Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 73 de 19/04/2006

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTO DE MONACHIL

ANUNCIO de bases.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Don Antonio Trinidad Jiménez, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Monachil (Granada),

HACE SABER

Que considerando que por acuerdo de la Junta de Gobierno Local celebrada el día 12 de julio de 2005 se aprobó la oferta de empleo público para el año 2005, en la que se incluyen, entre otras, una plaza de Letrado Asesor Jurídico; oferta publicada en el Boletín Oficial del Estado núm. 271, de fecha 12 de noviembre de 2005.

De conformidad con el dictamen favorable de la Comisión Mixta Paritaria de fecha 22 de noviembre de 2005 así como con lo establecido en el Real Decreto 896/1991 de 7 de junio, y en el Real Decreto 364/1995 de 10 de marzo, y en base a las atribuciones que me confiere la vigente legislación de régimen local, en concreto, artículo 21.1.g de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, por Decreto de Alcaldía núm. 1647/05. de fecha treinta de diciembre de dos mil cinco

HA RESUELTO

Primero. Aprobar las siguientes:

BASES PARA LA SELECCION DE UNA PLAZA DE LETRADO ASESOR JURIDICO EN EL AYUNTAMIENTO DE MONACHIL (GRANADA)

Primera. Plazas que se convocan y dotación.

1.1. El objeto de la presente convocatoria es la provisión definitiva de una plaza de funcionario (Asesor Jurídico), incluida en la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Clase Técnico de Grado Superior, encuadrada en el Grupo A, nivel 26 CD, dotada con las retribuciones básicas correspondientes al Grupo de clasificación A conforme al artículo 25 de la Ley 30/1984 y las retribuciones complementarias establecidas en el presupuesto municipal.

1.2. A quien le corresponda cubrir esta plaza se le encomendarán, entre otras, las siguientes funciones:

- Defensa del Ayuntamiento, organismos dependientes y empresas municipales en todo tipo de procedimientos judiciales, así como del personal, autoridades y funcionarios como consecuencia del desempeño de sus funciones que figuren como interesados o que pudieran exigirles responsabilidades civiles o penales, así como asesoramiento cuando le sea requerido por el Sr. Secretario.

- Defensa al Ayuntamiento, organismos dependientes y empresas municipales ante cualquier organismo o administración en todo tipo de procedimientos administrativos ya figuren como interesados, o como responsables, así como de autoridades y funcionarios como consecuencia del ejercicio de sus funciones.

- Tramitación de las reclamaciones que formule el Ayuntamiento contra las actuaciones de las que deriven daños a bienes municipales.

- Conocimiento, manejo y actualización de las aplicaciones informáticas del servicio al que pertenece.

- Labores de apoyo a la Secretaría General y en definitiva, cuantas se describan en el Organigrama Funcional y de Puestos de Trabajo de este Ayuntamiento, para contribuir al buen funcionamiento del Servicio y, en general, del Ayuntamiento.

Segunda. Requisitos de los candidatos. Para tomar parte en las pruebas es necesario:

a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, en los términos previstos en la Ley 17/1993, de 23 de diciembre y en el Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo.

b) Tener cumplidos 18 años de edad.

c) Estar en posesión del título de Licenciado en Derecho, o titulación equivalente o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.En el caso de titulación obtenida en el extranjero deberá de acreditarse su homologación por el Ministerio de Educación o cualquier otro órgano de la administración competente para ello.

d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las funciones a desarrollar.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, ni incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad prevista en la legislación vigente.

Tercera. Instancias y documentacion a presentar.

Los interesados presentarán instancia ajustada al modelo que se publica como Anexo I de la presente convocatoria, junto con fotocopia del DNI, dirigida al Sr. Alcalde-

Presidente del Ayuntamiento de Monachil, en la que deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la Base segunda, referido a la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento o en la forma que determina el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC), veinte dias naturales, a contar desde el día siguiente al de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado. En concepto de derecho de examen, los interesados abonarán la cantidad de 28 euros, mediante ingreso en la Tesorería del Ayuntamiento de Monachil por transferencia bancaria a favor del Ayuntamiento de Monachil, en cualquiera de las siguientes cuentas bancarias:

- Caja Rural de Granada: 3023.0033.92.0330004904.

