Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 152 de 02/08/2007

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Consejería de Salud.

Resolución de 28 de junio de 2007, de la Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional del Servicio Andaluz de Salud, Dirección Gerencia del Area Hospitalaria "Virgen Macarena", por la que se convoca concurso de méritos para la cobertura de Supervisores de Enfermería del Area Hospitalaria "Virgen Macarena", puestos clasificados como Cargos Intermedios, en la Orden de la Consejería de Salud de 5 de abril de 1990, por la que se establece el régimen funcional de las plantillas de los Centros Asistenciales del SAS.

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Siendo precisa la cobertura de puestos clasificados como cargos intermedios, según Orden de la Consejería de Salud de 5 de abril de 1990, por la que se establece el régimen funcional de las plantillas de los Centros Asistenciales del SAS, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud, así como en el Decreto 75/2007, de 13 de marzo, por el que se regula el sistema de provisión de puestos directivos y cargos intermedios de los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, la Dirección Gerencia del Area Hospitalaria "Virgen Macarena".

RESUELVE

Primero. Convocar concurso de méritos para la cobertura de los puestos, clasificados como cargos intermedios, que se detallan en el Anexo IV.

Segundo. Aprobar las bases y los baremos de méritos, contenidos en los Anexos I y III que regirán la convocatoria. En lo no previsto en los mismos se regirá por lo dispuesto en la Orden de 5 de abril de 1990, de la Consejería de Salud, Decreto 75/2007, de 13 de marzo, y demás disposiciones vigentes que le sean de aplicación.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Dirección Gerencia de este Area Hospitalaria o ante la Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional en el plazo de un mes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 28 de junio de 2007.- La Directora Gerente, Pilar Serrano Moya.

ANEXO I

BASES REGULADORAS DEL CONCURSO DE MERITOS PARA LA COBERTURA DE SUPERVISORES DE ENFERMERIA

1. Sistema de provisión.

1.1. La provisión de los puestos convocados se llevará a cabo por el sistema de concurso de méritos, que constará de dos fases: Evaluación Curricular y de las competencias profesionales y Memoria Funcional y Proyecto Técnico de Gestión, que se valorarán cuantitativamente en base a las siguientes puntuaciones máximas:

- Primera fase. Evaluación Curricular y de las competencias profesionales: 60 puntos.

- Segunda fase. Memoria Funcional y Proyecto Técnico de Gestión: 40 puntos.

1.2. En la primera fase, la Comisión de Selección podrá rechazar aquellas candidaturas de profesionales que no alcancen el nivel competencial exigido.

1.3. La valoración de los méritos del currículum profesional se realizará por la Comisión de valoración, con arreglo al baremo que se publica como Anexo III de la presente convocatoria.

2. Requisitos de los aspirantes.

2.1. Los aspirantes deberán reunir los requisitos establecidos en el artículo 30.5 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, según se señalan a continuación, referidos al último día de plazo de presentación de solicitudes, y mantenerlos durante todo el proceso selectivo hasta, en su caso, el momento de la toma de posesión de la plaza adjudicada, sin necesidad de estar previamente vinculada como personal funcionario o estatutario al Sistema Nacional de Salud:

2.1.1. Tener cumplidos dieciocho años y no exceder de la edad de jubilación forzosa

65 años.

2.1.2. Poseer la nacionalidad española, de un Estado miembro de la Unión Europea o del Reino de Noruega, de Liechtenstein o de la República de Islandia; ser cónyuge, descendiente o descendiente del cónyuge, de los españoles o de los nacionales de países miembros de la Unión Europea, de Noruega, Liechtenstein o Islandia, siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Igualmente se extenderá a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

2.1.3. Poseer la titulación de Diplomado en Enfermería y/o ATS, expedida por el Ministerio de Educación y Ciencia, o por los órganos competentes de los países citados en el apartado anterior, o por cualquier otro país siempre que estén oficialmente reconocidos y/o homologados por el citado Ministerio; o estar en condiciones de obtener dicho título dentro del plazo de presentación de solicitudes.

2.1.4. Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las tareas que se deriven del correspondiente nombramiento.

2.1.5. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Servicio de Salud o Administración Pública, en los seis años anteriores a la convocatoria, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas ni, en su caso, para la correspondiente profesión.

