Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 50 de 15/03/2006

1. Disposiciones generales

Consejería de Educación

ORDEN de 20 de febrero de 2006, por la que se convoca el programa educativo "Campamentos de Inmersión Ling³ística" para el alumnado de 3. Ciclo de Educación Primaria durante el verano de 2006.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Esta disposición incluye elementos no textuales, que no se muestran en esta página. Para visualizarlos, consulte la versión en PDF.

La Comunidad Autónoma Andaluza plantea la adquisición de la competencia comunicativa en una lengua extranjera como instrumento fundamental para asegurar las posibilidades de éxito y poder dar respuesta a los retos que suponen los grandes cambios económicos, tecnológicos y sociales que se han ido gestando en los últimos años en Andalucía.

Es un objetivo educativo de interés prioritario para la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía dotar a la población andaluza de competencias pluriling³es y pluriculturales, potenciando el aprendizaje de idiomas. En el marco de la Segunda Modernización de Andalucía, nace el Plan de Fomento del Pluriling³ismo que recoge entre sus propuestas una política ling³ística para la sociedad andaluza, orientada a la optimización del aprendizaje de idiomas de los jóvenes andaluces, contemplando una serie de medidas entre las que se encuentra la posibilidad de que éstos, una vez concluido el curso escolar, puedan participar en un programa específico de Inmersión Ling³ística, en período no lectivo, actividad que, además de ser motivadora, contribuye al desarrollo personal, promueve la convivencia y completa la formación del alumnado.

A través del presente programa educativo, las competencias ling³ísticas que nuestros alumnos y alumnas han adquirido a lo largo del curso pueden ser puestas en práctica mediante la contextualización de los contenidos ling³ísticos y no ling³ísticos, proporcionando al alumnado participante una situación de inmersión en las lenguas inglesa, francesa y alemana, en un ámbito más amplio que el escolar, permitiéndole desarrollar sus habilidades comunicativas en dichas lenguas y ofreciendo la posibilidad de compartir las experiencias propias con el alumnado de otros centros educativos.

Considerando el interés educativo perseguido con este objetivo, durante el verano de 2005, la Consejería de Educación puso en marcha el programa con carácter experimental, ofertándose 320 plazas al alumnado andaluz de las secciones biling³es. Este año 2006 se eleva el número de plazas ofertadas hasta alcanzar las 1.600.

A estos efectos, la presente Orden viene a regular la participación en el programa educativo "Campamentos de Inmersión Ling³ística" para su desarrollo durante el verano de 2006.

Por ello, en virtud de lo anterior, esta Consejería de Educación

HA DISPUESTO

Artículo 1. Objeto.

Convocar el programa educativo "Campamentos de Inmersión Ling³ística", ofertando 1.600 plazas destinadas al alumnado de centros públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía que cursen Tercer Ciclo de Educación Primaria, para su desarrollo durante el verano de 2006.

Artículo 2. Objetivos.

Son objetivos del programa educativo "Campamentos de Inmersión Ling³ística":

- Consolidar el aprendizaje en las lenguas inglesa, francesa o alemana desarrollando aspectos prácticos de estas lenguas.

- Crear hábitos y actitudes positivas en el aprendizaje de los idiomas.

- Suscitar en el alumnado una actitud de aprendizaje permanente, tanto dentro como fuera del aula.

- Fomentar la convivencia y cooperación entre el alumnado de los distintos centros participantes.

Artículo 3. Participantes.

Podrán participar en esta convocatoria los centros docentes públicos que impartan Educación Primaria de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Los grupos de 15 a 20 alumnos y alumnas deberán, en el momento de presentar la solicitud, estar inscritos durante el curso 2005-2006 en el Tercer Ciclo de Educación Primaria.

Artículo 4. Desarrollo del Programa.

Los Campamentos de Inmersión Ling³ística se desarrollarán en inglés, francés y alemán. Participarán en cada turno uno o varios grupos de 50 alumnos y alumnas, constituidos por tres o más grupos de 15 a 20 alumnos y alumnas de distintos centros. La estancia, en régimen de internado, será de 6 días-5 noches, de domingo a viernes, en Instalaciones Juveniles de Andalucía, gestionadas por la empresa pública Instalaciones y Turismo Joven.

El alojamiento se realizará en régimen de campamento. Cada turno estará dirigido por un responsable-coordinador. El equipo para la atención del grupo estará formado como mínimo por el siguiente personal para cada grupo de 50 alumnos o alumnas:

- 3 Profesores nativos y/o biling³es.

- 3 Monitores nativos y/o biling³es con titulación en actividades de ocio y tiempo libre.

