Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 109 de 04/06/2007

4. Administración de justicia

Otros. Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 11 de mayo de 2007, del Juzgado de Primera Instancia núm. Siete de Málaga, dimanante del procedimiento núm. 911/2006. (PD. 2119/2007).

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NIG: 2906742C20060016764.

Procedimiento: Verbal-Desh. f. pago (N) 911/2006. Negociado: 1.

Sobre: Desahucio por falta de pago de las rentas.

De: Don Antonio Orejón García y María Luna Jiménez.

Procurador: Sr. Esteban Vives Gutiérrez.

Contra: Don Miguel Angel Orejón Luna y Josefa Pendón Luque.

Procurador: Sr. y Javier Bueno Guezala.

EDICTO

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Verbal-Desh. f. pago (N) 911/2006, seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Siete de Málaga a instancia de Antonio Orejón García y María Luna Jiménez contra Miguel Angel Orejón Luna y Josefa Pendón Luque sobre desahucio por falta de pago de las rentas, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo es como sigue:

SENTENCIA NUM. 295/2006

En Málaga, a nueve de octubre de dos mil seis.

La Sra. doña María Teresa Sáez Martínez, Magistrada-Juez del Juzg. de Primera Instancia núm. Siete de Málaga y su partido, habiendo visto los presentes autos de Verbal Desh. f. pago (N) 911/2006, seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante don Antonio Orejón García y María Luna Jiménez con Procurador don Esteban Vives Gutiérrez y Letrado don Fernando González Martín; y de otra como demandado don Miguel Angel Orejón Luna y Josefa Pendón Luque con Procurador don Javier Bueno Guezala y Letrado don Manuel Huertas Cantero, sobre desahucio por falta de pago de las rentas, y,

Por todo lo cual, vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

FALLO

Que debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento a que se contrae la demanda, y en consecuencia haber lugar al desahucio solicitado por el procurador Sr. Vives Gutiérrez, en nombre y representación de don Antonio Orejón García y doña María Luna Jiménez, sobre la vivienda sita en C/ Fortuny, 1; 41 B, de Málaga, condenando a los demandados don Miguel Angel Orejón Luna y a doña Josefa Pendón Luque, a que la desalojen y deje libre y a disposición de la actora, en el término de un mes, bajo apercibimiento de ser lanzados de la misma judicialmente si así no lo hicieren. Todo ello, con imposición al demandado del pago de las costas de este procedimiento.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación, que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en término de cinco días.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Miguel Angel Orejón Luna, en paradero desconocido, extiendo y firmo la presente en Málaga, a once de mayo de dos mil siete.- El/La Secretario.

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