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Núm. Procedimiento: Apelación Civil 261/2005.
Autos de: Proced. Ordinario (N) 554/2003.
Juzgado de origen: Juzgado de Primera Instancia núm. 2, Huelva (Antiguo Mixto 2).
Apelante: Agustina Lazo Barragán.
Procuradora: Pilar Moreno Cabezas.
Abogado: Javier R. Vega Domínguez.
Apelado: BBVA.
Procuradora: Pilar García Uroz.
Abogado: Miguel Jiménez Martín.
En el recurso de apelación núm. 261/2005 de esta Sección 2.ª de la Audiencia Provincial de Huelva, dimanante de los autos de Procedimiento Ordinario núm. 554/2003 del Juzgado de Primera Instancia núm. 2, de Huelva, seguidos a instancias de doña Agustina Lazo Barragán, siendo co-apelado el Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A., se ha dictado sentencia con fecha 16 de noviembre de 2005, que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
NUM.
Iltmos. Sres.
Presidente: Don Francisco Martín Mazuelos.
Magistrados:
Don Florentino G. Ruiz Yamuza.
Don Andrés Bodega de Val.
En Huelva, a dieciséis de noviembre de dos mil cinco.
La Sección Segunda de esta Audiencia Provincial, compuesta por los Magistrados indicados y bajo la ponencia del Ilmo. Sr. don Francisco José Martín Mazuelos ha visto en grado de apelación el juicio ordinario núm. 554/03 del Juzgado de Primera instancia núm. 2, de Huelva, en virtud de recurso interpuesto por la demandada doña Agustina Lazo Barragán, siendo parte apelada la actora Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A., el codemandado declarado rebelde don José Manuel Muñoz Soriano.
F A L L O
En virtud de lo expuesto, el Tribunal ha decidido.
Desestimar el recurso interpuesto contra la sentencia dictada en el asunto a que se refiere el rollo de Sala por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Huelva que se confirma, condenado en costas a la parte apelante.
Remítanse las actuaciones originales al Juzgado de su procedencia, con certificación de la presente y despacho para su cumplimiento y efectos oportunos.
Así, por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación al rollo de Sala, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
Y con el fin de que sirva de notificación en legal forma al apelado don José M. Muñoz Soriano extiendo y firmo la presente en Huelva, a veintidós de noviembre de dos mil cinco.El Secretario Judicial.
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