Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 55 de 22/03/2006

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Otros. AYUNTAMIENTO DE MONTELLANO

ANUNCIO de bases.

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BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISION EN PROPIEDAD DE DIVERSAS PLAZAS DENTRO DEL GRUPO DE PERSONAL FUNCIONARIO RESERVADAS A PERSONAS

CON MINUSVALIA SUPERIOR A UN 33%

1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad de dos plazas de personal funcionario, que figuran en el Anexo de esta convocatoria e incluidas en la Oferta de Empleo Público aprobada para el año 2005 y dotadas con los emolumentos que para la misma consta en el presupuesto general de gastos de la Corporación. Las presentes bases han sido aprobadas por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 5 de enero de 2006.

2. Para tomar parte en las oposiciones será necesario:

a) Ser español, asimismo podrán ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea.

b) Tener cumplidos los 18 años el día que termine el plazo de presentación de solicitudes.

c) Estar en posesión de los títulos exigidos para el ingreso en la categoría correspondiente, y que se especifica en el anexo correspondiente, o en condiciones de obtenerlo en las fechas en que termine el plazo de presentación de instancias.

d) No haber sido separado ni despedido por causa justificada del servicio de la Administración Pública de cualquiera de sus esferas (Central, Institucional, Autónoma o Local).

e) No padecer enfermedades o defecto fisico que impida el desempeño correcto de las funciones.

f) Poseer una minusvalía igual o superior al 33% acreditada por el Organismo competente de la Consejería para la Igualdad y el Bienestar Social de la Junta de Andalucía o por el correspondiente órgano estatal o autonómico, en la que consten que se tiene reconocida una disminución fisica igual o superior al 33%, y la compatibilidad con el desempeño de las tareas de Ordenanza o de Peón Mantenimiento de Instalaciones de Servicios Múltiples, según el caso.

3. Solicitudes. Quienes deseen formar parte en estas pruebas habrán de hacerlo constar mediante simple solicitud dirigida al Sr. Alcalde de la Corporación en la que deberá formularse declaración jurada o bajo promesa de que el interesado reúne todos y cada uno de los requisitos establecidos en la base 2 de la presente convocatoria, y en la que se solicitará, participar en el proceso selectivo, aludiendo específicamente al mismo y en su caso se solicitarán de forma expresa los medios de adaptación, que la persona minusválida considere necesarios para participar en condiciones de igualdad con el resto de aspirantes. Debiendo presentar la siguiente documentación conjuntamente con la solicitud:

a) Fotocopia del DNI.

b) Fotocopia compulsada de la carta de pago de los derechos de examen.

c) Certificación del órgano competente de la Consejería para la Igualdad y el Bienestar Social de la Junta de Andalucía o por el correspondiente órgano estatal o autonómico, en la que consten que se tiene reconocida una disminución fisica o psíquica, igual o superior al 33%, y la compatibilidad con el desempeño de las tareas de Ordenanza o de Peón Mantenimiento de Instalaciones de Servicios Múltiples, según el caso. Dichos extremos se acreditarán junto con la solicitud.

Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de veinte días hábiles, contados desde el siguiente al de publicación de la presente convocatoria o su extracto en el BOP. Previamente estas bases así como la presente convocatoria serán publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia y de la Junta de Andalucía.

Los derechos de exámenes serán los establecidos en el correspondiente anexo que se abonarán en la Tesorería Municipal.

4. Admisión de los candidatos. Expirado el plazo de presentación de instancias, por la Alcaldía, se dictará Resolución, en término máximo de un mes, declarando aprobada provisionalmente la lista de admitidos y excluidos, e indicando en su caso la causa de exclusión. La misma se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, al mismo tiempo se señalará el lugar y fecha de celebración del primer ejercicio, abriéndose un plazo de subsanación y mejora de la solicitud de 10 días, para que los interesados subsanen las faltas o acompañen documentos preceptivos. Dicha publicación podrá sustituirse por notificación personal a los solicitantes de acuerdo con lo establecido en los artículos 59 a 61 de la Ley de Procedimiento Administrativo Común 30/1992, de 26 de noviembre.