2.1.6. En el caso de los nacionales de los otros Estados mencionados en el apartado 2.1.2 no encontrarse inhabilitado, por sanción o pena, para el ejercicio profesional, o para el acceso a funciones o servicios públicos en un Estado miembro ni haber sido separado por sanción disciplinaria, de alguna de sus Administraciones o Servicios Públicos en los seis años anteriores a la convocatoria.

3. Características de los puestos de cargos intermedios convocados.

Los cargos intermedios que se convocan pertenecen al ámbito de la Dirección de Enfermería del Area Hospitalaria Virgen Macarena, y tendrán asignadas las siguientes funciones:

3.1. Gestionar los cuidados de Enfermería de la Unidad.

3.2. Cumplir los objetivos de Enfermería planificados para su Unidad.

3.3. Participar, desarrollar y potenciar la docencia e investigación dentro de su Unidad.

3.4. Gestionar y evaluar los recursos humanos de la Unidad.

3.5. Gestionar los recursos materiales adscritos a su Unidad.

3.6. Gestionar los servicios de soportes.

3.7. Asegurar las condiciones para la comunicación y la cooperación dentro de la Unidad y entre los propios profesionales, usuarios y familias.

3.8. Gestionar adecuadamente las contingencias de la Unidad.

3.9. Crear las condiciones para facilitar el compromiso profesional, institucional y personal.

3.10. Asumir las funciones de liderazgo.

3.11. Asumir las funciones que, en su caso, le sean delegadas por la Dirección de Enfermería.

4. Solicitudes y documentación.

4.1. Las solicitudes se ajustarán al modelo que figura en la presente convocatoria como Anexo II, que se podrá obtener en la Unidad de Atención al Profesional de este Hospital y en el Registro General del Area Hospitalaria "Virgen Macarena".

4.2. Las solicitudes se dirigirán a la Directora Gerente del Area Hospitalaria "Virgen Macarena" y podrán presentarse en el Registro General del Area Hospitalaria "Virgen Macarena" o de acuerdo con lo previsto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

4.3. El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en BOJA.

4.4. Las solicitudes deberán ir necesariamente acompañadas de la siguiente documentación:

4.4.1. Fotocopia del DNI.

4.4.2. Copia compulsada de la titulación académica exigida en el apartado 2.1.3.

4.4.3. Autobaremación.

4.4.4. Currículum profesional, adjuntando documentos acreditativos, que permitan la valoración de los méritos.

4.4.5. En su caso, Certificación de ostentar nombramiento de personal estatutario fijo del Sistema Nacional de Salud.

4.4.6. Memoria Funcional sobre planificación de cuidados, organización y gestión de la Unidad/Area de actividad del puesto convocado, que estará enmarcada dentro de los objetivos generales del área y la Dirección de Enfermería, así como sobre incentivación, formación y evaluación del personal.

5. Admisión de solicitudes.

5.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Dirección Gerencia del Area Hospitalaria "Virgen Macarena" aprobará resolución comprensiva de las listas de admitidos y excluidos con expresión de nombre, apellidos, DNI y causa de exclusión, en su caso. En dicha Resolución se designarán los miembros que compondrán la Comisión de Selección a la que alude el punto 6 de esta convocatoria.

5.2. Las listas se publicarán en los tablones de anuncios del Area Hospitalaria "Virgen Macarena" y en la página web del SAS, considerándose dicha publicación como requerimiento a los interesados, a los efectos previstos en la Ley 30/1992. Contra la lista de admitidos y excluidos, los interesados podrán interponer reclamación, en el plazo de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación, ante la Dirección Gerencia del Area Hospitalaria "Virgen Macarena".

5.3. Transcurrido el plazo de reclamación contra la lista provisional y, una vez resueltas las reclamaciones, se publicará la lista definitiva de admitidos.

5.4. Una vez publicado dicho listado, se constituirá la Comisión de Selección, al objeto de proceder a la valoración de los distintos participantes en cada una de las fases del proceso de selección.

6. Comisión de Selección.

6.1. Composición. De acuerdo con lo establecido en el artículo 12 del Decreto 75/2007, de 13 de marzo, se constituirá una Comisión de Selección, cuya composición será la siguiente:

Presidenta:

- La Directora Gerente del HUVM o persona en quien delegue.

Cuatro vocales designados por la persona que ejerza la presidencia

- Un/a Subdirector/a de Enfermería del HUVM.