- Caja General de Ahorros de Granada: 2031.0339.48.0100000513.

o por giro postal o telegráfico adjuntando copia del recibo o giro correspondiente en la solicitud, y en el giro la expresión "para participar en las pruebas selectivas de Asesor Jurídico".

Los derechos de examen no serán devueltos salvo cuando por causas no imputables al aspirante la actividad administrativa no se desarrolle.

Los aspirantes que pretendan puntuar en la fase de concurso de méritos, acompañarán a su instancia los documentos de la presente convocatoria, además de enumerarlos en la solicitud. Los documentos habrán de ser originales, legalizados o, en caso de presentarse fotocopias, deberán estar debidamente compulsados por la Secretaría General del Ayuntamiento, previa exhibición del original. También se admitirán compulsas expedidas por los organismos públicos. Los méritos estarán referidos a la fecha en que comience el plazo de presentación de instancias.

Cuarta. Admisión de aspirantes. 4.1. Terminado del plazo de presentación de instancias el Sr. Alcalde-Presidente dictará Resolución declarando aprobada la relación de admitidos/as y excluidos/as, con indicación de las causas y el plazo de subsanación de defectos. 4.2. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución, para subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión, si así no lo hicieran, se les tendrá por desistido en su petición, archivándose sin más trámite en los términos previstos en el artículo 42.1 de la Ley 30/1992.

Una vez transcurrido el plazo se expondrá al público mediante publicación en el BOP la relación definitiva de admitidos/as, así como la fecha del comienzo del primer ejercicio y composición del Tribunal.

4.3. Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

4.4. Las sucesivas publicaciones y llamamientos se realizarán a través del Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Monachil a tenor del artículo 59.5.b) de la LRJPAC

Quinta. Tribunal Calificador.

5.1. El Tribunal Calificador estará constituido de la siguiente forma:

Presidente: El Sr. Alcalde; suplente designado por la Alcaldía.

Secretario: El Secretario General del Ayuntamiento; suplente designado por la Alcaldía; que actuará con voz pero sin voto.

Vocales:

- Un representante de la Junta de Andalucía nombrado por la Consejería de Gobernación.

- Dos vocales titulares con sus respectivos suplentes a designar por la Alcaldía.

- Un representante de los trabajadores y un suplente.

El Tribunal quedará integrado además por los suplentes respectivos que habrán de designarse simultáneamente con los Titulares.

Los vocales deberán poseer titulación de nivel igual o superior a la exigida para el acceso a la plaza convocada.

5.2. El tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia, al menos, de tres de sus componentes, pudiendo acudir indistintamente a cada sesión que se celebre el titular o bien el suplente.

5.3. Los miembros del tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Sr. Presidente, cuando concurra en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5.4. El presidente del tribunal podrá exigir a los miembros del mismo, declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992.

Asimismo los aspirantes, en cualquier momento del procedimiento, podrán recusar a los miembros del tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el párrafo anterior.

5.5. El tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado un número superior de aspirantes al de vacante convocada. Las propuestas de aprobados que contravengan este límite serán nulas de pleno derecho.

5.6. Los miembros del tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria y de la sujeción a los plazos establecidos para la realización y valoración de las pruebas y para la publicación de sus resultados.

5.7. El tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas, quienes se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, que serán la única base de su colaboración con el órgano de decisión. Tendrán voz, pero no voto.

5.8. Por resolución de la Alcaldía se procederá al nombramiento de los empleados públicos que deban colaborar temporalmente en el desarrollo de los procesos de selección con las competencias de ejecución material y ordenación administrativa de los distintos ejercicios que en cada prueba selectiva les atribuya el tribunal. Este personal estará adscrito a dicho tribunal y ejercerá sus funciones de conformidad con las instrucciones que éste le curse al efecto.

5.9. El Tribunal establecerá el tiempo y medios adecuados para la realización del ejercicio por los minusválidos, de manera que se respete la igualdad de oportunidades con el resto de aspirantes.

Sexta. Procedimiento de selección. El procedimiento de selección será el de concurso-

oposición.

