Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 239 de 13/12/2006

4. Administración de justicia

Otros. Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 24 de noviembre de 2006, del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Cádiz, dimanante del procedimiento verbal núm. 512/2006. (PD. 5208/2006).

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EDICTO

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento J. Verbal (N) 512/2006 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Cádiz a instancia de M.ª del Pilar Galindo Navarro contra René Bruhn, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo es como sigue:

Autos: Juicio Verbal núm. 512/06.

SENTENCIA

En Cádiz, a veinte de septiembre de dos mil seis.

Vistos por el Ilmo. Sr. don Pablo Sánchez Martín, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de esta ciudad los presentes autos de juicio verbal de desahucio núm. 512/06 instados por la Procuradora doña Inmaculada González Domínguez, en nombre y representación de doña Marta del Pilar Galindo Navarro, asistida por el Letrado don Luis Ruiz Giménez, contra René Bruhn, sobre resolución de contrato de arrendamiento de vivienda por falta de pago y reclamación de rentas.

Fallo: Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora Inmaculada González Domínguez, en nombre y representación de doña María del Pilar Galindo Navarro, debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento suscrito por los litigantes y que tenía por objeto la vivienda sita en calle Herrera Quevedo, núm. 5, piso 2.º C, de esta capital, dando lugar al desahucio solicitado, apercibiendo de lanzamiento al demandado si una vez firme la presente resolución no desaloja la finca dentro de plazo legal, y condenando así mismo a don René Bruhn, a abonar a la actora la cantidad de cinco mil ciento diecisiete euros con noventa y siete céntimos (5.117,97 euros), más el interés legal de dicha cantidad a devengar desde la fecha de interposición de la demanda, así como a abonar a la actora las cantidades que, en concepto de rentas, se devenguen desde el dictado de la presente resolución y hasta la entrega definitiva de la vivienda a la actora, a razón de setecientos euros (700 euros) por cada nueva mensualidad que se devengue hasta la efectiva puesta a disposición de la actora del inmueble arrendado; todo ello con expresa imposición de costas al demandado.

Contra la presente sentencia cabe interponer recurso de apelación que se presentará en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y para su resolución por la Audiencia Provincial de Cádiz.

Así por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en primera instancia, la pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado René Bruhn, extiendo y firmo la presente en Cádiz a veinticuatro de noviembre de dos mil seis.- La Secretario.

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