Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 152 de 02/08/2007

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Otros. Cámara de Cuentas de Andalucía

Resolución de 18 de julio de 2007, por la que se anuncia la celebración de concurso específico de méritos para la provisión, entre funcionarios de la Cámara de Cuentas de Andalucía, de dos puestos de trabajo.

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Existiendo puestos vacantes dotados presupuestariamente en la Cámara de Cuentas de Andalucía, cuya provisión se estima conveniente para atender las necesidades del Servicio, y de conformidad con lo previsto en la Resolución de 31 de marzo y 9 de noviembre de 2005, por la que se modifica la de fecha 25 de octubre de 2000, Reguladora de los procedimientos de provisión de puestos de trabajo a desempeñar por el personal funcionario de esta Institución, y siendo de aplicación supletoria lo regulado en el Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso, Promoción Interna, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, modificado por el Decreto 528/2004, de 16 de noviembre, así como lo dispuesto en el artículo 88 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público en relación al artículo 25.4 de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, el Consejero Mayor de la Cámara de Cuentas de Andalucía, en cumplimiento del Acuerdo adoptado por la Comisión de Gobierno el día 25 de junio de 2007, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 22.a) del Reglamento de Organización y Funcionamiento de esta Institución, ha resuelto convocar concurso específico de méritos para cubrir los puestos vacantes que se relacionan en el Anexo de esta Resolución, con arreglo a las siguientes bases.

Primera. Requisitos.

1. Podrán participar en el presente concurso los funcionarios/as de carrera de la Cámara de Cuentas de Andalucía que acrediten dos años de servicio activo como funcionario/a de carrera de la misma, con independencia de que los servicios hayan sido prestados en uno o más Cuerpos, cualquiera que sea su situación administrativa, con las salvedades que se hacen a continuación, y que reúnan los requisitos establecidos en la Relación de Puestos de Trabajo de esta Institución que figuran en el Anexo antes citado, y recogidos en la convocatoria a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Así mismo, podrán presentar solicitud los funcionarios/as de carrera de otras Administraciones Públicas que se encuentren desempeñando actualmente puestos de trabajo en esta Institución y que pertenezcan a uno de los grupos que figuran en el Anexo que se acompaña.

a) No podrán participar los funcionarios en activo que no hayan permanecido un mínimo de dos años en el puesto de trabajo en que estuvieran destinados con carácter definitivo, salvo que hayan sido removidos en su anterior destino obtenido por libre designación o concurso antes de haber transcurrido dos años desde la correspondiente toma de posesión o procedan de un puesto de trabajo suprimido o cualquier otro caso de adscripción provisional sin reserva de puesto.

b) Los funcionarios en situación de excedencia por cuidado de familiares, al amparo de lo dispuesto en el artículo 29.4 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, sólo podrán participar si en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes han transcurrido dos años desde la toma de posesión del último destino definitivo.

c) Los funcionarios declarados suspensos en firme no podrán tomar parte si no han cumplido íntegramente el período de suspensión de funciones.

d) Los funcionarios en excedencia voluntaria por interés particular y por agrupación familiar sólo podrán participar si llevan más de dos años en dicha situación el día de la terminación del plazo de presentación de instancias. Asimismo, los funcionarios en excedencia voluntaria incentivada sólo podrán participar en el concurso si han transcurrido cinco años desde su pase a dicha situación.

e) A los funcionarios en situación de servicios especiales se les considerará, a efectos de valoración de méritos, el puesto de trabajo que tuviesen reservado con motivo del pase a dicha situación o, de no tener puesto reservado, el último que hubiesen desempeñado en servicio activo o, en su defecto, el último que hubiesen obtenido por concurso.

Segunda. Plazo de participación de instancias y documentación.

1. Las instancias y cuanta documentación se acompañe se dirigirán al Consejero Mayor de la Cámara de Cuentas de Andalucía, en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, y se presentarán preferentemente en el Registro General de esta Institución, pudiendo remitirse también por correo certificado o presentarse en cualquiera de las dependencias aludidas en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En el supuesto de que se opte por presentar la solicitud en una Oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada por el funcionario de Correos antes de ser certificada.

2. Concluido el plazo de presentación de instancias no se admitirá ninguna solicitud, ni modificación alguna a los puestos solicitados, ni documentación referida a los méritos aportados.

3. Todos los requisitos exigidos deberán mantenerse durante todo el proceso y hasta el momento de la toma de posesión en el puesto adjudicado.

4. El modelo de solicitud y relación de méritos alegados figuran como Anexo I y II de la precitada Resolución por la que se regulan los procedimientos de provisión de puestos de trabajo a desempeñar por el personal funcionario de la Cámara de Cuentas de Andalucía.

No serán objeto de valoración como méritos los requisitos exigidos en la Relación de Puestos de Trabajo para el puesto a que se aspira, los cuales, en todo caso, deberá cumplir el solicitante.

5. Los participantes no podrán desistir de su solicitud de participación una vez publicada la lista provisional de destinos adjudicados.

Tercera. Comisión de Valoración.

1. Para llevar a efecto la comprobación y valoración de méritos en las diferentes fases del concurso, la Comisión de Valoración estará compuesta del siguiente modo:

Presidenta: Ilma. Sra. Doña Carmen Iglesias García de Vicuña,

Consejera de la Cámara de Cuentas de Andalucía.

Vocales:

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