Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 200 de 16/10/2006

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION

EDICTO de 1 de septiembre de 2006, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Tres de San Fernando, dimanante del procedimiento ordinario núm. 622/2003. (PD. 4219/2006).

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NIG: 1103141C20033000625.

Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 622/2003. Negociado: JL.

De: La Casera, S.A.U.

Procuradora: Sra. Bertón Belizón, Ana.

Contra: Don Ramón Rodríguez Conejero, Rafael Callealta Pinedo y Callealta Rodríguez, C.B.

E D I C T O

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento ordinario número 622/03 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Tres de San Fernando a instancia de La Casera S.A.U., contra don Ramón Rodríguez Conejero, Rafael Callealta Pinedo y Callealta Rodríguez, C.B., sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su fallo es como sigue:

Que estimando totalmente la demanda interpuesta por la Procuradora señora Bertón Belizón, en nombre y representación de la Casera S.A.U., debo condenar y condeno a Callealta y Rodríguez C.B., y a sus partícipes Ramón Rodríguez Conejero y Rafael Callealta Pinedo, todos ellos en rebeldía procesal, a abonar a la entidad actora la cantidad de 7.860,77 euros y los intereses que devengue esta cantidad conforme lo establecido en el fundamento jurídico quinto de esta resolución, respondiendo directa y solidariamente con la Comunidad cada partícipe frente a la actora en el 50% del total de la deuda y con imposición de las costas procesales a los demandados. Notifíquese la presente resolución a los partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra la misma cabe recurso de apelación en el plazo de cinco días, recurso éste que, en su caso, será presentada en este Juzgado y resuelto por la Ilma. Audiencia Provincial de Cádiz. Así, por esta mi Sentencia, de la que se llevará certificación a los autos y que se unirá al libro de sentencias de este Juzgado, lo acuerdo, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los/as demandado/s rebeldes extiendo y firmo la presente en San Fernando a 1 de septiembre de 2006.- El/La Secretario.

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