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En el recurso contencioso-administrativo número/2004, interpuesto por Coria Gráfica, S.L., siendo la actuación administrativa recurrida la resolución de la Dirección General de Infraestructuras y Servicios Tecnológicos de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa por la que se acuerda el archivo de la solicitud de subvención presentada por dicha entidad, se ha dictado sentencia por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Uno de Sevilla con fecha 18 de julio de 2005 cuya parte dispositiva es el siguiente tenor literal:
"FALLO: Que debo estimar y estimo el presente recurso contencioso-administrativo anulando la resolución administrativa que es objeto del mismo. Sin costas." En virtud de lo establecido en el artículo 3.?.5 de la Orden de 18 de mayo de 2004, de delegación de competencias y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 118 de la Constitución y 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y 104 y siguientes de la Ley 29/1998, de
13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa, he dispuesto el cumplimiento en sus propios términos de la expresada sentencia, así como su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Sevilla, 20 de enero de 2006.- El Secretario General Técnico, Juan Francisco Sánchez García.
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