Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 250 de 29/12/2006

4. Administración de justicia

Otros. Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 14 de junio de 2005, del Juzgado de Primera Instancia núm. Doce de Granada, dimanante del procedimiento ordinario núm. 54/2002. (PD. 5433/2006).

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EDICTO

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Proced. Ordinario (N) 54/2002, seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Doce de Granada a instancia de Pozo Puerta Pozo, S.L. contra Construcciones Huétor Tajar, S.L. (rebelde) Admigest Guijarro, S.L. sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NUM. 150/04

En la ciudad de Granada, a veintiocho de julio de dos mil cuatro.

La Ilma. Sra. Magristrada-Juez doña Cristina Martínez de Páramo del Juzgado de Primera Instancia núm. Doce de los de esta capital y su partido, en nombre de S.M. el Rey ha visto los presentes autos de juicio ordinario por reclamación de cantidad, tramitados con el número 54/02-F, promovidos por el Procurador Sr. don Miguel Angel García de Gracia, en nombre y representación de Mercantil Pozo Puertas Pozo, S.L., con domicilio social en Guadix (Granada), Avda. Pedro de Mendoza, 6, 1.º I, y defendido por el letrado Sr. don Pedro Martínez Balinot, contra Construcciones Huétor Tajar, S.L., con domicilio social en Huétor Tajar (Granada) calle Nobles, s/n, declarada en situación de rebeldía, y contra Admigest Guijarro, S.L., con domicilio social en Granada, calle Pedro Antonio de Alarcón, núm. 27, representada por la Procuradora Sra. Moya Marcos, y defendida por el letrado Sr. Jaldo García.

fallo

Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por don Miguel Angel García de Gracia, Procurador de los Tribunales, en nombre y representación de Pozo Puertas Pozo, S.L., contra Construcciones Huétor Tajar, S.L., y contra Admigest Guijarro, S.L., debiendo condenar y condenando a los demandados a que abonen solidariamente a la actora la cantidad de 27.971,58 euros, más intereses legales, así como al pago de las costas procesales.

Notifíquese la presente resolución a las partes con indicación de que contra la misma y de acuerdo con lo previsto por el art. 455 de la LEC, cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial a preparar ante este Juzgado en el plazo de cinco días desde la notificación del mismo.

Así por esta mi sentencia, de la que se llevará testimonio a los autos originales, definitivamente juzgando en Primera Instancia lo pronuncio, mando y firmo.

E/.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada Construcciones Huétor Tajar, S.L., declarada en rebeldía y en ignorado paradero, extiendo y firmo la presente en Granada a catorce de junio de dos mil cinco.- El/La Secretario.

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