Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 82 de 03/05/2006

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Consejería de Medio Ambiente

RESOLUCION de 18 de abril de 2006, de la Secretaría General Técnica, por la que se abre información pública y se convoca para el levantamiento de actas previas a la urgente ocupación de los bienes y derechos a efectos de expropiación forzosa con motivo de las obras del "Pliego de Bases de la estación de tratamiento de agua potable del Andévalo (Huelva)", clave A4.321.830/2111.

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La Agencia Andaluza del Agua ha instado la incoación del expediente expropiatorio para disponer de los terrenos necesarios para la ejecución de las obras del proyecto referenciado, caracterizadas como infraestructura prioritaria en sistemas generales de la provincia de Huelva en el "Protocolo de colaboración celebrado entre la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía, la Diputación Provincial de Huelva, la Mancomunidad de Aguas Costa de Huelva, la Mancomunidad de Aguas del Condado, la Mancomunidad Cuenca Minera, la Mancomunidad del Andévalo, la Mancomunidad Sierra Minera, la Mancomunidad Sierra Occidental de Huelva y la Mancomunidad Rivera de Huelva, por el que se fijan las bases y líneas de actuación para la coordinación y mejora de la gestión de los servicio públicos de ciclo integral urbano del agua en ámbitos territoriales correspondientes", suscrito el 16 de enero de 2004. Se trata de obras de infraestructuras hidráulicas para el abastecimiento de agua en alta, incluida en la actuación "Potabilizadora comarcal y conexiones a la red general" en el ámbito territorial Sistema Andévalo.

El Pliego de Bases de las obras que motiva la expropiación ha sido debidamente aprobado por Resolución de 4 de noviembre de 2005, de la Directora General de Planificación y Gestión de la Agencia Andaluza del Agua (P.D. Resolución, de 16 de mayo de 2005), y en aplicación de lo establecido en la disposición adicional vigésima de la Ley 7/1996, de 31 de junio, esta aprobación conlleva implícita la declaración de utilidad pública y la necesidad de ocupación y adquisición de los mismos, al objeto de la expropiación, ocupación temporal y definitiva, o de imposición o modificación de servidumbres.

Así mismo, conforme al artículo 128 de la Ley 18/2003, de 29 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales y administrativas, la aprobación del proyecto referenciado supone implícitamente la declaración de urgente ocupación, siendo de aplicación en el procedimiento expropiatorio los preceptos contenidos en los artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954 y concordantes de su Reglamento, de 26 de abril de 1957.

A la vista de los antecedentes expuestos, y en virtud de las competencia que ostenta esta Consejería de Medio Ambiente, esta Secretaría General Técnica en ejercicio de las funciones atribuidas en el artículo 8 letra o) del Decreto 206/2004, de 11 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, ha resuelto:

Primero. Someter a información pública el "Pliego de Bases de la Estación de Tratamiento de Agua Potable del Andévalo (Huelva)", clave A4.321.830/2111, cuyas obras se desarrollarán en el término municipal de La Puebla de Guzmán, a los efectos siguientes:

1. Interés general para su población y general conocimiento.

2. Trámite de expropiaciones forzosas, ocupaciones y afecciones según la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954.

NOTA EXTRACTO

Descripción de las obras: El presente proyecto se enmarca en las actuaciones que tienen por objeto, en la Comarca del Andévalo, implantar el suministro de agua potable desde la Presa del Andévalo, construyendo una Estación de Tratamiento de Agua Potable, con una capacidad de tratamiento de agua bruta de 750 m/h. Partiendo de una balsa de agua bruta, se pretende instalar una toma y conducción de conexión hasta el municipio de La Puebla de Guzmán, término donde se construirá la ETAP, que implicará la instalación de nuevos procesos a fin de cumplir los parámetros de salida del agua potable que se adapten a lo dispuesto en el Real Decreto 140/2003, sobre criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano. Las obras que contemplan este Pliego de Bases incluyen obra civil de la ETAD, Equipamiento electromecánico en todos los elementos del tratamiento, electricidad, instrumentación y automatización y puesta en marcha.

1. Propietarios afectados: según relación Anexa.

Lo que se hace público para general conocimiento, abriéndose un plazo de quince (15) días hábiles, computados en la forma dispuesta en el artículo 17 párrafo primero, del Reglamento de 26 de abril de 1957, para que los propietarios que figuran en la relación adjunta y todas las demás personas o entidades que se estimen afectadas por la ejecución de las obras contenidas en el proyecto de que se trata, puedan formular por escrito ante la Delegación Provincial de esta Consejería de Huelva, las alegaciones que consideren oportunas, de acuerdo con lo previsto en la Ley de Expropiación Forzosa y en el artículo 56 del Reglamento para su aplicación. Durante el citado plazo y en horas laborables, el proyecto estará a disposición de los que soliciten examinarlo en la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente de Huelva, sita en la C/ Sanlúcar de Barrameda, 3, de Huelva.

