Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 101 de 23/05/2007

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

Resolución de 23 de abril de 2007, sobre la modificación núm. 24 del Plan General de Ordenación Urbanística de Jerez de la Frontera (Cádiz) en el ámbito denominado Complejo Bodeguero Rancho Croft.

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El Ayuntamiento de Jerez de la Frontera (Cádiz) ha tramitado el presente expediente de Modificación del Plan General Municipal de Ordenación Urbanística de dicho municipio relativa al ámbito de suelo urbano denominado "Complejo Bodeguero Rancho Croft", de 301.842,21 m2 de superficie, que el plan vigente contempla con uso global de Actividad Económica o Industrial dentro de la zona de ordenanza 7.Bodeguera, subzona 7.B Exterior; proponiendo la Modificación su división en dos ámbitos y nuevos usos, industrial y residencial en un porcentaje de 20 y 80% respectivamente.

La Modificación ha sido informada por la Delegación Provincial de esta Consejería en Cádiz el 31 de mayo de 2006 y 9 de junio de 2006. La Dirección General de Urbanismo ha emitido informe el 23 de abril de 2007.

El artículo 4.3.c) del Decreto 220/2006, de 19 de diciembre, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, en relación con el artículo 31.2.B.a) y 36.2.c.1.ª de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, atribuye al titular de la Consejería de Obras Públicas y Transportes la competencia para resolver sobre la aprobación de las modificaciones de Planes Generales de Ordenación Urbanística, cuando afecte a la ordenación estructural, en municipios de más de 100.000 habitantes.

Vistos los informes mencionados y las disposiciones legales de aplicación y de acuerdo con las competencias que tengo atribuidas por el art. 4.3.c del Decreto 220/2006,

RESUELVO

Primero. Denegar la Aprobación definitiva de la Modificación del Plan General de Ordenación Urbanística de Jerez de la Frontera en el ámbito denominado "Complejo Bodeguero Rancho Croft" al no ajustarse en los aspectos siguientes de su tramitación, alcance y determinaciones a la legislación urbanística de aplicación.

a) El alcance de las modificaciones incorporadas supera el previsto en el artículo 38 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, estando en uno de los supuestos del artículo 37 de la misma para la Revisión del Plan General.

b) No se define de forma suficiente la cuantía e incidencia del incremento de la edificabilidad y del aprovechamiento con respecto a los establecidos en el planeamiento vigente, así como su repercusión en el área de reparto en la que se integran estos terrenos; no cumpliéndose de forma adecuada las previsiones del artículo 10.1.A. d y f y del 58 y siguientes de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre.

c) El incremento de viviendas y población derivado del nuevo uso lucrativo propuesto, en concreto residencial, no se acompaña del necesario incremento de las reservas de Sistemas Generales de áreas libres que establece el artículo 10 A) c) c.1) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre. Sin preverse asimismo las medidas compensatorias necesarias para mantener la proporción y calidad de las dotaciones, de acuerdo con el artículo 36 de la misma Ley.

d) La ordenación urbanística propuesta, en relación con las dotaciones locales de equipamientos y áreas libres, no procura suficientemente la coherencia, funcionalidad y accesibilidad de las dotaciones y equipamientos, ni su ubicación se establece de forma que se fomente su adecuada articulación y vertebración, como se recoge en el artículo 9 E) de la Ley 7/2002, de 19 de diciembre.

Segundo. Este Acuerdo se notificará al Ayuntamiento de Jerez de la Frontera y se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, según lo previsto en el artículo 41.1 y 2 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre.

Contra el presente Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación o, en su caso, publicación de esta Resolución, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 24.1 del Decreto 220/2006, de 19 de diciembre, y contencioso-administrativo, ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la notificación o, en su caso, publicación de esta Resolución, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla 23 de abril de 2007

concepción gutiérrez del castillo

Consejera de Obras Públicas y Transportes

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