaída en el Expte. 63/04.

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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común e intentada sin efecto la notificación personal al recurrente don Daniel Rey Varas en nombre y representación de Construcciones Casas, 25, S.L. de la Resolución adoptada por el Secretario General Técnico, al recurso administrativo interpuesto, contra la dictada por el Delegado de Gobierno de la Junta de Andalucía en Córdoba, por la presente se procede a hacer pública la misma, al no haberse podido practicar en su domicilio reproduciéndose a continuación el texto íntegro:

Se le comunica que el expediente administrativo se encuentra en las dependencias del Servicio de Legislación de esta Secretaría General Técnica (Plaza Nueva, 4, Sevilla), pudiendo acceder al mismo previa acreditación de su identidad.

"En la ciudad de Sevilla, a 4 de noviembre de 2005.

Visto el recurso de alzada interpuesto y sobre la base de los siguientes

a n t e c e d e n t e s

Primero. La Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Córdoba dictó la Resolución de referencia, por la que se impone a la entidad una sanción de novecientos euros (900 euros), tras la tramitación del correspondiente expediente sancionador, por infracción en materia de consumo.

Segundo. Contra la anterior Resolución, el interesado interpone recurso de alzada, en el que, en síntesis, alegó lo que a su derecho convino.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Esta Secretaría General Técnica es competente, por delegación de la Excma. Sra. Consejera mediante la Orden de 30 de junio de 2004, para conocer y resolver el presente recurso, a tenor de lo dispuesto en los artículos 114.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y artículo 39. 8 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en relación con el Decreto del Presidente 11/2004, de 24 de abril, sobre reestructuración de Consejerías, y el Decreto 199/2004, de 11 de mayo, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Gobernación.

Segundo. El recurrente presentó recurso de alzada contra la resolución sancionadora; a la vista del mismo se dictó sendos oficios de fechas 13 de abril, 9 de mayo y 7 de junio de 2005, con el contenido siguiente: "En relación con su escrito de recurso de fecha de registro de entrada 30 de julio de 2004, contra resolución del Delegado del Gobierno de la Junta de Andalucía en Córdoba, recaída en el expediente cuya referencia consta arriba, el art. 32.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de 1992, establece que "para formular solicitudes, entablar recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos en nombre de otra persona, deberá acreditarse la representación por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna, o mediante declaración en comparecencia personal del interesado"; analizado el mismo, se observa que no queda acreditada la representación de la entidad "Construcciones Casas, 25, S.L."

De acuerdo con el art. 71.1 de la misma Ley se le concede un plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación de la presente, para que se acredite la representación, con la indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su recurso, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el art. 42 de la misma Ley, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero".

Efectuada la notificación mediante anuncio publicado en el BOJA núm. 144, de 26 de julio de 2005 y exposición en tablón de edictos del Ayuntamiento de Palma del Río (Córdoba); solicitada la colaboración de la misma Delegación del Gobierno para proceder a la notificación, con el siguiente contenido: "(...) le comunico que va a ser imposible dicha notificación, dado que se ha realizado visita a los dos establecimientos sitos en los domicilios que indica en su escrito, y se encuentran cerrados"; transcurrido el plazo concedido, no se ha acreditado lo solicitado mediante oficio, por lo que se ha de tener al recurrente por desistido en el recurso interpuesto, sin entrar en el fondo del asunto.

Vistos los preceptos citados y normas de general y especial aplicación,

R E S U E L V O

Ordenar el archivo por desistimiento, del Recurso de Alzada interpuesto por don Daniel Rey Vara en nombre y representación de la entidad "Construcciones Casas, 25, S.L.", contra Resolución de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Córdoba, confirmando la misma en todos sus términos.

Notifíquese al interesado, con indicación de los recursos que procedan. El Secretario General Técnico, Fdo.: Rafael Cantueso Burguillos."

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, ante los correspondientes órganos judiciales de este Orden, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Sevilla, 11 de enero de 2006.- El Jefe del Servicio, Manuel Núñez Gómez.

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