Contra la Resolución de 4 de noviembre de 2005, por la que se aprueba el proyecto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante la Dirección Gerencia de la Agencia

Andaluza del Agua, o directamente recurso contenciosoadministrativo, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su notificación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía que corresponda, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Segundo. Iniciar la tramitación del expediente de expropiación forzosa por el procedimiento de urgencia, previsto en el art. 52 de la vigente Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, respecto a los bienes y derechos afectados para la ejecución de las obras correspondientes al "Pliego de Bases de la Estación de Tratamiento de Agua Potable del Andévalo (Huelva)", clave A4.321.830/2111, según relación anexa de interesados, bienes y derechos afectados por la expropiación en el término municipal de La Puebla de Guzmán, siendo beneficiaria de la expropiación la Mancomunidad del Andévalo que adquiere los terrenos para la ejecución de las obras que contrata la Agencia Andaluza del Agua.

Razones de operatividad y eficacia administrativa en relación con la ejecución de la obra hidráulica justifican que la Delegación Provincial de esta Consejería de Huelva tramite el procedimiento, realizando todas las gestiones en orden a la ejecución del presente acuerdo, depósitos previos y ocupación, así como la tramitación del expediente en sus fases de justiprecio y pago.

Tercero. Convocar a los propietarios afectados por el procedimiento, que figuran en la relación adjunta, para que comparezcan en las dependencias del Ayuntamiento de La Puebla de Guzmán los días del 14 al 16 de junio de 2006, en las dependencias del Ayuntamiento de La Puebla de Guzmán, a las horas que figuran al final de esta convocatoria, al objeto de proceder al levantamiento de actas previas a la ocupación de las respectivas fincas. Todo ello sin perjuicio de que los intervinientes se podrán trasladar posteriormente, si fuese conveniente, a la finca que se trate, según lo dispuesto en el artículo 52, apartado 3.º de la vigente Ley de Expropiación Forzosa.

En dicho acto se les entregarán las hojas de valoración de los depósitos previos a la ocupación y de los perjuicios por la rápida ocupación, procediendo en un acto posterior el abono de los mismos, a cuenta del justiprecio final, o al depósito en la Caja Provincial en su caso, con lo que de acuerdo con el art. 52.6 de la LEF posteriormente se procederá a la inmediata ocupación. Por otro lado, cabe manifestación conjunta que interesa seguidamente se tramite el expediente en su fase de justiprecio y que los conceptos de depósitos previo a la ocupación e indemnización de los perjuicios derivados de la rápida ocupación, si fuesen procedentes se tengan en cuenta en dicha fase, surtiendo la referida Acta los efectos de la de Ocupación, adquiriéndose la disponibilidad sobre los terrenos expropiados en relación a la ejecución de las obras del proyecto referenciado.

Según lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley de Expropiación Forzosa, durante el transcurso del acto se propondrá la adquisición de mutuo acuerdo de los bienes y derechos afectados.

Al acto convocado deberán asistir los interesados, por sí o bien representados por persona provista de poder notarial para actuar en su nombre, exhibiendo los documentos acreditativos tanto de su personalidad (DNI/NIF) como la documentación acreditativa de su titularidad (aportando Nota Simple o Certificado del Registro de la Propiedad de titularidad y cargas, escritura pública), así como el último recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles o fotocopias compulsadas de esos documentos y cualquier otro documento que estime pertinente. Podrán los comparecientes, si lo estiman oportuno, hacerse acompañar, a su costa, de peritos y Notario. En caso de incomparecencia se entenderán las diligencias con el Ministerio Fiscal, según establece el artículo 5 de la vigente Ley de Expropiación Forzosa.

La Delegación Provincial de Huelva dará traslado del emplazamiento a cada uno de los interesados mediante citación individual. A tenor de lo previsto en el artículo 59.4 de la vigente Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la norma segunda del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, la publicación de la presente convocatoria servirá como notificación a los posibles interesados que no hayan podido ser identificados, a los titulares de bienes y derechos afectados que sean desconocidos, a aquéllos de los que se ignore su domicilio y a los que intentada la correspondiente notificación no se hubiese podido practicar.

Conforme establece el artículo 56.2 del Reglamento de Expropiación Forzosa, los interesados que figuran en la relación y todas aquellas personas cuyos derechos o intereses se consideren afectadas, hasta el momento en que se proceda al levantamiento de las citadas actas previas a la ocupación podrán formular alegaciones por escrito ante la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente de Huelva, domiciliada en C/ Sanlúcar de Barrameda, 3, 23071 Huelva, a los solos efectos de subsanar posibles errores que se hayan padecido al relacionar los bienes y derechos afectados por la urgente ocupación. Durante el período señalado estarán a disposición de los interesados los planos parcelarios de la expropiación y demás documentación en las dependencias de la Delegación Provincial de esta Consejería.

ANEXO DE LA RESOLUCION DE 18 DE ABRIL DE 2006, DE LA SECRETARIA GENERAL TECNICA DE LA CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE, POR LA QUE SE CONVOCA PARA EL LEVANTAMIENTO DE ACTAS PREVIAS A LA OCUPACION: RELACION DE INTERESADOS, BIENES Y DERECHOS AFECTADOS EN EL EXPEDIENTE DE EXPROPIACION FORZOSA CON MOTIVOS DE LAS OBRAS DEL "PLIEGO DE BASES DE LA ESTACION DE TRATAMIENTO DE AGUA POTABLE DEL ANDEVALO (HUELVA)", CLAVE A4.321.830/2111

Sevilla, 18 de abril de 2006.- El Secretario General Técnico, Juan López Domech.

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