Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 26 de 08/02/2006

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº14 DE SEVILLA

EDICTO dimanante del procedimiento verbal núm. 320/2005. (PD. 385/2006).

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NIG: 410910OC20050009745.

Procedimiento: Verbal-Desh. F. Pago (N) 320/2005. Negociado: M.

Sobre: Resolución de contrato por falta de pago y reclamación de cantidad.

De: Doña María Eugenia Montes Delgado y Socorro Montes Delgado.

Procurador: Sr. Francisco José Pacheco Gómez74 y Francisco José Pacheco Gómez74.

Letrado: Sr. Manuel Gil Coronado y Manuel Gil Coronado. Contra: Doña Margarita Ruiz Laza.

EDICTO

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Verbal-Desh. F. Pago (N) 320/2005-M seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Catorce de Sevilla a instancia de doña María Eugenia Montes Delgado y Socorro Montes Delgado contra doña Margarita Ruiz Laza sobre Resolución de contrato por falta de pago y reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NUM. 904/05

En Sevilla, a once de octubre de dos mil cinco. El Sr. don Rafael Ceres García, Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Catorce de Sevilla y su partido, habiendo visto los presentes autos de Verbal-Desh. F. Pago (N)

320/2005-M seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante doña María Eugenia Montes Delgado y Socorro Montes Delgado con Procurador don Francisco José Pacheco Gómez y Letrado don Manuel Gil Coronado; y de otra como demandado doña Margarita Ruiz Laza, sobre Resolución de contrato por falta de pago y reclamación de cantidad, y, FALLO

Que estimando la pretensión contenida en la demanda deducida por el Procurador don Francisco José Pacheco Gómez, en representación de doña María Eugenia Montes Delgado y doña Socorro Montes Delgado, declaro resuelto el contrato de arrendamiento urbano a que la misma se contrae, constituido con la demandada doña Margarita Ruiz Laza, declarando haber lugar al desahucio solicitado, condenando a la demandada a que desaloje y deje totalmente vacua y, expedita, libre de enseres y moradores y a la entera disposición de los actores, del local sito en Sevilla, en C/ Gustavo Gallardo, núm. 4; al mismo tiempo, debo condenar y condeno a la demandada a que abone a la parte actora la suma de 9.260,08 euros, más los intereses legales devengados desde la fecha de la citación a juicio de la parte demandada, y con aplicación de lo prevenido en el artículo 576.1.? de la Ley de Enjuiciamiento Civil, e imponiendo expresamente a la susodicha demandada el pago de las costas causadas en el presente procedimiento. Contra esta sentencia cabe recurso de apelación en ambos efectos en el plazo de cinco días, artículo 455.1.? LEC, para apelar, el demandado deberá acreditar al preparar el recurso tener satisfechas las rentas vencidas y las que con arreglo al contrato deba pagar adelantadas: Art. 449.1.? LEC. Así por sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada doña Margarita Ruiz Laza, extiendo y firmo la presente en Sevilla, a diecinueve de enero de dos mil seis. La Secretaria.

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