Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 2 de 04/01/2006

4. Administración de justicia

Otros. TRIBUNAL DE CUENTAS

EDICTO dimanante del procedimiento de reintegro por alcance núm. C-193/05-0. (PD. 4814/2005).

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E D I C T O

SECCION DE ENJUICIAMIENTO

Departamento 3.º

El Director Técnico del Departamento 3.º y Secretario en el procedimiento de reintegro por alcance núm. C-193/05-0, en méritos a lo acordado en Providencia del Excmo. Sr. Consejero de Cuentas, de fecha 15 de diciembre de 2005, y para dar cumplimiento a lo previsto en el art. 68.1, en relación con el

73.1, ambos de la Ley 7/1988, de 5 de abril, reguladora del Funcionamiento del Tribunal de Cuentas.

Hace saber: Que en este Tribunal, se sigue procedimiento de reintegro por alcance núm. C-193/05-0, del ramo CC.LL. (Ayto. de Estepona -"Eventos Estepona XXI, S.L."- Inf. Fisc. TCu- Ejerc. 1995/99), Málaga, por las irregularidades señaladas en los epígrafes 6.4.1, 6.4.3, 6.4.4, 6.4.5, 6.5.8.1 y 6.5.8.2, apartados 2 al 7, del Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Estepona y sus Sociedades Mercantiles participadas, detectadas en relación con la Sociedad Municipal "Eventos Estepona XXI, S.L." (referentes a pagos indebidos durante los años 1996, 1997, 1998, 1999 a varios perceptores, en concepto de asistencia a una Comisión de Control y Gestión no prevista en Estatutos y de la que no consta Libro de Actas ni documentación alguna, pagos por prestaciones de servicios sin acreditar la naturaleza de éstos, pagos a una empresa privada sin detallar los servicios prestados, diversos pagos a un Letrado sin justificación de la actividad realizada, compra de cinco caballos sin que conste documentación acreditativa dicha operación, anticipos a proveedores sin justificar, abono a un proveedor de una factura de adquisición de diverso mobiliario que incluía la dirección de obra, que no se justifica al tratarse de un contrato de suministro y pagos a diversos proveedores de facturas sin acreditar la prestación de los servicios o la realización de las actividades).

Lo que se hace público con la finalidad de que los legalmente habilitados para el mantenimiento u oposición a la pretensión de responsabilidad contable puedan comparecer en los autos, personándose en forma dentro del plazo de los nueve días siguientes a la publicación de este edicto.

Dado en Madrid, a dieciséis de diciembre de dos mil cinco. El Director Técnico, Secretario del procedimiento, Navarro Corbacho.- Firmado y rubricado.

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