Se incluirá el siguiente régimen de pensión alimenticia: Domingo incorporación con cena; de lunes a jueves desayuno, almuerzo, merienda y cena; viernes, día de salida, desayuno y almuerzo o picnic.

Durante la estancia, se propiciarán situaciones que estimulen la práctica del idioma mediante el desarrollo de un proyecto medioambiental, desarrollando actividades en torno a: El agua, la tierra, la flora y la fauna.

Quedan cubiertas por esta convocatoria:

El traslado desde una capital de provincia hasta la sede en el que se realiza la estancia (ida y vuelta), acompañados por monitores o monitoras de la empresa que desarrollará la actividad.

El alojamiento, manutención y desarrollo de las actividades en los centros de destino.

La cobertura de riesgos mediante póliza de accidentes y responsabilidad civil general de los participantes.

Artículo 5. Sedes y turnos.

Los Campamentos de Inmersión Ling³ística en Inglés se desarrollarán en el Parque Natural de Doñana, con sede en la Instalación Juvenil Mazagón. Se ofertarán un total de 1.250 plazas con la siguiente distribución de turnos:

1. turno: del 25 de junio al 30 de junio de 2006. Número de plazas: 300.

2.º turno del 2 al 7 de julio de 2006. Número de plazas: 300.

3. turno del 9 al 14 de julio de 2006. Número de plazas: 300.

4.º turno del 16 al 21 de julio de 2006. Número de plazas: 350.

Los Campamentos de Inmersión Ling³ística en Francés se desarrollarán en el Parque Natural de Cazorla, Segura y Las Villas, con sede en la Instalación Juvenil Cazorla. Se ofer

tarán un total de 300 plazas con la siguiente distribución de turnos:

1. turno del 2 al 7 de julio de 2006. Número de plazas: 100.

2.º turno del 9 al 14 de julio de 2006. Número de plazas: 100.

3. turno del 16 al 21 de julio de 2006. Número de plazas: 100.

Los Campamentos de Inmersión Ling³ística en Alemán se desarrollarán en el Parque Natural Sierra Norte de Sevilla, con sede en la Instalación Juvenil Constantina. Se ofertarán un total de 50 plazas con la siguiente distribución de turnos:

1. turno del 25 de junio al 30 de junio de 2006. Número de plazas: 50.

Artículo 6. Solicitudes.

Cada centro participará en la convocatoria con una única solicitud para uno o varios grupos según el modelo que figura como Anexo I. En el caso de que el número de solicitudes sea superior al de plazas disponibles, sólo se adjudicará la participación en el programa a un grupo por centro seleccionado. En ese caso, cada centro determinará el alumnado que participará finalmente en el programa. En la determinación del alumnado participante, los centros tendrán en cuenta los ingresos de la unidad familiar, el expediente académico y el interés del alumno o alumna. En cualquier caso, los centros priorizarán a los alumnos y alumnas que por su nivel de estudios no puedan participar en la siguiente convocatoria.

La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:

a) Certificado del Consejo Escolar del Centro aprobando la participación en la actividad.

b) Datos personales del alumnado solicitante tal y como figura en el Anexo II de la presente Orden.

c) La Dirección del Centro recabará y custodiará las autorizaciones del padre, madre o tutor del alumnado participante (modelo del Anexo III).

Artículo 7. Lugar y plazo de presentación.

1. Las solicitudes y su documentación complementaria se remitirán al Ilmo. Sr. Delegado o a la Ilma. Sra. Delegada Provincial de Educación y se presentará en el Registro General de la Delegación Provincial de la Consejería de Educación a la que pertenece el centro, o se enviará por cualquiera de las vías expuestas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En el caso de que se optara por presentar la documentación ante la Oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que la solicitud sea fechada y sellada por el personal de Correos, antes de ser certificada.

Además, los centros participantes deberán grabar en el perfil que se habilitará al efecto en el programa Séneca la solicitud conforme al Anexo I de la presente Orden.

2. El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales, contados a partir del siguiente a la fecha de publicación de esta Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Artículo 8. Comisión seleccionadora.

1. En cada provincia se constituirá una Comisión Provincial de Estudio, presidida por el/la Delegado/a Provincial y compuesta por los siguientes miembros:

- El Jefe o la Jefa de Servicio de Ordenación Educativa.

- Un Inspector o una Inspectora a propuesta del Jefe o la Jefa de Servicio de Inspección Educativa.

- Un funcionario o una funcionaria de la Delegación Provincial de Educación que actuará como secretario o secretaria.

- Dos profesores o profesoras de centros no solicitantes, designados o designadas por la Delegación Provincial de Educación.

