Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 17 de 23/01/2007

4. Administración de justicia

Otros. Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 23 de noviembre de 2006, del Juzgado de Primera Instancia núm. Tres de Almería (antiguo Mixto núm. Cinco), dimanante del procedimiento núm. 430/2000. (PD. 152/2007).

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NIG: 0401342C20005000426.

Procedimiento: Ejecutivos 430/2000. Negociado: EJ.

Sobre: Reclamación de cantidad.

De: Juegomatic, S.A.

Procuradora: Sra. Lucas-Piqueras Sánchez, Pilar.

Letrado: Sr. Javier Mendoza Cerrato.

Contra: Don Juan López Rodríguez.

EDICTO

Hago saber: Que en el procedimiento Ejecutivos 430/2000 seguido en el Juzgado de 1.ª Instancia núm. Tres de Almería (antiguo Mixto núm. Cinco), a instancia de Juegomatic, S.A., contra Juan López Rodríguez, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo es como sigue:

"Sentencia núm. 128. En Almería, a siete de marzo de dos mil uno. El Sr. don Jesús Andrés Nevado Nevado, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Cinco de Almería y su Partido, habiendo visto los presentes autos de Juicio Ejecutivo Ejecutivos 430/2000 seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante Juegomatic, S.A., representada por la Procuradora doña Lucas-Piqueras Sánchez, Pilar, y bajo la dirección del Letrado don Javier Mendoza Cerrato, y de otra como demandado don Juan López Rodríguez que figura declarado en rebeldía, en reclamación de cantidad. Fallo. Debo mandar y mando seguir adelante la ejecución despachada contra don Juan López Rodríguez hasta hacer trance y remate de los bienes embargados y con su importe íntegro pago a Juegomatic, S.A., de la cantidad de 200.000 ptas. de principal y los intereses legales y costas causadas y que se causen en las cuales expresamente condeno a dicho demandado.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en el término de cinco días."

Así por esta mi Sentencia, que por la rebeldía del demandado se le notificará en los Estrados del Juzgado y en el Boletín Oficial de esta Provincia, caso de que no se solicite su notificación personal, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma legal al demandado Juan López Rodríguez, que se encuentra en situación procesal de rebeldía e ignorado paradero, expido y firmo la presente en Almería, a veintitrés de noviembre de dos mil seis.- El Secretario-Judicial.

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