El proceso selectivo constará de las siguientes fases y pruebas, que deberán asegurar la objetividad y racionalidad de la selección:

6.1. Primera fase: concurso.

Previamente a la fase de oposición, se realizará la fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio. El tribunal valorará los méritos alegados y documentalmente justificados, con arreglo al siguiente baremo:

A) Cursos de formacion y perfeccionamiento:

A.1. Por cursos, jornadas o seminarios relacionados directamente con el puesto de trabajo a desempeñar impartidos por Centros Oficiales Públicos u homologados y Colegios Profesionales:

Cursos de 25 a 49 horas: 0,05 puntos.

Cursos de 50 a 99 horas: 0,10 puntos.

Cursos de 100 a 149 horas: 0,20 puntos.

Cursos de 150 a 249 horas: 0,40puntos.

Cursos de 250 a 349 horas: 0,60 puntos.

Cursos de 350 en adelante: 0,80 puntos.

El máximo por este apartado es de 3 puntos, y para acreditarlos se deberá aportar certificación original del Centro que impartió el curso o fotocopias compulsadas de los títulos, diplomas...

En los cursos o estudios no impartidos por centros oficiales o Colegios Profesionales deberá de constar expresamente en el título o diploma acreditativo de la realización del mismo la oficialidad u homologación de los mismos o acreditarse mediante la presentación en el plazo de presentación de instancias de certificado de homologación, en caso de no presentación no se baremará.

En los certificados de los cursos, jornadas o seminarios en que no se exprese duración alguna no serán valorados.

A.2. Por poseer título de postgrado de master, certificado por una administración pública o universidad, directamente relacionado con el temario específico de la plaza convocada 1 punto.

B) Experiencia profesional.

Relacionada directamente con el puesto de trabajo, de la siguiente manera:

- Por trabajo desempeñado en el Ayuntamiento de Monachil en plaza o puesto de igual o similar categoría se puntuará con 0. 10 puntos por mes trabajado con un máximo de: 3 puntos.

- Por trabajo desempeñado en otra Administración Pública en plaza o puesto de igual o similar categoría se puntuará con 0,10 por mes trabajado con un máximo de: 2 puntos.

Para acreditar la experiencia profesional se deberá aportar copia del contrato compulsada o certificación expedida por la empresa u organismo público contratante (donde se especificará denominación de los puestos de trabajo que hayan desempeñado con expresión del tiempo que los haya ocupado, dependencias a la que estén adscritos dichos puestos y relación jurídica que ha mantenido o mantiene en el desempeño de los puestos con la Administración) o certificación de cotizaciones a la Seguridad Social (fe de vida laboral) o, en su caso, copia compulsada de contratos administrativos.

En el supuesto en que acredite que ocupa o ha ocupado puesto de igual o similar contenido, cuando no coincidan la denominación de los que se hayan ocupado con el de la plaza o puesto al que se opta, el interesado habrá de adjuntar certificado en el que consten las funciones desarrolladas para justificar que son iguales o similares.

6.2. Segunda fase: oposición.

Durante la de oposición, deberá garantizarse, siempre que sea posible, el anonimato de los aspirantes, constará de tres ejercicios obligatorios y eliminatorios.

6.2.1. Primer ejercicio. De carácter obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en la resolución de un tema a desarrollar por escrito, en un plazo máximo de una hora y media, de entre dos elegidos, mediante sorteo público, de la parte del temario de materias comunes 6.2.2. Segundo ejercicio. De carácter obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en desarrollar por escrito, en un plazo máximo de tres horas, dos temas de entre 3 temas elegidos mediante sorteo de entre los temas que integran el temario (Anexo II b).

6.2.3. Tercer ejercicio. De carácter obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en la resolución de uno o varios supuestos prácticos, determinados momentos antes por el tribunal calificador, durante un tiempo fijado a su prudente albedrío, en condiciones de igualdad para todos los aspirantes, relativo a las funciones propias del puesto a proveer, referido a las materias comprendidas en el temario específico del anexo II de esta convocatoria.

6.3. Desarrollo de las pruebas.

6.3.1. En la resolución del Ilmo. Sr. Presidente de la corporación a que se refiere la base cuarta y que se publicará en el BOP, se anunciará el día, hora y lugar en que se celebrará el primer ejercicio de la oposición, y que asimismo, se hará público en el tablón de anuncios de la Corporación, así como en los sucesivos anuncios de la convocatoria.