- Un/a Enfermero/a con plaza en propiedad del Area a propuesta de la Junta de Enfermería.

- Un Jefe de Bloque o Supervisor/a de Enfermería.

- Un representante de la Unidad/área de actividad en la que se vaya a cubrir el puesto, con igual o superior categoría, a propuesta de los supervisores que componen el área de actividad.

Secretario:

Desempeñada por el responsable de la gestión de recursos humanos o por persona en quien delegue, que actuará con voz, pero sin voto.

En caso de vacante, ausencia o enfermedad, la Directora Gerente del Area Hospitalaria "Virgen Macarena" designará a los sustitutos que sean precisos para los miembros de la Comisión de Selección.

6.2. La Comisión de Selección sólo estará válidamente constituida y en condiciones de tomar acuerdos, cuando estén presentes la mayoría de sus miembros y, en todo caso, con el Presidente o su suplente.

6.3. Abstención y recusación: Los miembros de la Comisión de Selección deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Dirección Gerencia del Area Hospitalaria, cuando concurran en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Asimismo los aspirantes podrán promover recusación de los miembros del Tribunal en los casos previstos en el párrafo anterior.

7. Publicidad de la convocatoria.

La presente convocatoria se publicará en el BOJA, en la página web del SAS, así como en los tablones de anuncios de todos los centros sanitarios del Area de Salud correspondiente, y se remitirá, para su publicación, al Servicio Andaluz de Empleo.

8. Resolución de la convocatoria.

8.1. El plazo máximo para la que la Dirección Gerencia haga pública la resolución de la convocatoria será de seis meses, a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BOJA. Contra dicha resolución se podrá interponer recurso de alzada ante la Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional.

8.2. Una vez concluidas las actuaciones, la Comisión de Selección hará públicas las puntuaciones obtenidas por todos los candidatos en los tablones de anuncios del Area Hospitalaria "Virgen Macarena".

8.3. La Comisión elevará a la Dirección Gerencia la Resolución provisional del concurso, con indicación de la puntuación obtenida por cada una de las personas concursantes. Dicha resolución podrá, motivadamente, declarar desierto el cargo a proveer, cuando no concurran personas idóneas para su desempeño.

8.4. La Dirección Gerencia dictará resolución provisional con la propuesta de la Comisión, que será publicada en los tablones de anuncios del mismo y en la página web del SAS Contra dicha resolución las personas interesadas podrán presentar alegaciones en el plazo de 15 días naturales, a contar desde el día siguiente a la publicación de la misma.

8.5. La Resolución definitiva será motivada, incluirá respuestas a las alegaciones a la resolución provisional y contendrá el nombramiento de la persona que haya obtenido mayor puntuación, o en caso contrario declarará desierta la convocatoria.

8.6. Dicha Resolución definitiva se publicará en los tablones de anuncios del Centro y en la página web del Servicio Andaluz de Salud.

9. Nombramiento y efectos.

9.1. La persona designada obtendrá un nombramiento para el desempeño del cargo por un período de cuatro años, que habrá de ser, necesariamente, en régimen de dedicación exclusiva, que en ningún caso, implicará el traslado de la plaza básica de la que, en su caso, sea titular y, quien lo ocupe, será objeto de evaluación al final de cada periodo de cuatro años de desempeño efectivo (sin perjuicio de que, con carácter excepcional y a los efectos de su continuidad o no en el puesto, por concurrir circunstancias que afecten al buen funcionamiento del servicio, la Dirección del Centro pueda instar la evaluación de forma anticipada, previa comunicación motivada a la persona interesada).

9.2. Al personal del Servicio Andaluz que resulte nombrado, se le reservará la plaza de origen, siempre que la ostente con carácter definitivo, o aquella que durante el desempeño del cargo pudiera obtener en concurso de traslados. Si la ostenta con destino provisional o en interinidad, la reserva de la plaza de origen quedará condicionada al propio carácter provisional del destino o, en el caso de ostentarse mediante un nombramiento interino, quedará reservada, mientras tanto no sea cubierta por el procedimiento reglamentario correspondiente, o se proceda a su amortización.

