Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 13 de 18/01/2007

3. Otras disposiciones

Otros. Empresas

Resolución de 16 de mayo de 2006, del Consorcio Parque de las Ciencias, por la que se conceden dos becas de monitores/as para el Programa de Divulgación Científica de Andalucía en medios de comunicación. (PP. 2070/2006).

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En virtud de la convocatoria publicada en el BOJA núm.

59, de 28 de marzo de 2006, de conformidad con el informe de la Comisión de Selección de fecha 9 de mayo, y las atribuciones que me confieren los vigentes Estatutos del Consorcio Parque de las Ciencias, y demás normativa de pertinente aplicación, esta Presidenta

HA RESUELTO

1. Conceder becas a:

Manuel del Valle Muñoz.

Juan M. Maldonado Izquierdo.

2. La dotación de la beca cubrirá los siguientes aspectos:

- Una asignación de 780

mensuales.

- Seguro combinado de accidentes individuales, intervención quirúrgica, hospitalización y asistencia médica. Este último extremo será extensible al cónyugue e hijos del beneficiario siempre que no posean cobertura de la Seguridad Social.

El pago de la beca se efectuará tal como consta en las bases de la convocatoria. Estas becas serán incompatibles con cualquier otra retribución, beca o ayuda no autorizadas expresamente por la Coordinación del Programa, así como con sueldos o salarios que impliquen vinculación contractual o estatutaria del interesado, salvo los contratos derivados de la aplicación del artículo 11 de la Ley de Reforma Universitaria o del artículo 11, núm. 2, de la Ley de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica. Las cantidades indebidamente percibidas por los becarios deberán ser reintegradas al Consorcio Parque de las Ciencias,

La aceptación de la beca por parte del beneficiario implica la de la normas fijadas en la citada convocatoria, así como las que establezca la Coordinación del Programa para el seguimiento de la actividad y de las que resulten de aplicación en virtud del carácter público de los fondos empleados para la financiación de este Programa.

Como adjudicatario de la beca estará obligado a:

- Incorporarse a su centro de aplicación en el plazo de siete días desde la notificación de la concesión de la beca, salvo que cuente con autorización de aplazamiento, entendiéndose la no incorporación como renuncia a la beca.

- Realizar su labor en el Centro de aplicación de la beca, siendo necesario para cualquier cambio de Centro, ausencia temporal o renuncia por parte de aquel, solicitar la previa autorización de la Coordinación del Programa.

- Una vez finalizado el período para el que se ha concedido la beca, deberá presentar ante la Coordinación del Programa un informe del trabajo desarrollado con el visto bueno del tutor.

- Justificar mediante declaración jurada que ha cumplido los requisitos y condiciones que determinan la concesión y disfrute de la beca.

3. Notificar a los interesados esta Resolución a los efectos legales oportunos.

4. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer un recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en los términos y de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa; o potestativa mente recurso de reposición en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a aquella publicación, ante la Presidencia del Consorcio Parque de las Ciencias, de conformidad con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Granada, 16 de mayo de 2006.- La Presidenta, Cándida Martínez López.

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