Desde la terminación de un ejercicio y el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días naturales. No obstante, se podrán reducir los plazos indicados en el párrafo anterior, si lo propusiera el tribunal y aceptaran todos los aspirantes o fuera solicitado por éstos unánimemente.

Una vez comenzadas las pruebas, no será obligatoria la publicación de los sucesivos anuncios de la celebración de las restantes en el Boletín Oficial de la Provincia. Estos anuncios se harán públicos en los locales donde se hayan celebrado las pruebas anteriores, con doce horas de antelación al menos al comienzo de las mismas, si se trata del mismo ejercicio, o de 24 horas, si se trata de uno nuevo.

6.3.2. Los Tribunales adoptarán, siempre que sea posible, las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios escritos sean corregidos y valorados sin que se conozca la identidad de los aspirantes.

6.3.3. En cualquier momento los Tribunales podrán requerir a los aspirantes para que acrediten su personalidad.

6.3.4. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único siendo excluidos del proceso selectivo quienes no comparezcan.

6.3.5. El programa que ha de regir estas pruebas selectivas es el que figura publicado como Anexo II.

6.3.6. Si durante el transcurso del procedimiento llegara a conocimiento del Tribunal que alguno de los aspirantes ha incurrido en inexactitudes o falsedades deberá dar cuenta a los órganos municipales competentes, a los efectos que procedan.

El Tribunal establecerá el tiempo y medios adecuados para la realización del ejercicio por los minusválidos, de manera que se respete la igualdad de oportunidades con el resto de aspirantes.

6.3.7. Los ejercicios podrán ser leídos por los aspirantes en sesión pública a criterio del tribunal. Concluida la lectura del ejercicio, el tribunal podrá dialogar sobre materias objeto del mismo y pedirle cualquier otra explicación complementaria.

6.3.8. El orden de actuación de los aspirantes, en los ejercicios que no puedan realizarse conjuntamente, se iniciará alfabéticamente previo sorteo público realizado.

6.4. Calificacion de los ejercicios. 6.4.1. Los ejercicios de la oposición se calificarán de la forma siguiente:

La calificación de los aspirantes será el resultado de sumar las puntuaciones otorgadas a los mismos por todos los miembros del tribunal asistentes, y dividir tal suma por el número de dichos miembros, siendo necesario alcanzar como mínimo cinco puntos para superarlo en cada uno de los ejercicios. La puntuación en cada uno de los ejercicios será de 0 a 10 puntos.

Cuando entre las puntuaciones otorgadas por los miembros del tribunal exista una diferencia de tres o más puntos serán automáticamente excluidas las calificaciones máxima y mínima, hallándose la puntuación media entre las calificaciones restantes.

Si el ejercicio constara de más de un supuesto práctico, cada uno de ellos será calificado de cero a diez puntos, resultando la calificación definitiva del tercer ejercicio de su media aritmética, siendo necesario para superarlo haber obtenido la puntuación mínima de cinco puntos. La puntuación definitiva de cada aspirante obtenida en la fase de oposición estará determinada por la suma de las

puntuaciones obtenidas en los tres ejercicios obligatorios y eliminatorios.

6.4.2. La puntuación total de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de concurso y oposición.

6.4.3. En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a las mejores puntuaciones obtenidas en el tercer ejercicio de la oposición, en caso de proseguir el empate el que haya obtenido mayor puntuación en el concurso, si continuara el empate el que haya obtenido mayor puntuación en el apartado experiencia.

Séptima. Lista de aprobados, presentación de documentacion y nombramiento.

7.1. La lista de aprobados de cada ejercicio se publicará en los locales donde se hayan celebrado los mismos, así como en los tablones de Edictos de la Corporación.

7.2. Finalizados los ejercicios de la oposición, el Tribunal hará público el anuncio del/la aspirante aprobado/a, que no podrá exceder de la plaza objeto de esta convocatoria, con especificación de la puntuación total obtenida sumadas las fases de concurso y oposición. Dicho anuncio será elevado al Sr. Presidente con propuesta del candidato/a para el nombramiento.

