Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 82 de 03/05/2006

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Consejería de Medio Ambiente

RESOLUCION de 10 de abril de 2006, de la Dirección Provincial de Granada de la Agencia Andaluza del Agua, sobre información pública con motivo de la ejecución de la obra "Encauzamiento del Río Genil", clave: A5.435.636/2111, en el término municipal de Loja (Granada) a efectos de trámite ambiental y expropiación forzosa de terrenos a ocupar.

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Se somete a Información Pública el Proyecto "Encauzamiento del Río Genil", clave: A5.435.636/2111, cuyas obras se desarrollarán en el término municipal de Loja (Granada), a los efectos siguientes:

1.º Interés general para su publicación y general conocimiento.

2.º Trámite de expropiaciones forzosas, ocupaciones y afecciones, según Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954.

3.º Tramitación medioambiental según Ley 7/1994, de 18 de marzo, de Protección Ambiental y Decreto 153/96, de 30 de abril, de aprobación del Reglamento de Informe Ambiental, así como Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

NOTA EXTRACTO

1. Objeto del proyecto.

El presente Proyecto tiene por objeto definir las obras del encauzamiento del río Genil a su paso por el término municipal de Loja (Granada).

2. Descripción de las obras.

El trazado del encauzamiento en la margen izquierda se proyecta en muros de hormigón armado. El la margen derecha se proyectan muros de escollera, a excepción de los tramos anterior y posterior al puente Gran Capitán, que se proyectan de hormigón armado.

A lo largo del tramo objeto de encauzamiento se distinguen diversas secciones tipo en función de la tipología de muros que se encuentren en cada una de las márgenes así como de la existencia de los diversos accesos a la zona inundable.

Los muros de cada una de las márgenes se dividen en diversos ejes que se han denominado hastiales. Se identifica la margen derecha con el muro "1", distinguiéndose dentro de él los hastiales 1-1 (143 m); 1-2 (310; 250 y 315,5 m); y 1-3 (170 m). La margen izquierda se identifica con el muro "2", distinguiéndose dentro de él los hastiales 2-1 (557,4 m); 2-2 (186 m); 2-3 (410,1 m) y 2-4 (323,4 m).

Los accesos a la plataforma inundable se han designado, siguiendo el mismo criterio, como 1-1 y 1-2 en la margen derecha, y los 2-1 y 2-2 en la margen izquierda. Hay un primer acceso en la margen izquierda, situado en el inicio del encauzamiento que parte de la avenida Rafael Pérez del Alamo y desciende en rampa hasta una plataforma inundable situada junto al Puente Aliatar.

Las rampas de los accesos así como las plataformas situadas en la coronación irán dotadas de barandillas de protección.

Los muros de hormigón armado proyectados serán HA-25/B/20/IIa en alzados y HA-25/P/20Iia en cimentación y para ellos se ha escogido una sección en "T". Se han estudiado cinco secciones tipo de muro, en función de la cercanía al cauce y de la cota de cimentación respecto a la máxima avenida que están caracterizados por la altura del muro: T0 (0,0 a 2,5 m), T1 (2,5 a 3,5 m), T2 (3,5 a 4,5 m), T3 (4,5 a 5,5 m) y T4 (5,5 a 6,5 m).

Se proyecta una cimentación profunda mediante pilotes perforados de hormigón "in situ", de sección circular, construidos con entubación metálica "camisa" recuperable, de diámetros 45; 55 y 65 cm y longitudes de 24; 29 y 25 m respectivamente. El hormigón a utilizar será del tipo HA-30/F/20/IIa+Qa.

La estructura sobre el río Genil que supone el vano que se amplía presenta una luz libre de 30 metros, con una sección transversal para el tráfico con aceras de 1 metro y calzada de 7,00 metros.

3. Propietarios afectados.

Término Municipal de Loja.

Lo que se hace público para general conocimiento, abriéndose un plazo de treinta (30) días naturales contados desde el siguiente a la fecha en que aparezca inserto este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada a fin de que a tenor de lo dispuesto en el art. 86 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los que se consideren perjudicados con este Proyecto puedan presentar reclamaciones a través de los medios permitidos por el art. 38 de la expresada Ley, o bien hacerlo en el Ayuntamiento de Loja, o ante el Director Provincial de la Agencia Andaluza del Agua en Granada calle Marqués de la Ensenada, 1, Granada 18071, en cuyas oficinas durante los mismos días y en horas hábiles está expuesto el citado Proyecto, a disposición de los que soliciten examinarlo.

Granada, 10 de abril de 2006.- El Director, Gerardo Sánchez Escudero.

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