Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 209 de 27/10/2006

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA

EDICTO de 3 de octubre de 2006, del Juzgado de Primera Instancia Núm. Dieciocho de Sevilla, dimanante del procedimiento ordinario núm. 1369/2005. (PD. 4493/2006).

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NIG: 4109100C20050040372.Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 1369/2005. Negociado: 2.ºDe: Doña Aurora Olivar Ríos, doña Eva María Gálvez Olivar y doña Aurora Gálvez Olivar.Procurador: Sr. Ignacio José Pérez de los Santos91.Contra: Construcciones y Urbanizaciones Meridionales, S.A.

EDICTO

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Proced. Ordinario (N) 1369/2005, seguido en el Juzgado de Primera Instancia Número Dieciocho de Sevilla, a instancia de doña Aurora Olivar Ríos, doña Eva María Gálvez Olivar y doña Aurora Gálvez Olivar, contra Construcciones y Urbanizaciones Meridionales, S.A., se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA

En la ciudad de Sevilla, a veinticinco de septiembre de dos mil seis.

El Ilmo. Sr. don Fernando García Campuzano, MagistradoJuez de Primera Instancia Núm. Dieciocho de Sevilla y su partido, habiendo visto los presentes autos de Procedimiento Ordinario núm. 1369/052.º, seguidos ante este Juzgado a instancias de doña Aurora Olivar Ríos, doña Eva María Gálvez Olivar y doña Aurora Gálvez Olivar, representadas por el Sr. Procurador don Ignacio Pérez de los Santos, y asistido del Sr. Letrado don Rubén Darío López Suárez, contra Construcciones y Urbanizaciones Meridionales, S.A. (CUMSA), declarada en situación de rebeldía procesal.

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador don Ignacio Pérez de los Santos, en nombre y representación de doña Aurora Olivar Ríos, doña Eva María Gálvez Olivar y doña Aurora Gálvez Olivar, contra Construcciones y Urbanizaciones Meridionales, S.A., debo declarar y declaro del dominio de las actoras la vivienda sita en el Núcleo Las Avenidas, Segunda Fase, bloque ocho, tercera planta, letra A, hoy calle Doctor Fedriani, número treinta y nueve, de Sevilla, correspondiendo a la finca registral inscrita con número 14.188, tomo 216, libro 216, folio 121, en el Registro de la Propiedad número Trece de Sevilla, correspondiendo el pleno dominio a doña Aurora Olivar Ríos de un ochenta y seis por ciento de los derechos de la finca descrita y a doña Eva María Gálvez Olivar y a doña Aurora Gálvez Olivar un siete por ciento a cada una, y debo condenar y condeno a la demandada a otorgar la escritura pública de compraventa a favor de la parte actora sobre dicha finca con las circunstancias que se recogen en el documento dos de la demanda, con apercibimiento de que si no lo hace en el plazo que fije el Juzgado será otorgada por éste supliendo la voluntad de la demandada, con imposición a la demandada de las costas procesales.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación, el cual deberá ser preparado ante este Juzgado en el plazo de cinco días contados desde el siguiente a su notificación.

Unase la presente al Libro de Sentencias, quedando testimonio en los autos.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada rebelde Construciones y Urbanizaciones Meridionales, S.A., que se halla en ignorado paradero, extiendo y firmo la presente en Sevilla, a tres de octubre de dos mil seis. La Secretaria.

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