7.3. En el plazo de veinte días naturales el/la aspirante que figure en el anuncio a que se refiere la base anterior deberá presentar en la Sección de Personal del Ayuntamiento la documentación acreditativa de los requisitos expresados en la base 1.3.

7.4. Quien tuviera la condición de funcionario público estará exento de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar únicamente certificación del Ministerio u organismo de quien dependa, acreditando su condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal. 7.5. Si dentro del plazo fijado y salvo los casos de fuerza mayor no presentare la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carece de algunos de los requisitos señalados en la base 1.3, no podrá ser nombrado funcionario y quedarán anuladas sus actuaciones sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

7.6. El plazo para tomar posesión será de un mes a contar desde la notificación del nombramiento al interesado, suponiendo la falta de este requisito la renuncia al empleo.

Octava. Incidencias, impugnaciones, legislación.

El Tribunal queda autorizado para resolver las dudas que se presenten en la interpretación de las presentes Bases y para adoptar los acuerdos necesarios, en relación con aquellos aspectos no regulados en la presente convocatoria y en la legislación vigente.

La convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de éstas, agotan la vía administrativa, pudiendo interponer los/as interesados/as recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de Granada del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Estado. No obstante, puede interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a contar desde la mencionada publicación, o cualquier otro recurso que estime procedente.

Para lo no previsto en las Bases, será de aplicación, en primer lugar, la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y el Real Decreto Legislativo 781/1986 de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local; en segundo lugar, el Real Decreto 896/1991 de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local; en tercer lugar el Real Decreto 364/1995 de 10 de marzo por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración del Estado, y demás legislación concordante.

Lo que se hace publico para general conocimiento, en Monachil, 14 de marzo de 2006.- El Alcalde, Antonio Trinidad Jiménez.

ANEXO I

SOLICITUD DE ADMISION A PRUEBAS SELECTIVAS

1. Denominación de la plaza: Asesor Jurídico.

2. Datos personales:

(Primer apellido) (Segundo apellido) (nombre)

(fecha nacimiento) (lugar nacimiento) (provincia)

(DNI) (domicilio a efectos de notificaciones)

(municipio) (provincia) (teléfono) (C. Postal)

3. Titulación Académica: ..........................................................

4. Relación de méritos a efectos del concurso: Al dorso.

5. Observaciones: ..........................................................

El abajo firmante, solicita ser admitido a las pruebas selectivas que se refiere la presente instancia, declara que son ciertos los datos consignados en ella, y que reúne las condiciones señaladas en las Bases de Convocatoria y que acepta plenamente. A los efectos del concurso, autorizo expresamente al Ayuntamiento de Monachil para que solicite los datos pertinentes de mi vida laboral ante la Seguridad Social.

En ............................................. a ......... de .................................. 2006

(firma)

AL SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE MONACHIL

ANEXO II

TEMARIO PARA LA REALIZACION DEL EJERCICIO DE LA OPOSICION

ANEXO I

BLOQUE I

Materias comunes

Tema 1. La Constitución Española de 1978: Principios generales. Características y estructura.

Tema 2. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.

Tema 3. Otras entidades locales. Las comarcas. Las mancomunidades de municipio. Las áreas metropolitanas.

Tema 4. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Público. La Ley. Clases de leyes.

Tema 5. Los derechos del ciudadano ante la Administración Pública. Consideración especial del interesado. Colaboración y participación de los ciudadanos en la Administración.

Tema 6. El acto administrativo: Concepto y clases de actos administrativos. Elementos del acto administrativo. Eficacia y validez de los actos administrativos.

Tema 7. Dimensión temporal del procedimiento administrativo. Recepción y registro de documentos. El interesado y su representación. Comunicaciones y notificaciones.

Tema 8. Las fases del procedimiento administrativo general. El silencio administrativo. Especial referencia al procedimiento administrativo local.

Tema 9. La oposición al acto administrativo: Recursos administrativos, reclamaciones económico-administrativas y reclamaciones previas a la vía civil y laboral. La revisión de oficio del acto administrativo.

Tema 10. La responsabilidad de la Administración. Evolución y régimen actual.

