Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 114 de 11/06/2007

4. Administración de justicia

Otros. Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 21 de mayo de 2007, del Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Torremolinos (Antiguo Mixto núm. Seis), dimanante del procedimiento ordinario núm. 1546/2005. (PD. 2253/2007).

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NIG: 2990142C20050005995.

Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 1546/2005. Negociado: EN.

Sobre: Adquisición por prescripción adquisitiva ordinaria de la finca registral 9381 del Registro de la Propiedad número 10 de Málaga.

De: Don Antonio Solano Valverde.

Procurador: Sr. Salvador Bermúdez Sepulveda.

Contra: Don Edward Maurice Adderley.

EDICTO

Hago saber: Que en el procedimiento Proced. Ordinario (N) 1546/2005 seguido en el J. Primera. Instancia núm. 2 de Torremolinos (Antiguo Mixto núm. 6) a instancia de Antonio Solano Valverde contra Edward Maurice Adderley, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NUM. 126/07

En Torremolinos, a diecisiete de mayo de dos mil siete.

Vistos por mí, doña Ana Matilla Rodero, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia Dos de los de Torremolinos, los presentes autos de Juicio Ordinario, registrado con el número 1546/2005, y seguido entre partes de una y como demandante don Antonio Solano Valverde, representado por el Procurador don Salvador Bermúdez Sepúlveda y asistido por el Letrado don Francisco Vázquez Díaz, y de otra y como demandado don Edward Maurice Adderley y sus posibles desconocidos herederos, todos ellos en ignorado paradero y en situación procesal de rebeldía, sobre acción declarativa y rectificación registral, y atendidos los siguientes

F A L L O

Que, estimando la demanda formulada por el Procurador don Salvador Bermúdez Sepúlveda, en nombre y representación de don Antonio Solano Valverde, contra don Edward Maurice Adderley, en situación de rebeldía, resuelvo lo siguiente:

1.º Debo declarar y declaro suficientemente acreditada la adquisición por el referido demandante para su sociedad de gananciales del dominio de la vivienda sita en la planta primera de la Urbanización Los Tres Caballos, apartamento letra F (antes C-2), partido Arraijamal, de Torremolinos (Málaga), finca núm. 9.381 del Registro de la Propiedad núm. Diez de Málaga, con efectos retroactivos desde el día 31 de mayo de 1983.

2.º Como consecuencia de la anterior declaración, debo mandar y mando llevar a cabo la rectificación del asiento de inscripción de la finca últimamente expresada, extendiéndose inscripción de dominio de la misma a favor del demandante; cuya rectificación en ningún caso perjudicará los derechos adquiridos por tercero a título oneroso de buena fe durante la vigencia del asiento rectificado.

Todo ello sin expresa condena en costas.

Modo de impugnacion: mediante recurso de Apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga (artículo 455 LEC).

El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LEC).

Notifíquese la presente resolución a las partes de este procedimiento.

Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo. E/.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma legal al demandado Edward Maurice Adderley, que se encuentra en situación procesal de rebeldía e ignorado paradero, expido y firmo la presente en Torremolinos, a veintiuno de mayo de dos mil siete.- El/La Secretario.

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