Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 30 de 14/02/2006

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª INST. Nº6 DE GRANADA

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario núm. 905/2002. (PD. 445/2006).

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NIG: 1808742C20020015938.

Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 905/2002. Negociado: F. De: Don Manuel Salaberri Llaneli.

Procuradora: Sra. Isabel Ferrer Amigó.

Contra: Doña María Carmen Ramos Enríquez, Ayuntamiento de El Valle, don Santiago Navarro Mingorance y don Antonio Navarro Santander.

Procuradora: Sra. María Nieves Echeverría Giménez. E D I C T O

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Proced. Ordinario (N) 905/2002 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Seis de Granada a instancia de don Manuel Salaberri Llaneli contra doña María Carmen Ramos Enríquez, Ayuntamiento de El Valle, don Santiago Navarro Mingorance y don Antonio Navarro Santander sobre Juicio Ordinario, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

En Granada, a 1 de abril de 2005. La Ilma. Sra. doña Angélica Aguado Maestro, Magistrada del Juzgado de Primera Instancia número Seis de esta Ciudad; habiendo visto los presentes autos de Juicio Ordinario núm. 905/02, promovidos a instancia de don Manuel Salaberri Llaneli, representado por la Procuradora doña Isabel Ferrer Amigó y defendido por el Letrado don Juan Carlos Raya Moles; contra doña María Carmen Ramos Enríquez, representada por la Procuradora doña María de las Nieves Echevarría Giménez y defendido por el Letrado don Luis García Marín. La demanda reconvencional se dirige, además, frente a don Santiago Navarro Mingorance y don Antonio Navarro Santander, declarados en rebeldía; versando el juicio sobre servidumbre de acueducto.

F A L L O

Estimo parcialmente la demanda presentada por don Manuel Salaberri Llaneli y condeno a doña María Carmen Ramos Enríquez a retirar de la finca del actor la tierra y piedras caídas desde su finca, procedentes del desplome o derrumbe de balates de su propiedad. Cada parte abonará las costas causadas a su instancia.

Declaro que la servidumbre de acueducto a favor de la finca de don Manuel Salaberri Llaneli sobre la finca de doña María Carmen Ramos Enríquez para hacer pasar por su finca el agua procedente de la Fuente de los Siete Años está extinguida por imposibilidad de uso y falta absoluta de utilidad. Condeno a don Manuel Salaberri Llaneli, don Santiago Navarro Mingorance y don Antonio Navarro Santander a retirar la instalación de riego por goteo colocada en la finca propiedad de doña María Carmen Ramos Enríquez, realizando las obras necesarias para ello, reponiendo a su representada en la quieta y pacífica posesión de su predio.

Condeno a don Manuel Salaberri Llaneli, don Santiago Navarro Mingorance y don Antonio Navarro Santander a estar y pasar por estas declaraciones, debiendo abstenerse de realizar cualquier acto propio de la servidumbre que reclama, señaladamente, el de paso regador y les condeno al pago de las costas. Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de ape lación en el plazo de cinco días ante este Juzgado y dirigido a la Ilma. Audiencia Provincial de Granada. Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Santiago Navarro Mingorance, extiendo y firmo la presente en Granada a doce de enero de dos mil seis.- El/La Secretario.

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