Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 142 de 19/07/2007

5. Anuncios5.2. Otros anuncios

Consejería de Gobernación

ANUNCIO de 6 de julio de 2007, de la Secretaría General Técnica, por el que se notifica la Resolución adoptada por el Secretario General Técnico al recurso de alzada interpuesto por don Víctor Fuentes López, en nombre y representación de Puente Onuba Promociones, S.L. contra otra dictada por el Delegado del Gobierno de Sevilla, recaída en el expediente 41-000056-06-P.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común e intentada sin efecto la notificación personal a don Víctor Fuentes López, en nombre y representación de Puente Onuba Promociones, S.L. de la Resolución adoptada por el Secretario General Técnico, al recurso administrativo interpuesto, contra la dictada por el Delegado del Gobierno de la Junta de Andalucía en Sevilla, por la presente se procede a hacer pública la misma, al no haberse podido practicar en su domicilio reproduciéndose a continuación el texto integro:

Se le comunica que el expediente administrativo se encuentra en las dependencias del Servicio de Legislación de esta Secretaría General Técnica (Plaza Nueva, 4, Sevilla), pudiendo acceder al mismo previa acreditación de su identidad.

«En la ciudad de Sevilla, 12 de junio de 2007.

Visto el recurso de alzada interpuesto y sobre la base de los siguientes antecedentes.

Primero. El Delegado del Gobierno de la Junta de Andalucía en Sevilla dictó la Resolución de referencia, por la que se le impone una sanción de 15.200 euros, tras la tramitación del correspondiente expediente, por los siguientes hechos:

- Ofertar viviendas para su venta sin cumplir correctamente los deberes de información que le impone el RD 515/1989.

- Obtener de los compradores cantidades a cuenta del precio de las viviendas sin asegurarlas ni afianzarlas.

- Introducir cláusula abusiva en el contrato de reserva suscrito con sus clientes.

En cuanto a los fundamentos de derecho, nos remitimos a la Resolución impugnada en aras del principio de economía procesal.

Segundo. Contra la anterior Resolución el interesado interpuso recurso de alzada, alegando lo que a su derecho convino.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Esta Secretaría General Técnica es competente, por delegación del Consejero realizada por la Orden de 30 de junio de 2004, para conocer y resolver el presente recurso, a tenor de lo dispuesto en los artículos 114.1 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (en adelante, LRJAP-PAC), y 39.8 de la Ley del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en relación con el Decreto del Presidente 11/2004, de 24 de abril, sobre reestructuración de Consejerías y el Decreto 199/2004, de 11 de mayo, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Gobernación.

Segundo. El artículo 115.1 de la LRJAP-PAC, da como plazo para la interposición de recurso de alzada contra las Resoluciones administrativas el de un mes a partir, según su artículo 48.2, del día siguiente al de su notificación. A la vista de la fecha de la notificación de la Resolución (27.6.06) y de la de interposición del recurso de alzada (28.7.06), éste fue interpuesto fuera del plazo legalmente establecido, por lo que deviene firme la Resolución recurrida.

Vistos los preceptos citados y normas de general y especial aplicación,

R E S U E L V O

Inadmitir por extemporáneo el recurso de alzada interpuesto por don Víctor Fuentes López, en representación de Puente Onuba Promociones S.L. contra la Resolución del Delegado del Gobierno de la Junta de Andalucía en Sevilla recaída en el expediente núm. 41-000056-06-P, y en consecuencia mantener la misma en sus propios términos.

Notifíquese al interesado, con indicación de los recursos que procedan. El Secretario General Técnico. Fdo.: Rafael Cantueso Burguillos».

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, ante los correspondientes órganos judiciales de este Orden, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Sevilla, 6 de julio de 2007.- El Jefe de Servicio de Legislación, Manuel Núñez Gómez.

Descargar PDF