2. Se constituirá además una Comisión Regional de Selección presidida por el Ilmo. Sr. Director General de Ordenación y Evaluación Educativa o persona en quien delegue y compuesta por los siguientes miembros:

- La Jefa de Servicio de Planes y Programas Educativos.

- La persona que coordina a nivel Regional el Plan de Pluriling³ismo.

- Un funcionario o funcionaria del Servicio de Programas Internacionales de la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa.

- Un funcionario o funcionaria en representación de cada una de las Comisiones Provinciales de Estudio constituidas en las Delegaciones Provinciales.

- Un funcionario o funcionaria de la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa, que actuará como secretario/a.

Con objeto de garantizar la composición paritaria de los órganos consultivos y de asesoramiento de la Administración de la Junta de Andalucía, en ambas Comisiones, se actuará conforme a lo establecido en el artículo 140 de la Ley 18/2003, de 29 de diciembre.

La Comisión Provincial de Estudio valorará las solicitudes recibidas según los criterios que se fijan en el punto siguiente, y remitirá a la Comisión Regional de Selección un informe con la relación priorizada de centros solicitantes en el que se indicará, además de la valoración, el nivel educativo de los participantes y el número de alumnos y alumnas que constituyen el grupo. Se remitirá, igualmente, la relación de los centros excluidos, con indicación de la causa de exclusión.

3. Los criterios para la valoración de los centros educativos participantes serán:

a) Centros acogidos al Plan de Fomento del Pluriling³ismo. 5 puntos.

b) Centros que han participado en la convocatoria de Plurilig³ismo sin haber sido seleccionados. 2 puntos.

c) Centros que desarrollen proyectos educativos en el marco del Programa Sócrates-Comenius. Hasta 2 puntos.

d) Centros autorizados a desarrollar Planes de Compensación Educativa. Hasta 1 punto.

e) Centros ubicados en localidad con población inferior a 5.000 habitantes. Hasta 1 punto.

Artículo 9. Resolución.

1. La Comisión Regional de Selección hará pública las listas provisionales de centros propuestos, estableciéndose un plazo de cinco días naturales para presentar alegaciones ante la correspondiente Delegación Provincial de Educación.

2. Transcurrido dicho plazo, y resueltas las alegaciones, la Comisión Regional de Selección hará pública mediante Resolución del Director General de Ordenación y Evaluación Educativa, las listas definitivas de centros seleccionados, centros en reserva y centros excluidos, con indicación, en estos últimos, de los motivos de exclusión.

3. Dicha Comisión Regional de Selección asignará la sede y la fecha de realización de la actividad para cada centro educativo seleccionado.

4. En ningún caso podrá participar el grupo con un número inferior a quince alumnos. De no contar con este número de componentes, el centro deberá informar a la Dirección General

de Ordenación y Evaluación Educativa de la Consejería de Educación y renunciar a su participación, debiendo comunicarlo con al menos quince días de antelación a la estancia asignada.

5. Las vacantes producidas por renuncias serán cubiertas por centros de la misma provincia, siguiendo el orden establecido en la relación de reserva. Si alguno de los alumnos o alumnas que figuran en la solicitud de ayuda no pudiese participar en la actividad, el centro podrá proceder a su sustitución por otro alumno u otra alumna que reúna los requisitos de la convocatoria.

6. Una vez efectuada la adjudicación, la Consejería de Educación informará a los centros seleccionados.

Artículo 10. Obligaciones.

Los alumnos y alumnas participantes en este programa se comprometen a:

a) Realizar las actividades de acuerdo con las orientaciones y materiales recibidos del equipo de monitores de su lugar de destino.

b) Cumplir las normas de conducta del centro que le haya sido asignado y de la entidad organizadora de la estancia.

c) Redactar un pequeño diario de actividades con una extensión máxima de 3 folios, que se entregará a su tutor/a al comienzo del nuevo curso.

Disposición Final Primera. Difusión de la presente Orden.

1. Las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación, en el ámbito de sus competencias, informarán de la publicación de la presente Orden a todos los centros docentes a los que resulte de aplicación.

2. Los directores y directoras de los centros en los que sea de aplicación la presente Orden dispondrán lo necesario para que la misma sea conocida por todos los sectores de la comunidad educativa del centro.

Disposición Final Segunda. Desarrollo e interpretación de la presente Orden.

Se autoriza a la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa al desarrollo, interpretación y resolución de la presente Orden.

Disposición Final Tercera. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Disposición Final Cuarta. Recurso.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en BOJA, ante el Excma. Sra. Consejera de Educación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 20 de febrero de 2006

CANDIDA MARTINEZ LOPEZ

Consejera de Educación

Descargar PDF