Transcurrido el plazo de subsanación, se publicará la lista definitiva en el caso de que se hubiesen presentado subsanaciones o mejoras, quedando, en caso contrario elevada a definitiva la aprobada provisionalmente y sin otra actuación administrativa

5. Tribunal Calificador.

a) Composición. El Tribunal estará constituido por siete miembros, debiéndose designar el mismo número de miembros suplentes, y quedará constituido de la forma siguiente:

Presidente: el de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue.

Vocales: Un representante de la Junta de Andalucía, Concejal Delegado de Servicios Sociales, un representante del grupo lU-CA, un representante del Grupo PP, un representante de los concejales no adscritos, un representante de los Servicios Sociales y el delegado de personal funcionario.

Secretario: El de la Corporación o funcionario de la misma en quien delegue.

La designación de los miembros del Tribunal, incluida la de los respectivos suplentes, se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios de la Corporación, simultáneamente con la publicación de la lista de admitidos. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de al menos la mitad del número de miembros que la componen.

En caso de ausencia o enfermedad del Presidente del Tribunal asumirá sus funciones el Vocal de mayor edad; en los mismos casos referente al Secretario de éste será el Vocal de menor edad quien lo sustituya.

Corresponderá al Tribunal así constituido resolver las dudas o reclamaciones que puedan originarse en la aplicación o interpretación de las bases, así como en lo no previsto en las mismas. Pudiendo formularse reclamación ante el mismo Tribunal contra sus actos y en el plazo de tres días.

El nombramiento. El Tribunal será nombrado en el plazo de un mes desde que finalice la presentación de instancias. La fecha, lugar y hora del comienzo del primer ejercicio de las oposiciones se anunciará al menos, con quince días de antelación en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios de la Corporación. Podrá colaborar con el Tribunal trabajadores del Ayuntamiento de Montellano especialistas en el tema, que asesorarán al Tribunal con voz pero sin voto.

Los aspirantes serán convocados a las pruebas en un llamamiento único. Previamente habrá de realizarse un sorteo, en el que se determinará el orden de actuación de los aspirantes para aquellos ejercicios que no puedan realizarse conjuntamente.

6. Pruebas selectivas. La selección se realizará mediante el siguiente sistema.

Oposición libre constará de dos ejercicios:

Primer ejercicio. Práctico, consistente en desarrollar una prueba práctica relacionada con el temario anexo. Tiempo máximo 60 minutos. La puntuación máxima obtenida será de 10 puntos.

Segundo ejercicio. Práctico, consistente en desarrollar una prueba práctica relacionada con el temario anexo. Tiempo máximo 60 minutos. La puntuación máxima obtenida será de 10 puntos.

Tercer ejercicio. Práctico, consistente en desarrollar una prueba práctica relacionada con el temario anexo. Tiempo máximo 60 minutos. La puntuación máxima obtenida será de 10 puntos.

Los ejercicios serán calificados de 0 a 10 puntos siendo eliminatorio para aquellos aspirantes que no alcancen la puntuación mínima de 5 puntos en cada ejercicio. La calificación definitiva se obtendrá sumando la puntuación conseguida por cada uno de los aspirantes en cada uno de los ejercicios.

La calificación de cada uno de los ejercicios será la media resultante de dividir la suma de puntos otorgados por cada miembro del Tribunal entre el número de los mismos, eliminando la nota más alta y la nota más baja.

7. Calificación y publicación de los resultados.

La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones de los dos ejercicios de oposición. En caso de empate se resolverá a favor de quien haya obtenido mayor puntuación en el primer ejercicio de las oposiciones.

El Tribunal publicará y elevará a la Alcaldía la propuesta de nombramiento y relación de aprobados, no pudiendo rebasar ésta el número de plazas convocadas, sin que quepa asignar en ningún caso, cualquiera que fuere la puntuación que obtengan los demás aspirantes, la calificación de aprobado sin plaza u otra semejante.

8. Presentación de documentos. El aspirante propuesto aportará ante el Ayuntamiento de Montellano dentro del plazo de 20 días naturales a contar desde el siguiente al que se haga pública la propuesta del Tribunal, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos para formar parte en la convocatoria, a saber;

- Fotocopia compulsada del Título académico exigido en la convocatoria o documento que acredite estar en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.