9.3. De resultar designada una persona procedente de otro Servicio de Salud, quedará en su plaza de origen en la situación administrativa que le corresponda, perdiendo todo vínculo con el Servicio Andaluz de Salud, en el caso de no superar las evaluaciones que correspondan o ser cesada por cualquier otra de las causas previstas en el artículo 16 del Decreto 75/2007, de 13 de marzo.

ANEXO II

SOLICITUD DE PARTICIPACION EN EL PROCESO SELECTIVO PARA LA COBERTURA DE CARGO INTERMEDIO

Don/doña

........................................................................Con DNI núm ...................................... y domicilio en ..............................................................................................................., núm. teléfono ...................................., en posesión del título de ........................................................................... y, en su caso, plaza en propiedad en ................................................................

SOLICITA:

Participar en la Convocatoria Pública para la provisión del puesto de ......................................................................, convocada mediante Resolución de la Dirección Gerencia del área Hospitalaria Virgen Macarena de fecha 28.6.07, y publicada en fecha ............................................... Para lo cual, aporta la siguiente documentación (enumerar):

ANEXO III

BAREMO DE MERITOS

A) Expediente académico (máximo 6 puntos)

I. Por cada Matrícula de Honor en los estudios de la Diplomatura de Enfermería o estudios de ATS/DUE: 3 puntos.

Por cada Sobresaliente en los estudios de Diplomatura de Enfermería o estudios de ATS/DUE: 2 puntos.

Por cada Notable en los estudios de la Diplomatura de Enfermería o estudios de ATS/DUE: 1 punto.

La suma de las puntuaciones se dividirá por el número total de las asignaturas de la Diplomatura/estudios de ATS/DUE expresando el cociente con los dos primeros decimales obtenidos.

B) Formación de PST-Grado (máximo 12 puntos)

III. Por cada curso de Administración y Gestión de servicios sanitarios, cursados en centros acreditados de duración de un año o con carga lectiva de más de 400 horas: 4 puntos.

IV. Por cada curso de Administración y Gestión de servicios sanitarios, cursados en Centros acreditados, con carga lectiva comprendida entre 100 y 399 horas: 2 puntos.

V. Por cada curso de Administración y Gestión de servicios sanitarios, cursados en Centros acreditados, con carga lectiva comprendida entre 20 y 99 horas: 1 punto.

VI. Por cada curso de post-grado, cursados en Centros acreditados, no recogidos en los apartados II, IV y 5, con carga lectiva superiores a 20 (hasta un máximo de 3 puntos): 0,25 puntos.

C) Experiencia profesional asistencial (máximo 18 puntos)

VII. Por mes completo trabajado como ATS/DUE o Matrona en Centro Sanitarios Públicos de la Unión Europea. 0,1 puntos

VIII. Por la experiencia profesional en áreas de actividad coincidentes con el puesto que se convoca se añadirá a la experiencia profesional los siguientes puntos, en función del tiempo:

Experiencia similar entre 0 y 3 años: 1 punto.

Experiencia similar entre 3 y 6 años: 1 punto.

Experiencia similar de más de 6 años: 1 punto.

A estos efectos se considerarán las siguientes Areas de actividad: Toco-Ginecología, Pediatría, Quirófanos, Hospitalización Médica, Hospitalización quirúrgica, Laboratorios, Radiología, Medicina Preventiva y Esterilización y UCI/Urgencias y Cuidados Críticos.

Los tiempos de experiencia en las consultas externas se considerarán integrados dentro de las anteriores áreas, en función de la consulta que se trate.

Las Unidades de Cuidados Intensivos pediátricas y Neonatales y si, las hubiere, UCI Maternales, se considerarán integradas en Pediatría y Toco-Ginecología respectivamente.

D) Experiencia en gestión (máximo 18 puntos)

IX. Por cada año de gestión completa como puesto directivo de Enfermería (Director, Subdirector y Coordinador de Enfermería): 1 punto.

X. Por cada año completo como cargo intermedio de Enfermería (Jefe de Bloque, Supervisor, Adjunto de Enfermería): 0,75 puntos.

E. Otros méritos (máximo 6 puntos)

XI. Por publicaciones científicas, comunicaciones o ponencias en congresos y reuniones científicas (a valorar por el Tribunal), hasta un máximo de: 3 puntos.

XII. Por actividades como docente en actividades relacionadas con la formación de enfermería (a valorar por el Tribunal), hasta un máximo de: 1 punto.

ANEXO IV

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