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Ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, se ha interpuesto por Asociación de Afectados por la clasificación de la vía pecuaria Cañada Real del Arrebol, recurso núm.
341/05-S.3.ª, contra Resolución de la Consejera de Medio Ambiente de fecha 4.4.05, por la que no se admite la solicitud de Revisión de Oficio interpuesta contra Resolución del Instituto Andaluz de Reforma Agraria de fecha 27.4.92, aprobatoria de la Clasificación de la Vía Pecuaria "Cañada Real del Arrebol", en el término municipal de Escacena del Campo (Huelva) (VP 137/90), y a tenor de lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,
HE RESUELTO
Primero. Anunciar la interposición del recurso contencioso- administrativo núm. 341/05-S.3.ª.
Segundo. Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y emplazar a aquellas personas, terceros interesados a cuyo favor hubieren derivado o derivaren derechos por la Resolución impugnada para que comparezcan y se personen en autos ante el referido Juzgado, en el plazo de nueve días siguientes a la publicación de la presente Resolución.
Sevilla, 18 de enero de 20006.- El Secretario General Técnico, Juan López Domech.
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