Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 149 de 30/07/2007

3. Otras disposiciones

Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa

Resolución de 2 de julio de 2007, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se delega la competencia para otorgar la condición de productor de energía eléctrica en régimen especial en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa.

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El Real Decreto 661/2007, de 25 de mayo, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica en régimen especial, modifica sustancialmente el régimen económico y jurídico para esta forma de producción de energía eléctrica, y en consecuencia, el procedimiento administrativo para acogerse al mismo.

En el anterior R.D. 436/2004, de 12 de marzo, la Condición de productor de energía eléctrica en régimen especial se otorgaba de forma simultánea con la inscripción previa de la planta en el registro administrativo de la Comunidad Autónoma de Andalucía, cuya competencia correspondía a la Dirección General de Industria, Energía y Minas. Esto obligaba a que los expedientes para acogerse al régimen especial y, por consiguiente, la concesión de la citada Condición tuviesen necesariamente que resueltos por la propia Dirección General.

El procedimiento establecido en el nuevo Real Decreto, a diferencia del anterior, separa la concesión de la Condición de productor de energía eléctrica en régimen especial de la inscripción previa que seguirá siendo competencia de la Dirección General, pero, en este caso, una vez construida la instalación y disponiendo la misma de Acta de puesta en marcha para pruebas.

En consecuencia con lo anterior, con objeto de agilizar la tramitación de los expedientes, esta Dirección General de Industria Energía y Minas, estima necesario ampliar las competencias ya delegadas en materia de energía eléctrica, en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, con la incorporación a las mismas de la correspondiente a la concesión de la Condición de productor de energía eléctrica en régimen especial.

En virtud de lo expuesto anteriormente, de conformidad con la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía; el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Decreto del Presidente 11/2004, de 24 de abril, sobre reestructuración de Consejerías, y el Decreto 201/2004, de 11 de mayo, por el que se regula la Estructura Orgánica de la Consejería de Innovación Ciencia y Empresa, esta Dirección General de Industria Energía y Minas,

RESUELVE

Primero. Delegar la competencia para otorgar la Condición de instalación de producción de energía eléctrica, contemplada en el artículo 6 del R.D. 661/2007, de 25 de mayo, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica en régimen especial, en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa.

Segundo. Los expedientes que al día de la fecha de la presente resolución hayan tenido entrada en esta Dirección General para la concesión de la Condición de productor de energía en régimen especial serán resueltos por la propia Dirección General y, posteriormente, remitidos a las Delegaciones Provinciales para continuar el procedimiento.

Tercero. Una vez que las instalaciones dispongan de Acta de Puesta en Marcha, ya sea para pruebas o definitiva, se remitirá, a esta Dirección General, la documentación exigida por los artículos 11 y 12, respectivamente, del R.D. 661/2007, de 25 de mayo, para proceder a la correspondiente inscripción en el Registro Administrativo.

Contra la presente Resolución que no pone fin a la vía administrativa podrá interponer recurso de alzada, ante el Excmo. Sr. Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa, en el plazo de un mes contado a partir del día de su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114.2 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 2 de julio de 2007.- El Director General, Jesús Nieto González.

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