Tema 11. El régimen local español. Principios constitucionales y regulación jurídica.

Tema 12. Organización y competencias municipales y provinciales.

Tema 13. Ordenanzas y Reglamentos de las Entidades Locales: Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación.

Tema 14. El Servicio Público: Concepto. Los modos de gestión de los servicios públicos locales.

Tema 15. Funcionamiento de los órganos colegiados locales: Convocatoria, orden del día, requisitos de constitución. Votación. Actas y certificación de acuerdos.

Tema 16. El personal al servicio de la Entidad Local. La función pública local. Organización, selección y situaciones administrativas.

Tema 17. Derechos y deberes del personal al servicio de los Entes Locales. Responsabilidad. Régimen disciplinario.

Tema 18. Recursos de las Haciendas Locales en el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

BLOQUE II

Materias específicas

Tema 19. Organización profesional de la Abogacía: Los Colegios de Abogados. El Consejo General de la Abogacía Española y los Consejos Autonómicos.

Tema 20. Los servicios corporativos: El turno de oficio. El Servicio de Orientación Jurídica. La justicia gratuita.

Tema 21. Las funciones del Abogado: El Abogado en la Constitución Española. En la Ley Orgánica del Poder Judicial. En las Leyes Procesales. El Estatuto General de la Abogacía.

Tema 22. La deontología. Derechos y deberes: El derecho y deber de defensa. El secreto profesional. La libertad e independencia del Abogado. La venia. Las relaciones del Abogado con otros Abogados, con las partes en los procesos, con los Tribunales y con su Colegio.

Tema 23. Las normas de honorarios.

Tema 24. Régimen jurídico del Abogado: Las incompatibilidades. Las prohibiciones. El régimen de responsabilidad del Abogado. La publicidad. La libertad de establecimiento: Requisitos en el ámbito comunitario.

Tema 25. El régimen disciplinario del Abogado: Las faltas y las sanciones.

Tema 26. Técnicas de negociación: Comunicación con la parte contraria. La transacción. La mediación.

Tema 27. Técnica documental: Cartas conminatorias. Documentos Públicos y Privados. Instancias. Tipos de contratos. Acuerdos transaccionales. Estatutos. Garantías de cumplimiento: Cláusulas penales, resolutorias y condicionales; garantías: Hipoteca, prenda y aval. Dictámenes e informes.

Tema 28. El Abogado y la Notaría: Función notarial: El instrumento público. Actas notariales: Tipos. Redacción de minutas. Apoderamientos. Obtención de datos: Copias, testamentos, cotejo de firmas. Procedimiento extrajudicial.

Tema 29. El Arbitraje: Tipos de arbitraje. Procedimiento arbitral. Laudo arbitral. Pactos de arbitraje. El abogado árbitro.

Tema 30. El Abogado y el Registro de la Propiedad: Cuestiones comunes: Documentos inscribibles, certificaciones, notas simples, examen de inscripciones, calificaciones registrales y recursos. Expediente de dominio y Acta de Notoriedad.

Tema. 31. El Abogado y el Registro Mercantil: Principios, organización y régimen legal. El Reglamento del Registro Mercantil. Los distintos Asientos y sus clases.

Tema 32. El Abogado y el Registro Civil: Introducción. Expedientes Registrales. Clases. Legitimación. Postulación. Tramitación y técnicas de formulación. Inscripciones. Clases y tramitación.

Tema 33. Jurisdicción y competencia: Cuestiones prejudiciales. Reglas de la competencia: Objetiva, territorial y funcional. Cuestión declinatoria. Recursos en materia de competencia. Reparto de Asuntos. La abstención y la recusación: Reglas generales. Con respecto a Jueces, Magistrados, Fiscales, Secretarios, Oficiales, Auxiliares, Agentes y Peritos.

Tema 34. El estudio previo: Antecedentes y prueba. El fondo del asunto. Estimación de costes y solvencia. Los presupuestos procesales y las alternativas al proceso. La valoración procesal (allanamiento, acumulación, objeciones procesales, excepciones, etc.).

Tema 35. Los actos preparatorios: Los documentos notariales. El acto de conciliación. La preconstitución de prueba: Requerimientos, certificaciones e informes. La consignación.