- Certificado médico acreditativo de que no se padece enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de la correspondiente función.

- Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de alguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de la correspondiente función pública.

Si dentro del plazo indicado y salvo caso de fuerza mayor el aspirante propuesto no presentara la documentación o no reuniera los requisitos exigidos para ocupar su respectiva plaza no podrá ser nombrado y serán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber podido incurrir por falsedad en sus instancias solicitando tomar parte en las oposiciones.

En este caso la Presidencia de la Corporación resolverá el nombramiento a favor del aspirante que, habiendo aprobado todos los ejercicios, figurara en el puesto inmediatamente inferior al orden de calificación.

9. Toma de posesión. Los aspirantes seleccionados serán nombrados por la Presidencia de la Corporación, debiendo tomar posesión en el plazo de 30 días hábiles a partir del siguiente al de notificación legal de sus nombramientos.

10. Régimen jurídico aplicable. Las pruebas selectivas que se convocan se regirán por las siguientes bases y disposiciones legales: Ley 30/1984 de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la función pública, Ley 30/1992 de 26 de noviembre de procedimiento, Ley 7/1985 de 7 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, RD Legislativo 781/86 de 18 de abril aprobatorio del Texto Refundido de Disposiciones Vigentes en el Régimen Local y RD 896/91, de 7 de junio.

11. Contra las presentes Bases podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el órgano municipal que las hubiere aprobado en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su última publicación en el Boletín Oficial de la Provincia o en el de la Junta de Andalucía, según cuál sea posterior en el tiempo, o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados igualmente desde el día siguiente al de su última publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de los de Sevilla competente, todo ello de conformidad con los artículos 109.c), 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 30 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En el caso de interposición de recurso de reposición, se deberá esperar a que éste se resuelva y notifique, o bien a que pueda ser entendido como desestimado en virtud de silencio

ANEXO I

Denominación: Peón de Instalaciones.

Número de plazas: Una.

Categoría: Escala Administración Especial. Subescala Servicios Especiales. Personal de oficios.

Grupo: E.

Tasa derecho de examen: 9 euros.

Proceso de selección: Oposición.

Sistema de selección: Libre.

Titulación exigida: Certificado de estudios primarios o equivalente.

T E M A R I O

Tema 1. Constitución de 1978. Estructura y características. Organización del Estado.

Tema 2. La organización autonómica de Andalucía y su Estatuto de Autonomía. Regulación del Régimen Local.

Tema 3. El Derecho Administrativo General. Hacienda Pública y Administración Tributaria.

Tema 4. El Ayuntamiento de Montellano y sus servicios.

Tema 5. Ligeras nociones del servicio de basuras.

Tema 6. Ligeras nociones de los servicios de electricidad, fontanería.

Tema 7. Ligeras nociones de los servicios de jardinería.

Tema8. Derechos y deberes del personal funcionario en general

Tema9. Ligeras nociones de los servicios de albañilería.

Tema10. Calles y edificios públicos de la localidad.

ANEXO II

Denominación: Ordenanza.

Número de plazas: Una.

Categoría: Escala Administración General. Personal Subalterno.

Grupo: E.

Tasa derecho de examen: 9 euros

Proceso de selección: Oposición.

Sistema de selección: Libre.

Titulación exigida: Certificado de estudios primarios o equivalente.

T E M A R I O

Tema 1. Constitución de 1978. Estructura y características. Organización del Estado.

Tema 2. La organización autonómica de Andalucía y su Estatuto de Autonomía. Regulación del Régimen Local.

Tema 3. El Derecho Administrativo General. Hacienda Pública y Administración Tributaria.

Tema 4. El Ayuntamiento de Montellano y sus servicios.

Tema 5. Ligeras nociones del servicio de Registro.

Tema 6. Ligeras nociones de los servicios de Secretaría.

Tema 7. Ligeras nociones de los servicios de Intervención.

Tema 8. Derechos y deberes del personal funcionario en general.

Tema9. Ligeras nociones de los servicios de Obras.

Tema10. Calles y edificios públicos de la localidad.

Montellano, 5 de enero de 2006.- El Alcalde, Francisco Salazar Rodríguez.

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