Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 14 de 19/01/2007

4. Administración de justicia

Otros. Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 27 de septiembre de 2006, del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Granada, dimanante del procedimiento verbal núm. 436/2005. (PD. 120/2007).

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Número de Identificación General: 1808742C20050007145.

Procedimiento: Verbal-Desh. F. Pago (N) 436/2005. Negociado: OL.

EDICTO

En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:

SENTENCIA NUM. 107/06

Juez que la dicta: Don José Manuel García Sánchez.

Lugar: Granada.

Fecha: Diecinueve de septiembre de dos mil seis.

Parte demandante: Mercedes Rodríguez Rodríguez.

Abogado: Francisco de Asís Gómez Montalvo.

Procurador: Gonzalo de Diego Fernández.

Parte demandada: Sandra Pérez Archilla.

Objeto del juicio: Desahucio por falta de pago y reclamación de rentas.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Por el procurador de los Tribunales don Gonzalo de Diego Fernández, en nombre y representación de doña Mercedes Rodríguez Rodríguez, representación acreditada mediante escritura de poder, presentó escrito que por reparto correspondió a este Juzgado, promoviendo demanda de juicio verbal de desahucio por falta de pago contra doña Sandra Pérez Archilla , con base en los hechos y fundamentos de derecho que en el mismo se señalan y que en la presente se dan por reproducidos, terminado con la súplica de que, en su día, se dictara sentencia por la que se declarara haber lugar al desahucio del local sito en Granada, C/ Palencia, núm. 11, local 11, apercibiendo de lanzamiento en los plazos legales.

Segundo. Señalado para el Juicio Verbal prevenido por la Ley, el mismo tuvo ocasión el día 13 de septiembre de 2006, al cual comparecío la parte actora, no compareciendo el demandado, por lo que por la representación de la parte actora se solicitó se declare el desahucio sin más trámite.

Tercero. Que en la sustanciación del presente juicio se han observado todas las prescripciones legales y de aplicación al supuesto de litis.

FALLO

Que, estimando la demanda presentada por don Gonzalo de Diego Fernández, en nombre y representación de doña Mercedes Rodríguez Rodríguez, contra doña Sandra Pérez Archilla, debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento suscrito entre ambas partes sobre la finca descrita en el hecho primero de la demanda; y, en consecuencia, debo condenar y condeno a la demandada al desahucio de la misma, con apercibimiento de lanzamiento si no lo verifica voluntariamente antes de ejecución de sentencia; así como a que satisfaga a la actora la cantidad de mil trescientos treinta y cinco con cuarenta y ocho euros (1.335,48), adeudados al tiempo de interposición de la demanda, más las rentas y cantidades asimiladas que se devenguen desde dicho momento hasta la fecha de efectivo desalojo de la finca. Todo ello, con imposición de costas a la parte demandada.

Contra la presente sentencia cabe interponer recurso de apelación dentro del plazo de cinco días contados desde el siguiente a la notificación.

Así, por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, la pronuncio, mando y firmo.

Publicación. La anterior sentencia ha sido dada, leída y publicada por el lmo. Sr. Magistrado-Juez, hallándose celebrando audiencia pública en el día de su fecha. Doy fe.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, por providencia de 21 de junio de 2006, el señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón de anuncios del Juzgado y BOJA para llevar a efecto la diligencia de notificación de sentencia a la demandada.

En Granada, a veintisiete de septiembre de dos mil seis.-El/La Secretario/a Judicial.

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