Tema 36. La postulación procesal: Las relaciones con el Procurador. La representación y el cese de la misma. Funciones y ámbitos de intervención.

Tema 37. El juicio Ordinario: El ámbito. Las especialidades. La demanda, la contestación y la reconvención: La representación. Los hechos. Los documentos a aportar. Los fundamentos de derecho. La súplica. Las peticiones instrumentales: Devolución del poder, el embargo preventivo, los emplazamientos, el recibimiento a prueba, etc. La acumulación: De Acciones. De procesos: Supuestos concretos.

Tema 38. La audiencia previa. El acto de juicio. Las pruebas: Los medios de prueba y su valor probatorio. La proposición. La práctica. La impugnación. Las presunciones.

Tema 39. Las cuestiones incidentales: Las cuestiones de previo y especial pronunciamiento. El planteamiento y la tramitación de la cuestión.

Tema 40. La fase final del proceso: Conclusiones orales. Diligencias finales.

Tema 41. La terminación del proceso: El allanamiento. La transacción. La Sentencia. Otras formas de terminación del proceso: Desistimiento, renuncia, caducidad de la instancia.

Tema 42. Las costas judiciales: La Condena en costas. La tasación de costas: Supuestos e impugnación.

Tema 43. El juicio Verbal: El ámbito. Las especialidades. La vista y la práctica de pruebas. La Sentencia.

Tema 44. Procedimiento Monitorio: Supuestos. La Petición. La admisión. El pago. La oposición.

Tema 45. Las medidas cautelares: Disposiciones generales. Procedimiento. Oposición. Modificación. La caución sustitutoria.

Tema 46. Los recursos: Recursos ordinarios y recursos extraordinarios.

Tema 47. La segunda instancia: La comparecencia. Instrucción y adhesión al recurso. La prueba en segunda instancia. Los informes. La tramitación escrita.

Tema 48. La ejecución forzosa: Las sentencias y otros títulos ejecutivos. Procedimiento general: Las partes, la competencia, el despacho de la ejecución. La oposición y la impugnación a la misma, la suspensión de la ejecución. La ejecución provisional. La ejecución dineraria. La ejecución no dineraria: Liquidación de daños y perjuicios. Los bienes especialmente hipotecados.

Tema 49. El procedimiento de apremio: Sustanciación. El embargo, la traba y la administración judicial. La subasta. El lanzamiento.

Tema 50. Procedimiento en sede jurisdiccional. Objeto del recurso contencioso-administrativo. Las partes y pretensiones de las partes.

Tema 51. El procedimiento contencioso-administrativo en primera y única instancia.

Tema 52. El procedimiento abreviado contencioso-

administrativo.

Tema 53. Los procedimientos especiales contencioso-

administrativos.

Tema 54. Medidas cautelares y ejecución de sentencias en la jurisdicción contencioso-administrativa.

Tema 55. Recursos contra providencias, autos y sentencias en la jurisdicción contencioso-administrativa.

Tema 56. Tribunal Constitucional: La LOTC. Límites revisores. Legalidad ordinaria y constitucional.

Tema 57. Derechos fundamentales: Contenido. Ambito de protección. Civil. Penal. Administrativo. Laboral. Comunitario.

Tema 58. Recurso de amparo: Admisibilidad. Formalización. Contenido. Estructura. Motivos. Suplico. Suspensión del acto. Tramitación. Efectos de la sentencia.

Tema 59. Inconstitucionalidad: Recurso de inconstitucionalidad. Cuestión de inconstitucionalidad. Recurso de nulidad: Requisitos.

Tema 60. Recurso de nulidad: Requisitos.

Tema 61. Patrimonio de las Corporaciones Locales: Concepto, notas esenciales y elementos reales que la integran. Tema 62. Bienes de Dominio Público Local: Titularidad, elementos y régimen jurídico.

Tema 63. Uso privativo de los bienes de las Entidades Locales: Elementos personales, reales y formales de las concesiones.

Tema 64. Bienes Patrimoniales: Concepto, clases y régimen jurídico.

Tema 65. Utilización de los Bienes Patrimoniales: Arrendamiento. Elementos. El Precario. Concepto y elementos.

