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En el recurso contencioso-administrativo número/2005, interpuesto por María Victoria Román González, siendo la actuación administrativa recurrida la Resolución de 29 de noviembre de 2004, de la Comisión Andaluza de Evaluación de Complementos Autonómicos, se ha dictado sentencia por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Uno de Almería con fecha 10 de noviembre de 2005 cuya parte dispositiva es el siguiente tenor literal:
"FALLO: Estimo el recurso contencioso-administrativo interpuesto por doña María Victoria Román González, frente al acto recurrido, por no ser conforme a derecho, acordando la retroacción de actuaciones para que por la Comisión Andaluza de Evaluación de Complementos Autonómicos se dicte nueva resolución en la que se contenga motivación suficiente de la evaluación impugnada. Sin costas."
En virtud de lo establecido en el artículo 3.?.5 de la Orden de 18 de mayo de 2004, de delegación de competencias y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 118 de la Constitución y 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y 104 y siguientes de la Ley 29/1998, de
13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa, he dispuesto el cumplimiento en sus propios términos de la expresada sentencia, así como su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Sevilla, 23 de enero de 2006.- El Secretario General Técnico, Juan Francisco Sánchez García.
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