Tema 66. Enajenación de Bienes Patrimoniales. La venta: Elementos y efectos. Concepto y elementos de la Permuta y la Cesión gratuita.

Tema 67. Entidades Locales Autónomas. Naturaleza jurídica. Constitución. Prerrogativas y competencias.

Tema 68. El procedimiento Administrativo Ejecutivo. Naturaleza. Clases. Principios informantes de la utilización de medios de ejecución forzosa. Procedimiento.

Tema 69. Procedimiento de Apremio, Ejecución Subsidiaria, Multa coercitiva y compulsión sobre las personas: Requisitos subjetivos, objetivos y de la actividad.

Tema 70. El procedimiento Administrativo Sancionador. Naturaleza. Regulación. Requisitos objetivos, subjetivos y de la actividad.

Tema 71. Los contratos administrativos: Concepto y caracteres. Criterios de distinción: Clases de contratos.

Tema 72. La selección del contratista. Actuaciones previas a la contratación. Procedimiento y formas de adjudicación.

Tema 73. Garantías de los contratos. Clases. Cumplimiento de los contratos estudio especial del Ius Variandi en los diferentes contratos. Riesgo y Ventura y Fuerza mayor.

Tema 74. La cláusula de revisión de precios. Modificación del contrato. Incumplimiento de los contratos administrativos.

Tema 75. Estudio especial del contrato de obras: Régimen jurídico, objeto, preparación, adjudicación. Ejecución del contrato y modificación. Extinción. Contrato de Concesión de obras públicas.

Tema 76. Idea general de los contratos de gestión de servicios y suministro.

Tema 77. Formas de gestión de los servicios y actividades económicas locales: Entes locales y entes instrumentales. Clasificación de las formas gestoras. Régimen jurídico de los entes instrumentales. Criterios de selección de las formas gestoras.

Tema 78. Sociedades Privadas de los Entes Locales. Régimen jurídico de la organización de las sociedades privadas de ente público local. El personal. Los bienes. La responsabilidad patrimonial y la técnica de penetración de la personalidad.

Tema 79. Los delitos relativos a la ordenación del territorio y la protección del patrimonio histórico y del medio ambiente.

Tema 80. Delitos contra la Administración Pública. Delitos de los funcionarios públicos contra las garantías constitucionales. Atentados contra la autoridad, sus agentes y los funcionarios públicos.

Tema 81. Régimen Urbanístico de la Propiedad del Suelo: Principios generales. Clasificación y calificación del suelo como técnicas de vinculación objetiva del suelo a

destinos urbanísticos. Concepto de solar. Régimen del Suelo no urbanizable.

Tema 82. Régimen del suelo Urbano y urbanizable. Concepto. Derechos y deberes de los propietarios. Consecuencias del incumplimiento de los deberes urbanísticos.

Tema 83. La ordenación territorial: Clases de Planes de Ordenación. Naturaleza jurídica de los instrumentos de planeamiento. Régimen de su impugnación.

Tema 84. Planes Parciales: Concepto, objeto, determinaciones y documentación. Planes Especiales: Concepto y objeto. Concepto de los Estudios de Detalle.

Tema 85. Ejecución del Planeamiento. Requisitos previos. Unidades de Ejecución: Criterios y procedimiento en su delimitación. El proyecto de urbanización: Concepto, determinaciones y documentos.

Tema 86. Sistemas de actuación. Concepto, clases y elección del sistema. Sistema de compensación: Concepto y elementos. Sistema de cooperación. Sistema de expropiación. Actuaciones asistemáticas en suelo urbano: Transferencia de aprovechamientos.

Tema 87. Expropiación forzosa: Concepto y normas generales. Procedimiento. Venta forzosa. Registro de solares y terrenos sin urbanizar.

Tema 88. Intervención administrativa en la edificación y uso del suelo. Actos sujetos a licencia: Concepto y naturaleza jurídica de la licencia urbanística. Competencia y procedimiento para el otorgamiento de licencias urbanísticas.

Tema 89. La declaración de ruina: Clases, procedimiento y efectos.

Tema 90. Protección de la legalidad urbanística. Procedimiento Sancionador. Responsables de la infracción. Competencia y procedimiento

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